Yo, Edwin Alberto Acuña Rosales, cédula de identidad 1-0675-0999, en representación de la sociedad S&R TRUSTEE COMPANY, Ltda., cédula jurídica 3-102-574288, en su calidad de fiduciaria, domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso (Fiduciaria), hago constar: Que la sociedad indicada es la entidad fiduciaria del FIDEICOMISO DE GARANTÍA - NEGOCIOS URBANOS – PROMERICA – DOS MIL DIECIOCHO (Fideicomiso) suscrito el 21 de septiembre del 2018, para garantizar la operación de crédito número 112000 (Crédito Garantizado) otorgado a NEGOCIOS URBANOS S.A portadora de la cédula jurídica 3-101-10657, TRANSCOMER SAN JOSÉ NORTE S.A portador de la cédula jurídica 3-101-851405 (ambas deudoras y fideicomitentes), INVERSIONES ABRIL S.A portadora de la cédula jurídica 3-101-762294 y KARPA FREIGH FORWARDINS S.A portador de la cédula jurídica 3-101-169322 (ambas deudoras), a favor de BANCO PROMÉRICA DE COSTA RICA S.A, cédula jurídica 3-101-689281 (Fideicomisario), todos domiciliados en San José. Que, en virtud del proceso de ejecución instaurado contra los deudores, conforme a los términos del Fideicomiso, el Fideicomisario solicitó la venta del patrimonio fideicometido, que corresponde a las siguientes fincas: i) Finca matrícula número DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y SEIS – F- CERO CERO CERO, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Provincia de San José, duplicado horizontal, que se describe así: NATURALEZA: Finca filial número tres en anteproyecto, identificada como FFPI tres, apta para construir, destinada a uso comercial y oficinas, con una altura máxima de dieciséis pisos sin incluir sótanos, situada en el Distrito séptimo Uruca, Cantón primero San José, de la Provincia de San José, con una medida de seis mil ciento noventa y nueve metros con noventa y nueve decímetros cuadrados; y con los siguientes linderos: al Norte: área común acceso vehicular; al Sur: finca número uno cero uno cero siete P cero cero cero uno ocho seis cero cero; al Este: finca filial FFPI cuatro; y al Oeste: finca filial FFPI dos. PLANO CATASTRADO NÚMERO: SJ - cincuenta y nueve mil novecientos cincuenta y uno – dos mil veinticinco. ii) Finca matrícula número doscientos cuarenta y siete mil setecientos treinta y siete – F - cero cero cero, inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Provincia de San José, duplicado horizontal, que se describe así: NATURALEZA: Finca filial número cuatro en anteproyecto, identificada como FFPI cuatro, apta para construir, destinada a uso comercial y oficinas, con una altura máxima de dieciséis pisos sin incluir sótanos, situada en el Distrito séptimo Uruca, Cantón primero San José, de la Provincia de San José, con una medida de cuatro mil ochocientos setenta y siete metros con cincuenta y ocho decímetros cuadrados; y con los siguientes linderos: al Norte: área común acceso vehicular; al Sur: finca número uno cero uno cero siete P cero cero cero uno ocho seis cero cero; al Este: área común libre de parque; y al Oeste: finca filial FFPI tres. PLANO CATASTRADO NÚMERO: SJ - cero cero cinco nueve nueve cinco cinco - dos mil veinticinco. En vista de que las fincas filiales forman una sola unidad el remate se hará en forma conjunta por lo que no se aceptará ofertas por las fincas filiales en forma individual. Conforme a los términos del Fideicomiso, la base del primer remate de la subasta del patrimonio fideicometido, es la suma de US $ 4 663 254,36 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO DÓLARES CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, que es la suma del saldo del principal e intereses adeudados al momento de establecerse la ejecución. A los interesados se les informa que los remates de los inmuebles se celebrarán en las oficinas de la Fiduciaria de ejecución, ubicadas en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, Bufete Zurcher Odio & Raven, siendo que el primer remate se celebrará al ser las DIEZ HORAS TREINTA MINUTOS DEL CUATRO DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS. Se recibirán ofertas o posturas por los inmuebles, que podrán ser presentadas por los interesados a la hora y fecha señalada en el lugar indicado para llevar a cabo el remate. Solo se admitirán postores que en el acto de remate depositen el cincuenta por ciento de la base establecida, en dinero efectivo, cheque certificado, cheque de gerencia u orden incondicional de pago irrevocable a favor de la Fiduciaria, emitidos por bancos públicos o privados domiciliados en Costa Rica y señalen un lugar o un medio para atender notificaciones. El depósito será considerado parte del precio a pagar en caso de adjudicación. No se admitirán postores que no hayan cubierto la totalidad del depósito previo ni aquellos que lo hayan hecho a destiempo. Si en el acto del remate, el mejor oferente no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta; de no hacerlo, el remate se declarará insubsistente. El treinta por ciento del depósito se entregará al Fideicomisario como indemnización fija de daños y perjuicios, y el resto en abono al Crédito Garantizado, para lo cual la imputación de pagos queda a juicio exclusivo del Fideicomisario. En caso de no recibirse ofertas que cumplan con la base establecida para la venta del patrimonio fideicometido en el primer remate, se llevará a cabo un segundo remate con una rebaja del veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de US $ 3 497 440,77 (TRES MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA DÓLARES CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, estableciéndose las DIEZ HORAS TREINTA MINUTOS DEL DOCE DE MARZO DE DOS MIL VEINTISEIS para esa subasta. De requerirse un tercer remate por no haber postores en las dos subastas anteriores, el mismo se iniciará con una base equivalente al veinticinco por ciento de la base original, sea la suma de US $ 1 165 813,59 (UN MILLON CIENTO SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TRECE DÓLARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS), moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, para tales efectos se señalan las DIEZ HORAS TREINTA MINUTOS DEL VEINTE DE MARZO DEL DOS MIL VEINTISEIS. Tanto para el segundo remate como para el tercer remate, el postor deberá depositar la totalidad de la base correspondiente para participar, y los remates se llevarán a cabo en el mismo lugar señalado para el primer remate. Si en el acto del segundo y tercer remate, según corresponda, el mejor oferente no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar, dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta; de no hacerlo, el remate se declarará insubsistente y el treinta por ciento del depósito se entregará al Fideicomisario como indemnización fija de daños y perjuicios, y el resto en abono al Crédito Garantizado, para lo cual la imputación de pagos queda a juicio exclusivo del Fideicomisario. Los inmuebles son ofrecidos y serán vendidos en el estado en que se encuentran, tanto material como jurídicamente, así como de uso, conservación y posesión, y la simple presentación de la oferta implica que conoce y acepta las condiciones de los inmuebles, relevando a la Fiduciaria y al Fideicomisario de toda responsabilidad. Para información sobre los remates, los interesados pueden comunicarse con la Fiduciaria de Ejecución al teléfono 2201-3922. San José, 10 de febrero del año 2026. Firma: Edwin Alberto Acuña Rosales.




































