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INVERSIONISTA


Diplomáticos no podrían acceder a bancos

Carolina Acuña cacuna@larepublica.net | Lunes 13 febrero, 2012




Diplomáticos no podrían acceder a bancos

Los diplomáticos tendrían problemas para utilizar los servicios financieros, ya que no cuentan aún con un documento de identificación válido, según la más reciente definición dada por el reglamento a la Ley 8204, que previene el lavado de dinero, y financiamiento al terrorismo, narcotráfico, crimen organizado y otras actividades ilícitas.
Según este reglamento los extranjeros tendrán que usar el Documento de Identificación Extranjero (Dimex) para hacer sus transacciones bancarias. Y actualmente los diplomáticos, no cuentan con este, ya que son una población de cientos de personas cuya identificación es un carné elaborado en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
A pesar de que en diciembre anterior Javier Sancho, el encargado de protocolo de esa cartera, dijo que el 1° de febrero iniciarían el cambio de documentos para toda la comunidad diplomática, este cambio no se ha dado.
Tampoco se ha dado respuesta a las consultas enviadas por INVERSIONISTA al Ministerio para conocer los avances del cambio de documentos y si sería el DIMEX u otro documento (que no estaría en el reglamento de la ley) el que se entregaría a los diplomáticos.
En la Dirección de Migración y Extranjería manifestaron de manera informal que se están realizando reuniones entre esa dependencia y la cartera de Relaciones Exteriores, pero que a la fecha no hay ningún acuerdo para otorgar el documento a los diplomáticos.
Según el nuevo reglamento solo los extranjeros no residentes podrán utilizar el pasaporte con vigencia y autorización de permanencia al día, pero “en este último caso, la autorización de la apertura de cualquier servicio o producto financiero será por el plazo que se encuentren en el país cumpliendo con todos los requisitos migratorios para su permanencia regular. La entidad financiera podrá restringir el tipo o cantidad de servicios que se brindan, de acuerdo con la categorización de riesgo del cliente”, detalla el reglamento de la Ley.

Carolina Acuña
cacuna@larepublica.net






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