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¿Tiene una pyme? Considere los siguientes aspectos sobre el IVA y las declaraciones

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Jueves 08 agosto, 2019 08:52 a. m.


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En cuanto a sus declaraciones mensuales del IVA, recuerde solicitar las facturas electrónicas por los servicios y bienes que adquiera para su negocio y tener presente que en todos los primeros 15 días del mes se debe presentar la declaración. Archivo/La República


La llegada del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) conllevó cambios también para la micro, pequeña y mediana empresa, y al estar a la vuelta de la esquina la primera declaración de sus impuestos, debería tomar en cuenta las siguientes consideraciones.

“Una de las principales diferencias con respecto a las demás personas jurídicas es que las pymes pueden registrarse ante el Ministerio de Economía o el de Agricultura para otorgarse una escala tarifaria que se aplica a partir del primer año, tal como: 0 % para el primer año, 25 % para segundo año, 50 % para el tercer año”, dijo Johnny Saborío, gerente general de Coopecaja.

Otra diferencia es que al estar inscritas, pueden exonerar el pago del IVA en los alquileres de las instalaciones de su negocio, esto cuando su renta mensual por arrendamiento no supere el valor de 1.5 de un salario base.

Lea más: Estafas a pymes encienden alarmas en el Ministerio de Economía

En cuanto a sus declaraciones mensuales del IVA, recuerde solicitar las facturas electrónicas por los servicios y bienes que adquiera para su negocio, tener presente que en todos los primeros 15 días del mes se debe presentar la declaración y realizar el pago respectivo del mes anterior; asesórese con un contador experto y adquiera una herramienta óptima para facturar.

Sin embargo, este trámite no es el único del cual debe estar pendiente, pues también están las declaraciones de renta y de proveedores, de las cuales el Ministerio de Hacienda tiene el calendario establecido de su presentación pertinente, por lo que se recomienda revisarlo y agendarlo en su gestión.

Lea más: Tendrá dos opciones de impuestos si tiene ingresos por alquileres

La de proveedores es en la que se reporta la información y detalle de a quiénes se les adquieren productos y servicios; mientras la de renta se da al final del año calendario, pero es recomendable que el representante de la pyme consulte a Hacienda cuál mes le corresponde presentar la declaración, puesto que se tienen dos fechas de cierre -a septiembre o diciembre- según el registro ante Tributación, recordó Saborío.



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