AVISO DE SUBASTA DE BIEN INMUEBLE
FIDELEX FIDES LIMITADA
FIDEICOMISO DE GARANTÍA TRACY DILANIA GARCÍA ÁVILA / IMPROSA / DOS MIL VEINTIDÓS
Yo, Mauricio Zamora Jiménez, portador de la cédula de identidad número 1-0765-0774, como Apoderado Generalísimo sin límite de suma de FIDELEX FIDES LIMITADA, cédula jurídica número 3-102-491318, domiciliada en San José, Escazú, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral, Torre cuatro, tercer piso, hago constar lo siguiente: Que FIDELEX FIDES LIMITADA es la Fiduciaria del FIDEICOMISO DE GARANTÍA TRACY DILANIA GARCÍA ÁVILA / IMPROSA / DOS MIL VEINTIDÓS, suscrito para garantizar obligaciones otorgadas a favor de TRACY DILANIA GARCÍA ÁVILA, cédula de identidad número uno-mil cuatrocientos noventa y nueve-cero trescientos seis, en su condición personal de Fideicomitente, y Deudora. Con fundamento en la cláusula Quinta, Punto II, inciso B) del Contrato de Fideicomiso indicado; la FIDEICOMISARIA ACREEDORA sea, BANCO IMPROSA S.A. solicitó la subasta de patrimonio fideicometido, inscrito en el Registro Inmobiliario bajo el Tomo 2022, Asiento 00719272, Consecutivo 01, sea: Finca de la provincia de Puntarenas, matrícula número DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES–CERO CERO CERO, que es terreno con un edificio, situada en el Distrito Primero Quepos, Cantón Sexto Quepos, de la Provincia de Puntarenas, con una medida de ciento treinta y ocho metros cuadrados, y con los siguientes linderos: al NORTE: Estero, al SUR: Calle Quepos Rancho Grande cero ocho metros treinta centimetros, al ESTE: Flora Chaves Molina, y al OESTE: Esteban Moscosa, plano catastrado P-uno seis cinco dos ocho uno cinco-dos mil trece, que está libre de anotaciones y gravámenes. PRIMERA SUBASTA: Se procederá a subastar por el mayor valor que ofrezcan de viva voz y de contado los oferentes y por los valores que se indicarán, al ser las catorce horas del día DIECISEIS DE ENERO DEL 2026, en las oficinas de FIDELEX FIDES LIMITADA, ubicadas en Escazú, Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral, Torre cuatro, tercer piso, por un precio base, fijado por la FIDEICOMISARIA ACREEDORA, que es el saldo de capital adeudado, intereses corrientes, intereses moratorios de los créditos garantizados, y demás gastos generados por el fideicomiso al momento de la ejecución, en la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL TREISCIENTOS VEINTIOCHO COLONES CON SESENTA Y TRES CENTIMOS (₵132.206.328,63). En caso de que en la primera subasta no haya ofertas que igualen o superen el precio base, y la FIDEICOMISARIA ACREEDORA no esté interesada en recibirlos en pago del crédito garantizado, se procederá a realizar una SEGUNDA SUBASTA, en la que se aplicará todo lo establecido con respecto a la primera subasta y desde ahora se señalan las catorce horas del día VEINTISEIS DE ENERO DEL 2026. En esta oportunidad el precio será un veinticinco por ciento menor al fijado como base para la primera subasta, sea la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS COLONES CON CUARENTA Y SIETE CENTIMOS (₵99.154.746,47). En caso de que en la segunda subasta no haya ofertas que igualen o superen el precio base y la FIDEICOMISARIA ACREEDORA no esté interesada en recibirlos en pago del crédito garantizado, se procederá a realizar una TERCERA SUBASTA, en la que se aplicará todo lo establecido con respecto a la primera y segunda subastas y desde ahora se señalan las catorce horas del día TRES DE FEBRERO DEL 2026.. En esta oportunidad el precio será el veinticinco por ciento de la base para la segunda subasta, sea la suma de SETENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y NUEVE COLONES CON OCHENTA Y CINCO CENTIMOS (₵74.366.059,85). Se deja constancia que, si en este momento no se concretara la venta, la FIDEICOMISARIA ACREEDORA se adjudicará en pago el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO. Los oferentes deberán aceptar los bienes con los gravámenes y afectaciones que se indica en el Registro Público, así como en el estado de uso, posesión y conservación en que se encuentra, y la sola presentación de la respectiva oferta implica que conoce y acepta las condiciones de los inmuebles, relevando a la Fiduciaria de toda responsabilidad. Al oferente que se adjudique la finca le corresponderá el pago de derechos de registro, honorarios e impuestos de cualquier naturaleza que la ley establezca. Para participar en cualquiera de las subastas, el oferente deberá realizar el pago a favor de la FIDUCIARIA de, al menos, un 50% de la base de la subasta que corresponda, en cheque de gerencia o cheque certificado de un banco del Sistema Bancario Nacional, transferencia bancaria acreditada, títulos valores, bonos u otros valores de alta liquidez a satisfacción de la Fiduciaria, documentos que deberán exhibirse y transferencia que deberán realizarse hasta una hora antes de la hora fijada para la subasta. La Fideicomisaria Acreedora está exenta de la obligación del depósito previo si la oferta que realiza lo es en abono al pago del crédito que este Fideicomiso garantiza y si la suma ofrecida fuere superior, deberá depositar la diferencia para participar. La Fideicomisaria Acreedora podrá solicitar a la FIDUCIARIA suspender la subasta en cualquier momento antes de que sea celebrada. La Parte Deudora y Fideicomitente, no podrán hacer ofertas en la subasta, pero en cualquier momento antes de que sea celebrada, podrán cancelar la totalidad de las sumas adeudadas y todos los gastos del Fideicomiso según liquidación realizada por al Fideicomisaria Acreedora, momento en el cual, una vez verificado el pago sin que exista saldo alguno, se suspenderá la subasta. Cuando algún participante se adjudique la finca en cualquiera de los remates, deberá pagar a la Fiduciaria la diferencia entre la suma entregada para participar y el precio total ofrecido dentro de los siguientes tres días hábiles a la celebración de la subasta, mediante transferencia bancaria, cheque certificado o de gerencia de cualquiera de los bancos del Sistema Bancario Nacional. En caso de que el adjudicatario no hiciere dicho pago total dentro del plazo aquí indicado, la respectiva subasta se tendrá por insubsistente y la Fiduciaria entregará un 30% del depósito a la Fideicomisaria Acreedora como indemnización fija por daños y perjuicios y el resto en abono al crédito para que se abone al pago de las sumas adeudadas . San José, 08 de ENERO del 2026. Responsable: Mauricio Zamora Jiménez, cédula de identidad 1-0765-0774.




































