En Costa Rica, como en la mayoría de las democracias, el derecho penal solo puede actuar cuando existe una norma expresa que describe una conducta como sancionable. No hay delitos sin ley previa. Para que una acción pueda castigarse con multa o prisión, primero tuvo que haber sido discutida, consensuada y aprobada por la Asamblea Legislativa.
Esto obliga a reconocer algo incómodo: hoy existen comportamientos socialmente graves que todavía no están bien regulados. Uno de ellos es el secuestro o robo de mascotas.
La sociedad costarricense ha cambiado. Basta con ver el mercado. Hay empresas dedicadas a vender alimentos especializados, juguetes, accesorios y todo tipo de servicios para animales. Las mascotas ya no son un adorno doméstico. Pasaron a ser parte del núcleo familiar. Están en parques, restaurantes y centros comerciales. Un ejemplo claro es Perro Café(https://www.instagram.com/perrocaffecr/?hl=en), un emprendimiento con un manejo espectacular de sus redes sociales (gracias a la creatividad de la brillante Eva y sus dedicados padres) y con productos de primera línea a precios accesibles. Ese tipo de proyectos no existirían si no hubiera una demanda real y masiva.
Desde una perspectiva política simple, las mascotas importan porque le importan a la gente. Y cuando algo le importa a la gente, debería importarle también al derecho.
Hoy nuestro ordenamiento jurídico castiga el maltrato animal, la tortura y la muerte injustificada. Eso es un avance. Pero hay un vacío cuando se trata del robo o secuestro de mascotas. En la práctica, se intenta encajar estas conductas dentro del hurto o incluso de la extorsión. El problema es que esas figuras no explican bien lo que realmente ocurre.
No se trata solo de que alguien pierda un bien. Se trata de que le quitan un ser vivo con el que existe un vínculo emocional profundo. Hay personas que han vivido la experiencia de que les arrebaten a su animal para luego pedirles un rescate, o simplemente para desaparecerlo. En ambos casos, el daño es distinto al de perder un objeto. No es una licuadora, ni los zapatos viejos, se trata de un ser vivo, de una “persona no humana” que posiblemente ha acompañado a esa persona en sus momentos más bajos y altos.
Por eso me parece necesario tipificar de forma expresa el delito de secuestro o robo de animales, exista o no rescate. Ambas conductas deberían tener pena de prisión. No solo por su gravedad, sino por lo que simbolizan: que los animales de compañía merecen una protección jurídica acorde con el papel que cumplen hoy en la sociedad.
La evolución de este vínculo ha generado incluso soluciones privadas bastante creativas. Un ejemplo es Guardián de Perros
(https://www.guardianesdeperros.com), proyecto impulsado por el influencer Christopher Brosse, que propone subir a la nube la identidad del animal y transformarla en un NFT para asignarle un valor económico. La idea es que ese valor pueda servir como referencia en procesos judiciales o para cubrir daños o perjuicios. Puede sonar extraño, pero dice mucho: la gente está tratando de resolver con tecnología lo que el derecho todavía no resuelve bien.
Otra reforma pendiente es la regulación clara de los animales de servicio y de soporte emocional. Muchas personas los necesitamos para su día a día. Sin reglas claras, se producen abusos, conflictos y decisiones arbitrarias.
A esto se suma otro problema: las reacciones desproporcionadas frente a incidentes aislados. El caso ocurrido en Multiplaza es un buen ejemplo. Un solo evento, sin consecuencias graves comprobadas, ha servido para justificar medidas generales que afectan a miles de personas responsables.
Las políticas públicas no deberían construirse desde el pánico. Millones de interacciones entre personas y perros ocurren cada año sin problemas. Convertir una excepción en regla no es prevención, es improvisación que saluda a la gradería de sol.
Los perros ya no cumplen solo una función recreativa. Cumplen funciones emocionales reales. En otros países esto se entiende mejor. En el Capitolio de los Estados Unidos, después de los hechos del 6 de enero, se incorporaron perros entrenados (dos SAN Bernardos) para brindar contención emocional a funcionarios y visitantes estresados. No están ahí como adorno, sino como herramienta de apoyo psicológico.
Todo esto obliga a repensar cómo el derecho mira a las mascotas. No son cosas. La jurisprudencia argentina los han clasificado como personas no humanas pues cuentan con características propias como emociones, recuerdos y capacidades de generar vínculos. Por lo que no pueden ser irrelevantes jurídicamente.
Tipificar el secuestro de animales no es una postura sentimental. Es una respuesta racional a una realidad social. Es cerrar un vacío legal que hoy deja a muchas víctimas sin protección adecuada. La ley no puede seguir tratando a las mascotas como si fueran bicicletas. Porque para millones de personas, no lo son. Son compañía, soporte y familia.





































