Arbitrariedad o derecho
| Sábado 14 septiembre, 2013
La policía es necesaria pero debe actuar sin discriminar y sin causar humillaciones a trabajadores que merecen todo el respeto
Arbitrariedad o derecho
Hace pocos días vi enfrente del Condominio el Cortijo, en San Rafael de Escazú, a unos policías de la Municipalidad de Escazú registrando a dos muchachos, me bajé del carro y les pregunté a los oficiales cuál era el motivo por el cual los revisaba y ellos me dijeron que era un operativo de rutina puramente preventivo. Les interrogué si alguien los había denunciado o si había indicios de que hubieran cometido un delito. Me respondieron que no. Les dije que ¿por qué no iban a registrar a los dueños de Mercedes, BMW, que estaban enfrente en Plaza los Laureles o si es que pensaban que solo los pobres roban?
Luego hablé con los muchachos que me dijeron que venían a pie desde Guachipelín porque no tenían dinero para los pases y que iban a buscar brete a Escazú centro porque eran trabajadores de la construcción. Uno de ellos llevaba la hoja de delincuencia limpia y me dijeron: “nosotros pagamos los impuestos y somos los patronos de la policía y ellos nos deben respeto. Señor muchas gracias por defendernos no toda persona lo hace” y me extendieron la mano. NUNCA he estado más orgulloso de dar la mano.
No es la primera vez que un incidente como el referido me pasa, lo mismo ocurrió frente a la antigua aduana, me acerqué a la policía y pregunté si las personas habían cometido algún delito y me contestaron lo mismo y que a veces llegaban maleantes cuando había exposiciones. Como me molesté me dijeron que me retirara porque estaba estorbando la labor policial y me pidieron el carnet de abogado.
Me indigna la injusticia, el irrespeto a la dignidad del ser humano, la discriminación en base al dinero o al simple aspecto de una persona ¿Tiene algún sustento legal el actuar policial que he citado? A todas luces no. El artículo 33 de la Constitución Política de Costa Rica dice:” Toda persona es igual ante la ley y no podrá practicarse discriminación alguna a la dignidad humana”. El artículo 34 establece:” NADIE podrá ser detenido sin un indicio comprobado de haber cometido delito.”El artículo 40: “NADIE será sometido a tratamientos crueles y degradantes…” El artículo 4 de la Ley de Policía establece que la policía está al servicio de la comunidad y que se encargarán de vigilar, conservar el orden público prevenir las manifestaciones de delincuencia en la forma en que se determina el ordenamiento jurídico.
Como ha dicho la Sala Cuarta “las autoridades de policía están obligadas a garantizar el orden y la tranquilidad públicas y para ello están llamados no sólo a actuar, sino también a hacerlo con proporcionalidad y discriminar en las diferentes situaciones que se les presenten en aras de garantizar, a la vez, las libertades ciudadanas así como la dignidad de las personas, de los derechos humanos”.
En la administración del estado rige el principio de legalidad: “La administración pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios que autorice dicho ordenamiento”.
Ha costado mucho construir nuestro Estado de Derecho, la policía es necesaria pero debe actuar sin discriminar y sin causar humillaciones a trabajadores que merecen todo el respeto. Su actuar debe estar enmarcado dentro de la legalidad.
Paul Woodbridge
paul.woodbridge1@gmail.com