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FORO DE LECTORES


Leyes innecesarias, inviables o duplicadas

| Jueves 16 octubre, 2014


Se aplica de manera automática el aumento de las penas o la creación de nuevos delitos de manera casuística


Leyes innecesarias, inviables o duplicadas

El diputado José Alberto Alfaro promueve un proyecto de ley que pretende penalizar lo que llama “la pornografía de la venganza”, un concepto que identifica como la acción mediante la cual una persona difunde a través de un medio electrónico imágenes o videos de otra persona en situaciones de carácter sexual, sin su consentimiento, violando así su privacidad y generando un enorme daño emocional, psicológico, social.
En principio, el proyecto parece una buena idea y tiene una buena intención, pero es claramente innecesario y conlleva más problemas que soluciones.
¿Por qué? La acción que se busca castigar ya está tipificada como delito, inclusive en la misma norma que se quiere modificar.
El artículo 196 bis castiga con prisión de uno a tres años a quien, entre otras cosas, daña la intimidad o privacidad de un tratamiento no autorizado a las imágenes de una persona almacenadas en contenedores electrónicos. Incluso, en el caso de que las imágenes o videos sean de menores de edad, ya existen delitos que castigan la difusión de pornografía.
Vemos, entonces, cómo el proyecto busca ampliar una norma para castigar un supuesto que ya está incluido en la norma original.
La creación de este tipo de leyes es cada día más común y ocurren como consecuencia de un fenómeno que tiene que ver con la dirección que está tomando la Política Criminal en Costa Rica.
La doctrina penal y criminológica ha desarrollado un concepto llamado Populismo Punitivo, una corriente de pensamiento que busca lograr el control y disminución de la criminalidad a través del aumento de las penas y la criminalización de todas aquellas acciones que afecten la seguridad ciudadana.
Este pensamiento predomina en Costa Rica y se ha constituido en un fenómeno sociológico que determina la manera en que los ciudadanos y los legisladores entienden el problema de la criminalidad. Esto afecta los procesos de creación de leyes penales en el país.
Los propulsores de una política criminal basada en el populismo punitivo aplican de manera automática el aumento de las penas o la creación de nuevos delitos como medio único para la solución de los fenómenos que afectan la seguridad de los ciudadanos.
Esta aplicación se da de manera casuística: se crean normas penales sin que sean parte de una política de persecución penal y sin un análisis de la necesidad, viabilidad o correcta técnica jurídica de los mismas.
Consecuentemente, se dan situaciones como en la que nos encontramos, en la cual, a la luz de un fenómeno social que ha adquirido relevancia mediática, se crea una norma penal redundante.
La creación de una norma innecesaria es lesiva por el obvio costo económico que tiene el proceso de creación de una ley, así también genera una pérdida de tiempo que los legisladores podrían dedicar a otras labores.
Adicionalmente, ocasiona otros perjuicios en la práctica judicial: el hecho de que una acción esté tipificada dos veces en la misma norma podría generar problemas de interpretación en los jueces.

German Rojas Mora
Asociado del bufete Arias & Muñoz
grojas@ariaslaw.co.cr






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