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INVERSIONISTA


Asesórese en precios de transferencia

Fabio Parreaguirre fparreaguirre@larepublica.net | Lunes 15 julio, 2013




Pronto regirán nuevas reglas

Asesórese en precios de transferencia

Reglamento está en Presidencia para ser firmado y publicado para entrar a regir

Si su empresa realiza intercambios de bienes, servicios o derecho con otras de su mismo grupo y con ello obtiene un beneficio, las reglas de cómo se pagan impuestos sobre estos beneficios están por cambiar.
Un reglamento para normar lo relativo a precios de transferencia, ya fue firmado por el Ministerio de Hacienda y actualmente se encuentra en Casa Presidencial paso previo a ser publicado para entrar en vigor.
Su propósito es brindar mayor seguridad jurídica, tanto al contribuyente como a Tributación, en razón de que sobre el tema no existe una ley específica, ni la Ley de impuesto sobre la renta indica su tratamiento, esto con criterio técnico que establece la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
“En principio son buenas noticias, sobre todo para empresas transnacionales. En cuanto a locales, de primera entrada, podrían mostrarse un poco reticentes a la implementación del cambio, pues no solo son nuevas reglas que deberán implementar, sino conllevará una inversión inicial en asesorías en la elaboración —creación— de un estudio de precios de transferencia y las modificaciones a nivel contable y financiero que deberán complementar” indica Silvia González, gerente de Impuestos de Deloitte.
Con el reglamento no solo será obligación del contribuyente la preparación sobre el tema, sino debe llamarse la atención a la propia Administración, pues su equipo de auditores deberá cambiar la metodología bajo el principio de realidad económica aplicado hasta la fecha, y estar mucho más capacitados en la aplicación de estos métodos, para que puedan técnicamente valorar los estudios que les presente el contribuyente.
“Es fundamental que las empresas realicen un diagnóstico si están preparadas para hacer frente a los requerimientos que establecerá el decreto, que cuentan con la documentación y análisis sobre operaciones con partes relacionadas, máxime que solicita que una vez al año se debe preparar una declaración informativa, por lo que es recomendable que las entidades busquen apoyo con su contador público, asesores y consultores”, dijo Guillermo Smith, presidente del Colegio de Contadores Públicos.
Por otro lado, en la corriente legislativa hay un proyecto de ley denominado “Ley de control de la evasión fiscal”, que entre otras cosas, tiene como iniciativa insertar en la Ley del impuesto sobre la renta este tema de precios de transferencia, incluyendo algunas infracciones administrativas que para el contribuyente pueden ser bastante altas al incumplir con la obligación, ya sea por omisión de la declaración que será del 20% del valor total de las operaciones realizadas con vinculados o bien por la presentación tardía que es un 2%, en caso de aprobarse el proyecto.
“El reglamento introduce reglas con respecto a lo que se considera partes vinculadas, métodos aceptados para comparar si las operaciones entre partes son compatibles con el precio de libre competencia; así, las personas físicas y jurídicas obligadas a presentar ante Tributación la declaración informativa de precios de transferencia, entre otros aspectos relevantes”, indica el asesor tributario Francisco Ovares, de Moore Stephens.
No hay que dejar duda que este reglamento da cierta seguridad jurídica principalmente a las empresas y personas obligadas a presentar estos estudios; ya que a partir de la entrada en vigencia del decreto, sí sabrán a qué atenerse en lo concerniente a precios de transferencia.

Fabio Parreaguirre
fparreaguirre@larepublica.net







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