Intermanagement Costa Rica S.A.
Cédula Jurídica: 3-101-361039
En su condición de Fiduciario del contrato de Fideicomiso de Garantía denominado: “ANDREA LISBETH BRENES ARIAS - BCR - IMCR 112500757 - CERO CERO UNO”
Se permite comunicar que, en cumplimiento del contenido establecido dentro del contrato privado de Fideicomiso de Garantía denominado “ANDREA LISBETH BRENES ARIAS - BCR - IMCR 112500757 - CERO CERO UNO” y a solicitud del Fideicomisario-Acreedor Banco de Costa Rica, cédula jurídica número cuatro – cero cero cero cero cero cero cero diecinueve – cero nueve, se procederá a subastar la siguiente propiedad: Provincia: San José. Finca: tres cuatro cinco siete uno uno. Duplicado: no hay. Horizontal: no hay. Derecho: cero cero cero. Naturaleza: lote quince h, terreno para construir. Segregaciones: no hay. Situada en: el distrito siete - Uruca, cantón uno - San José, de la provincia de San José; la finca se encuentra en zona catastrada. Linderos: al norte con Teresita Madrigal, al sur con la Caja Costarricense de Seguro Social, al este con Gerardo Alberto Huerta y al oeste con calle pública. Mide: trescientos ochenta y siete metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados. Plano: San José - cero tres cero cinco nueve nueve nueve - uno nueve siete ocho. Finca con localizaciones en folio real a partir de mil novecientos noventa y cuatro: no hay. Identificador predial: uno cero uno cero siete cero tres cuatro cinco siete uno uno. Antecedentes: los antecedentes de esta finca deben consultarse en el folio microfilmado de la provincia de San José número tres cuatro cinco siete uno uno, y además proviene de dos nueve cinco cero dos dos cero cero cero. Valor fiscal: noventa y ocho millones cien mil novecientos treinta y cinco colones. Propietario: Intermanagement Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos sesenta y un mil treinta y nueve, en calidad de fiduciario. Estimación o precio: ciento ochenta y tres mil quinientos dólares, dueño del dominio. Presentación: dos mil veintitrés - cero cero siete seis seis cero cinco dos - cero uno. Fecha de inscripción: cero nueve de enero de dos mil veinticuatro. Anotaciones sobre la finca: no hay. Gravámenes o afectaciones: sí hay; citas: trescientos sesenta - doce mil quinientos ochenta y nueve - cero uno - cero nueve cero cero - cero cero uno; servidumbres y condiciones de referencia: cero cero dos nueve cinco cero dos dos cero cero cero; finca referencia: cero cero dos nueve cinco cero dos dos cero cero cero; afecta a finca: uno - cero cero tres cuatro cinco siete uno uno - cero cero cero. Cancelaciones parciales: no hay. Anotaciones del gravamen: no hay. Finca referencia: cero cero dos nueve cinco cero dos dos cero cero cero. La subasta se llevará a cabo en las oficinas de este Fiduciario, ubicadas en: San José, Sabana Sur, detrás de la Contraloría General de la República, Oficentro Ejecutivo La Sabana, Edificio Seis, Quinto Piso. Primer remate: Se llevará a cabo el día 28 de julio de 2026, a las 10:00 horas, con una base de cien millones setecientos cuatro mil ciento cuarenta colones con cuarenta y un céntimos (₡100,704,140.41)(moneda de curso de la República de Costa Rica). Segundo remate: De no haber postores, se procederá a llevar a cabo un segundo remate del patrimonio indicado para lo cual se señala el día05 de agosto de 2026, a las 10:00 horas, con una base de setenta y cinco millones quinientos veintiocho mil ciento cinco colones con treinta y un céntimos (₡75,528,105.31) (moneda de curso de la República de Costa Rica),que corresponde a un 25% menos de la base original; siguiendo el mismo procedimiento establecido para el primer remate. Tercer remate: De no haber postores se procederá a llevar a cabo un tercer remate del patrimonio indicado para lo cual se señala el día 14 de agosto de 2026, a las 10:00 horas, con una base de veinticinco millones ciento setenta y seis mil con treinta y cinco colones diez céntimos (₡25,176,035.10) (moneda de curso de la República de Costa Rica),que corresponde a un 25% de la base original. Condiciones generales para las subastas: En cualquier momento antes de realizarse la subasta el Fideicomisario-Subsidiario-Deudor podrá pagar totalmente las sumas adeudadas y los gastos ocasiones, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta previa instrucción del Fideicomisario. Los bienes fideicomitidos a subastar podrán ser comprados por quien realice la mejor oferta. No se admitirán ofertas