Pymes deben registrarse antes del 4 de diciembre para no pagar impuesto de sociedades del 2026
Exoneración aplica para micro y pequeñas empresas inscritas ante el MEIC
Si tiene una micro o pequeña empresa debe registrarse o renovar su condición pyme antes del 4 de diciembre de 2025 para obtener la exoneración del Impuesto a las Personas Jurídicas del 2026.
El Registro Pyme del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) permite a las empresas acceder a diversos beneficios, entre ellos la exoneración de este impuesto que cada año deben pagar todas las sociedades mercantiles.
Sin este registro vigente, las compañías pierden ese derecho, lo que puede representar un gasto adicional al iniciar el nuevo año fiscal.
El proceso de inscripción o renovación se realiza por medio del Sistema de Información Empresarial Costarricense disponible en www.siec.go.cr.
El trámite es totalmente gratuito, se puede completar en pocos minutos y tiene el mismo valor que una declaración jurada.
Para quienes prefieran hacerlo en persona, el MEIC también ofrece atención en sus oficinas centrales en Llorente de Tibás, en el Oficentro ASEBANACIO, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Para obtener o renovar su condición pyme, las empresas deben cumplir al menos dos de los siguientes requisitos:
Las empresas que ya cuentan con su Registro Pyme vigente no necesitan realizar ningún trámite adicional y la exoneración se aplicará automáticamente.
Para aquellas cuyo registro vence antes del 31 de diciembre de 2025, o que aún no están inscritas, deben completar el proceso para mantener el beneficio fiscal.
Aunque el MEIC continuará recibiendo solicitudes de Registro Pyme después del 4 de diciembre, las que se presenten fuera de ese plazo no serán consideradas para la exoneración del impuesto 2026.
Esto significa que, si una empresa renueva en enero o febrero, el beneficio aplicará hasta el siguiente período fiscal.
La renovación del registro tiene una vigencia de cuatro años, por lo que una vez completado, las empresas pueden despreocuparse del proceso por un largo periodo.
La exoneración del Impuesto a las Personas Jurídicas representa un ahorro importante para las pymes, que muchas veces deben enfrentar cargas financieras altas al cierre del año.
Además de este beneficio, el registro ante el MEIC tiene apoyos adicionales como programas de financiamiento, capacitaciones y asesorías técnicas que buscan fortalecer la competitividad de los pequeños negocios.
Correo: siec@meic.go.cr
Sitio web: www.meic.go.cr
Para inscripción o renovación del Registro Pyme ingrese aquí www.siec.go.cr
También puede consultar el estado de su condición pyme aquí: meic.go.cr/tramites-y-servicios/pymes-activas