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Precios de transferencia en Costa Rica (parte II)

| Viernes 22 marzo, 2013


En cuanto un decreto se publique, se verán afectados todos aquellos contribuyentes que celebren operaciones entre partes relacionadas


Precios de transferencia en Costa Rica (parte II)


¿Quiénes tienen riesgo de ser fiscalizados? En cuanto el decreto se publique, se verán afectados todos aquellos contribuyentes que celebren operaciones entre partes relacionadas.
La vinculación entre empresas puede ser formal o económica. La vinculación formal viene dada por lo que establece la norma, en este caso el numeral 4 del Proyecto de reglamento; mientras que la vinculación económica se da cuando, en presencia o ausencia de una norma específica, la relación económica entre dos empresas deja claro que existe alguna relación entre ellas, a pesar de que sean formalmente independientes.
Es decir, en la vinculación económica se prescinde de la demostración de la vinculación legal, y lo que pasa a ser relevante en estos casos es la configuración de la transacción respecto de los términos y condiciones comparables en condiciones similares.
La principal condición de indicios de este tipo de vinculación lo constituyen operaciones atípicas tales como: financiamientos sin intereses o con tasas inferiores a las de mercado, ausencia de garantías típicas, términos de pago o crédito en la compra venta de mercancías o bienes que excedan los normales de mercado en operaciones comparables, etc.
Como se indicó en el párrafo anterior, la vinculación formal que en el caso de Costa Rica vendría dada por el artículo cuatro del decreto, que define la vinculación en función de la dirección, participación o control que tenga una parte sobre la otra.
De la misma forma, indica este numeral que se presumirá vinculación entre dos partes cuando una persona o entidad tenga residencia fiscal en una jurisdicción extraterritorial que no tenga facultades suficientes, según la legislación de ese país, para intercambiar información de relevancia fiscal con la Administración Tributaria costarricense.
Además de lo anterior, se considerarán partes vinculadas a las partes que configuren los siguientes casos: a) en un contrato de colaboración empresarial o un contrato de asociación en participación, cuando alguno de los contratantes o asociados participe directa o indirectamente en más del 25% en el resultado o utilidad del contrato o de las actividades derivadas de la asociación; b) una persona residente en el país y un distribuidor o agente exclusivo de la misma residente en el exterior, y viceversa; c) una persona residente en el país y sus establecimientos permanentes en el exterior y viceversa.
¿Por qué puede verse afectado el sector exportador? El esquema usual de la exportación de productos suele integrar dentro de su estructura puntos intermedios entre el exportador y el consumidor final, con el fin de aprovechar mejores oportunidades de comercialización y precio.
Sin embargo, estas relaciones no quedan fuera del control de las autoridades tributarias de las jurisdicciones involucradas en cuanto al análisis de rentabilidad, riesgos, funciones y activos involucrados.

Carlos Camacho
Presidente de Grupo Camacho, especialista en precios de transferencia






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