Tres meses después de que se aprobará la ley que obliga a las entidades financieras a pagar a sus clientes por las estafas electrónicas, la Sala IV determinará la legalidad de la iniciativa aprobada por el anterior Congreso.
El reclamo, fue presentado ante el máximo tribunal por la Cámara de Bancos de Costa Rica.
La organización, alega que el texto aprobado no fue sometido a su debida consulta, pese a haber sido modificado sustancialmente durante su trámite.
Asimismo, cuestiona el supuesto hecho de que se incorporaron temas que exceden el objeto original del proyecto, “lo que podría violar el principio de conexidad legislativa”.
La Cámara de Bancos también señala que el texto final aprobado introduce competencias ajenas para autoridades administrativas como SUGEF, ya que la ley le confiere competencias cuasi-judiciales, sin haber sido adecuadamente consultado a la Corte Suprema de Justicia.
“La Cámara no cuestiona el objetivo de la ley. Lo que se somete al análisis de la Sala Constitucional es la forma en que fue aprobada, pues existen elementos que podrían constituir vicios sustanciales en el procedimiento legislativo y que deben ser valorados por el Tribunal”, explicó Luis Ortiz, asesor legal de la Cámara de Bancos.
Con la nueva ley, los bancos públicos y privados, y otras entidades financieras como cooperativas y mutuales, deberán asumir la responsabilidad y devolver el dinero a los usuarios que sean víctimas de estafas electrónicas, siempre que se confirme que el titular de la cuenta no actuó con dolo, incurrió en error, ni realizó acciones que facilitaran la sustracción de los fondos.
La nueva ley ya no presume automáticamente la culpa del usuario, sino que obliga a la entidad financiera a probar que el cliente cometió el error o buscó cometer una estafa. En otras palabras, deja de poner todo el peso sobre la víctima y reconoce que quien custodia el dinero debe asumir responsabilidad.
Cuando un usuario rechace haber autorizado una operación o denuncie estafas electrónicas o rebajos no autorizados, deberá presentar el reclamo ante su banco en un plazo máximo de 30 días naturales, mediante un formulario establecido por la entidad, acompañado de la respectiva denuncia ante el Organismo de Investigación Judicial (OIJ).
La entidad financiera contará con un plazo para investigar el caso. Si no responde en 120 días naturales, estará obligada a reintegrar los fondos en un máximo de 10 días, sin perjuicio de que posteriormente pueda acudir a la vía judicial para reclamar el monto entregado.




































