¿Viaja al extranjero con su mascota? Estos requisitos debe cumplir
Cada destino tiene exigencias propias y el proceso debe iniciarse antes del viaje para proteger la salud y el bienestar del animal
El aumento de viajes internacionales, especialmente en temporadas altas, ha motivado a más personas a trasladarse junto con sus mascotas.
Sin embargo, esta decisión implica una serie de requisitos sanitarios obligatorios que, de no cumplirse, pueden provocar retrasos, costos adicionales o incluso la imposibilidad de salir del país.
Ante este escenario, es sumamente importante verificar con anticipación las condiciones de exportación para perros y gatos.
La causa principal de los inconvenientes al viajar con animales de compañía es el desconocimiento de las regulaciones vigentes en cada país de destino.
Y es que cada nación establece sus propias normas sanitarias, por lo que no existe un requisito único aplicable a todos los viajes.
El efecto de no informarse a tiempo puede traducirse en trámites incompletos o certificados inválidos, lo que compromete el traslado del animal y su bienestar.
Para autorizar la salida de una mascota desde Costa Rica, el primer paso es que el propietario consulte los requisitos sanitarios exigidos por el país al que se dirige.
Este proceso debe realizarse con suficiente antelación, ya que algunas regulaciones pueden implicar tiempos específicos entre vacunas, valoraciones clínicas o emisión de documentos.
Una vez identificadas las exigencias, el trámite continúa con la visita a un médico veterinario privado debidamente autorizado.
Este profesional es el encargado de realizar la valoración clínica del animal y verificar que cumple con todas las condiciones solicitadas por el país de destino.
Si todo está en regla, el veterinario emite el certificado de exportación correspondiente, el cual es indispensable para continuar el proceso ante el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa), del Ministerio de Agricultura y Ganadería.
El siguiente paso recae en la revisión oficial. Un médico veterinario de Senasa analiza el o los certificados emitidos por el profesional privado y confirma el cumplimiento de los requisitos sanitarios.
Solo después de esta validación y de la firma oficial del certificado, la mascota queda autorizada para salir del país.
Existen casos particulares que requieren trámites adicionales, por ejemplo, si el viaje es hacia Panamá, el certificado de exportación debe presentarse en la oficina central de Senasa para su revisión y firma, con el fin de que posteriormente sea enviado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para el proceso de apostillado.
Este paso es obligatorio y puede extender el tiempo total del trámite.
Asimismo, algunos países solicitan un modelo de certificado adicional distinto al estándar.
En estas situaciones, el usuario debe gestionar ambos documentos. El certificado complementario se tramita en el Departamento de Cuarentena Animal, lo que refuerza la necesidad de planificar el proceso con antelación para evitar contratiempos de última hora.
Además de los certificados, los propietarios deben presentar la cartilla de vacunas actualizada y cualquier otro documento exigido por el país de destino.
A esto se suma el pago del monto correspondiente, de acuerdo con el decreto tarifario vigente, específicamente el código C.16.
Otro aspecto clave es que las aerolíneas y empresas de transporte operan bajo políticas propias.
Estas compañías pueden establecer requisitos adicionales para el traslado de mascotas, independientes de los exigidos por las autoridades sanitarias.
Por ello, es responsabilidad del pasajero verificar tanto las regulaciones oficiales como las condiciones impuestas por el medio de transporte elegido.
Realizar los trámites con tiempo no solo evita problemas logísticos, sino que también garantiza un viaje más seguro para los animales.
Un proceso ordenado permite verificar el estado de salud de la mascota, cumplir con las normas internacionales y reducir el estrés asociado al traslado.