La suscrita Istmo Law, S.A., titular de la cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ocho mil veintinueve, Fiduciaria en el Contrato de Fideicomiso de Garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTIA SAMARA HILLS S.R.L. – 3-102-756096 S.R.L. – ISTMO LAW S.A. – 2024”, hago saber al público en general que a las diez horas del día primero de septiembre de dos mil veinticinco, en San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Edificio Futura Business Center, primer piso, oficina B 110, procederé a la venta en subasta pública, con un precio base para el PRIMER REMATE de US$1,012,675.00 (un millón doce mil seiscientos setenta y cinco dólares exactos) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y al mejor postor las fincas del partido de Guanacaste matrículas de folios reales números a) doscientos cincuenta y seis mil cuatrocientos diecinueve- cero cero cero, que es terreno de potrero, situada en el distrito cinco, Samara, cantón dos, Nicoya de la Provincia de Guanacaste, con los linderos: al norte: identificador predial cinco cero dos cero cinco cero dos cinco dos nueve seis cinco cero cero; al sur: identificadores prediales cinco cero dos cero cinco cero dos tres cuatro seis dos dos cero cero, cinco cero dos cero cinco cero dos cinco dos nueve seis cinco cero cero; al este: identificador predial cinco cero dos cero cinco cero dos tres cuatro seis dos dos cero cero; al oeste: identificador predial cinco cero dos cero cinco cero dos tres cuatro seis dos dos cero cero, con una medida de cinco mil cuarenta y cinco metros cuadrados, plano catastrado número veintidós mil novecientos doce – dos mil veintitrés, libre de anotaciones y soportando los gravámenes que indica el Registro, bajo las citas: (i) doscientos noventa y seis – seis mil cuatrocientos cuarenta y seis – cero uno – cero novecientos setenta y dos – cero cero uno; (ii) doscientos noventa y nueve – tres mil ciento veintinueve – cero uno – cero novecientos uno – cero cero uno; (iii) trescientos cinco – trece mil ochocientos cuarenta y tres – cero uno – cero cero cero dos – cero cero uno; (iv) trescientos setenta y siete – trece mil trescientos noventa y cinco – cero uno – cero novecientos uno y cero novecientos dos – cero cero uno; (v) cuatrocientos setenta y tres – siete mil seiscientos noventa y uno – cero uno – cero cero cero ocho y cero cero diez – cero cero uno; (vi) quinientos veintidós – tres mil setecientos veintiocho – cero uno – cero cero cero dos – cero cero uno; (vii) quinientos veintiséis – nueve mil setecientos cincuenta y ocho – cero uno – cero cero cero ocho – cero cero uno; (viii) dos mil veintiuno – ocho mil treinta y tres – cero uno – cero cero cero dos – cero cero uno; (ix) dos mil veintidós – seiscientos doce mil ochocientos veinte – cero uno – cero cero cero cinco y cero cero cero siete – cero cero uno; (x) dos mil veintitrés – doscientos sesenta y un mil setenta – cero uno – cero cero cero dos – cero cero uno; (xi) dos mil veintitrés – trescientos cuarenta y siete mil novecientos ochenta y cinco – cero uno – cero cero cero tres – cero cero uno y, b) ciento veintisiete mil ciento noventa y uno – cero cero cero, que es terreno para construir, situada en el distrito cinco, Samara, cantón dos, Nicoya, de la Provincia de Guanacaste, con los linderos que indica el Registro, al norte: Lidieth Tamayo Gutiérrez y Chepín de Sámara S.A.; al sur: calle pública a Sámara; al este: La Cueva Brincona S.A., al oeste: Miguel Jiménez Carrillo; con una medida de ochocientos veinticinco metros cuadrados; plano G – dos millones sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y uno – dos mil dieciocho; libre de anotaciones, soportando los gravámenes inscritos (i) trescientos setenta y siete – trece mil trescientos noventa y cinco – cero uno – cero novecientos uno y cero novecientos dos – cero cero uno y (ii) cuatrocientos ochenta – cero mil cuatrocientos once – cero uno – cero cero doce – cero cero uno. SE PREVIENE a toda persona interesada en participar en el remate que podrá hacerlo entregando como depósito de garantía un cheque certificado o de gerencia de un banco local, girado a nombre de la Fiduciaria, Istmo Law, S.A., por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la base fijada para el remate, señalando con el depósito el medio para atender notificaciones. No se admitirán posturas que no cubran la base más un cincuenta por ciento (50%), conforme a lo pactado en el contrato de fideicomiso, para cubrir y reembolsar a la Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate, los honorarios del notario y de la fiduciaria, así como intereses corrientes y moratorios, gastos administrativos y penalidades, de existir. El remate se suspenderá: A. Por solicitud expresa de La Fideicomisaria Acreedora; B. Cuando El Fideicomitente Deudor, o cualquier interesado, entreguen un cheque de gerencia a la orden de la Fiduciaria por una suma que cubra la totalidad de los extremos reclamados incluidas las costas. Si en el acto del remate el postor no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar en manos de la Fiduciaria, mediante cheque de gerencia, dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta. De no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente. En este caso, el depósito se aplicará: (a) en primer término para reembolsar a la Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate y los honorarios del notario y la Fiduciaria, por ese orden y hasta donde alcance; (b) el resto se girará a la Fideicomisaria Acreedora imputándose como abono al crédito en el siguiente orden: i) gastos administrativos y/o penalidades; ii) intereses moratorios; iii) intereses corrientes; iv) capital. La Fideicomisaria Acreedora podrá participar en el remate sin estar obligada a hacer el depósito de garantía, siempre que sus ofertas sean en abono a su crédito, el cual, para este efecto, se fija en el capital más el cincuenta por ciento (50%). Si la Fideicomisaria Acreedora ofrece una suma que supere su crédito, deberá realizar el depósito respectivo en el plazo de tres días; de no hacerlo, el remate se declarará insubsistente. En caso de que este remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores en el primer remate, a fin de realizar el SEGUNDO REMATE se señalan las diez horas del día dieciséis de septiembre de dos mil veinticinco, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este segundo remate es la suma de US$759,506.25 (setecientos cincuenta y nueve mil quinientos seis dólares con veinticinco centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En caso de que este remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores, a fin realizar el TERCER y ÚLTIMO REMATE se señalan las diez horas del día treinta de septiembre de dos mil veinticinco, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este tercer remate es la suma de US$253,168.75 (doscientos cincuenta y tres mil ciento sesenta y ocho dólares con setenta y cinco centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En este caso, cualquier postor que desee participar en el tercer remate deberá de depositar la totalidad de la base. Los antecedentes de este remate pueden ser revisados en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Futura Business Center, primer piso, oficina B-110, en horas de oficina, previa cita, al teléfono 4080-5930 Istmo Law, S.A., p/ la Fiduciaria. Publíquese una sola vez. –




