que no cubran la base. Solo se admitirán postores que, en el acto del remate, depositen el 50% de la base dada de los bienes, en cheque certificado o cheque de gerencia en la cuenta que ponga a disposición el Fiduciario, emitidos por bancos públicos o privados domiciliados en Costa Rica, y señalen un lugar o medio para atender notificaciones. El depósito será considerado parte del precio a pagar en caso de adjudicación. No se admitirán postores que no hayan cubierto la totalidad del depósito previo ni aquellos que lo hayan hecho a destiempo. El Fideicomisario no estará obligado a hacer un depósito para participar, siempre que la oferta sea en abono a su crédito. Si el monto ofrecido supera lo adeudado, una vez aprobada la liquidación final se le prevendrá depositar dentro del tercer día, si no lo hace el remate se declarará insubsistente. Si en el acto del remate, el mejor oferente no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta; de no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente. El treinta por ciento (30%) del depósito se entregará al Fideicomisario como indemnización fija de daños y perjuicios, y el resto en abono al crédito garantizado, para lo cual la imputación de pagos queda a juicio exclusivo del Fideicomisario. Declarada la insubsistencia de la subasta, se ordenará celebrarla nuevamente y el depósito para participar será el total de la base. Si en el Primer remate no hay postor, se darán cinco días (5) hábiles para realizar el Segundo remate, con una base que será de un veinticinco por ciento (25%) menos de la base del primer remate. Si para el Segundo remate no existen oferentes, se celebrará un Tercer remate dentro de cinco (5) días hábiles, con una base que iniciará con un veinticinco por ciento (25%) de la base del primer remate. Tanto para el Segundo remate como para el Tercer remate el postor deberá depositar la totalidad de la base correspondiente. Si para el Segundo remate no hay postores, el Fideicomisario podrá adjudicarse los bienes rematados por setenta y cinco por ciento de la base original, en cuyo caso no habrá un Tercer remate. Si para el Tercer remate no hay postores, los bienes se tendrán por adjudicados al Fideicomisario, por el veinticinco por ciento de la base original. Una vez celebrado el remate Fiduciario quedará a disposición de los adjudicatarios para firmar la (s) escritura (s) de traspaso correspondiente (s), en el momento en que el (los) adjudicatario (s) cancele (n) la totalidad del precio ofrecido dentro del plazo indicado, y liquidará el producto subastado, sin necesidad de posterior instrucción en ese sentido, aplicando según corresponda las sumas recibidas al pago de honorarios que corresponden al Fiduciario por su gestión normal y por la ejecución, los honorarios del notario público ejecutor, los gastos de la ejecución, las deudas a favor del Fideicomisario y entregando la Fideicomisario-Subsidiario-Deudor cualquier remanente de la suma obtenida en la subasta. Los gastos y honorarios de la venta del Patrimonio Fideicomitido correrán por cuenta del adjudicatario respectivo y las correspondientes escrituras de traspaso se otorgarán ante el notario público que designe el Fiduciario. En caso de que el Fideicomisario se adjudique el Patrimonio Fideicomitido, cuando tenga derecho a ello, el Fiduciario lo traspasará a favor del Fideicomisario, siendo que el Fideicomisario cubrirá cualquier gasto y honorario pendiente, referido al Fideicomiso, al proceso de ejecución o al traspaso, así como los honorarios pendientes del Fiduciario. Los gastos y honorarios pagados por el Fideicomisario al Fiduciario, según lo expuesto, deberán ser oportunamente reintegrados a aquél por parte del deudor y las sumas se considerarán garantizadas en beneficio del Fideicomisario por el Fideicomiso. Con el producto de la venta que se obtenga en la subasta se pagará hasta donde alcance al Fideicomisario Principal, el saldo adeudado de principal, intereses y comisiones del crédito garantizado, previa cancelación de todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por este fideicomiso y su eventual ejecución. El remanente, si lo hubiera, se le entregará al Fideicomisario-Subsidiario-Deudor, salvo, si existe algún motivo de impedimento legal. Cualquier solicitud de información deberá dirigirse a cobrojudicial@bdo.cr. Responsable: Gerente: Daniel Quesada Quirós, cédula de identidad: 1-0836-0954. Publíquese dos veces.




































