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Martes, 19 de marzo de 2024



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Sentencias sobre legalidad de protestas se dictarían en 24 horas

Rebajo de salario sería retroactivo para huelguistas

Se trata de un ataque a los derechos de los trabajadores, según sindicatos

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Jueves 13 diciembre, 2018


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Para los sindicalistas como Albino Vargas de Patria Justa, no se justifica un cambio en la ley que regulas las huelgas. Esteban Monge/La República


Los trabajadores en huelga serían castigados con el rebajo de su salario desde el primer día de la protesta, si se aprueba una iniciativa de ley que impulsa Liberación Nacional.

La idea es que tras la declaratoria de ilegalidad del movimiento de protesta por un juzgado de trabajo —en dos sentencias diferentes—, el patrono pueda rebajar automáticamente los días no laborados de manera retroactiva, coaccionando así a los funcionarios a regresar a sus puestos de trabajo.

Esto hubiera evitado por ejemplo, que los maestros recibieran unos ¢2 mil millones al día por estar en huelga durante la protesta en contra del combo fiscal por más de 80 días.

Lea más: Reforma procesal laboral en el banquillo de los acusados

Y es que la Reforma Procesal Laboral no deja claro a partir de cuándo, el patrono puede rebajar los días no laborados cuando el movimiento de protesta es declarado ilegal, por lo que se ha creado una laguna jurídica.

La propuesta surge tras la huelga nacional del sector público en contra del plan fiscal.

Otro aspecto importante de la reforma planteada por Liberación, es la obligación de los jueces de dictar sentencia sobre la legalidad de la huelga, en un plazo no mayor a 24 horas.

De esta forma, se acortarían los tiempos de resolución, ya que hoy día no está claro ese límite y dependiendo de los recursos de apelación y audiencias, los plazos se extienden por varios meses, como quedó demostrado recientemente con la última huelga nacional

“El procedimiento judicial establecido en el Código Procesal Laboral para declarar la ilegalidad de las huelgas es materialmente una estafa. Deja en incertidumbre por mucho tiempo a los trabajadores, al patrono y a la ciudadanía y por ello hemos planteado una reforma”, agregó Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción del PLN.

Lea más: PLN propone reinventar reforma procesal laboral para evitar abusos sindicales

La iniciativa del PLN fue convocada a las sesiones extraordinarias, en las cuales, el gobierno de Carlos Alvarado establece la agenda de debate de los legisladores.

Este periodo se extenderá hasta finales de abril, por lo que se espera que los cambios sean aprobados por los diputados, ya que otras fracciones como el PUSC y el PAC estarían de acuerdo.

Mientras tanto, para el sector sindical no se requiere ningún cambio a la ley, ya que las reglas vigentes permiten el derecho a la huelga por parte de los trabajadores, no solo los del sector público, sino también los empleados privados.

En ese sentido, calificó la propuesta de Liberación como un ataque directo en contra de los trabajadores.

“La Reforma Procesal Laboral permite el cumplimiento efectivo del derecho a la huelga de la clase trabajadora, tanto en el sector público como en el privado. Pienso que los plazos otorgados para las declaratorias de ilegalidad son los correctos, para que los jueces puedan conocer los elementos, sin presiones externas y de manera objetiva”, dijo Albino Vargas, secretario de Patria Justa.

Los cambios

Una serie de cambios en la reforma procesal laboral, pretenden hacer más expeditos los trámites para que los juzgados de trabajo determinen la legalidad o no de los movimientos de protesta.

-Serán disueltos los sindicatos que restrinjan la libertad de tránsito o realicen sabotaje de bienes públicos

-Prohibida la huelga en servicios públicos esenciales

-Rebajo salarial se aplicará de manera retroactiva para los trabajadores desde el momento que arranca la huelga

-Juez tendrá que dictar sentencia sobre la legalidad o no de la huelga en un plazo de 24 horas

-Trabajadores tendrán 24 horas para volver a sus puestos de trabajo tras declaratoria de ilegalidad

-Los sindicatos deben contar con un medio electrónico actualizado y oficial para recibir notificaciones judiciales

-La responsabilidad de mantener actualizado dicho medio electrónico corresponde al sindicato

-Las resoluciones se tendrán por notificadas de forma automática por la vía electrónica

-En el caso de coaliciones temporales de trabajadores, dicha notificación se realizará mediante una publicación en uno de los medios de circulación nacional

Fuente: Proyecto de ley


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