“Embargos exprés” que pretende el gobierno podrían tener roces de legalidad
Propuesta de ley debe garantizar el derecho a la legítima defensa, según abogados tributarios
Si el gobierno de Laura Fernández desea hacer embargos en cuestión de semanas y no años y sin la intervención de un juez, antes deberá modificar el proyecto de ley que presentó semanas atrás a la Asamblea Legislativa.
De lo contrario, la iniciativa corre el riesgo de afectar garantías constitucionales, de acuerdo con varios especialistas en materia tributaria consultados por LA REPÚBLICA.
Los especialistas ya identificaron varios puntos del proyecto que deberían ser revisados por los diputados, entre ellos los plazos para apelar, el carácter no suspensivo de algunas oposiciones, la responsabilidad solidaria y las reglas para el remate y adjudicación de bienes.
“En el proyecto actual, el requerimiento inicial no admite recurso, aunque constituye el acto que abre la ejecución y anuncia el embargo inmediato una vez transcurridos quince días. Eso debe cambiar; asimismo, el plazo general de apelación es de tres días, que podría resultar insuficiente en expedientes complejos o cuando se afecten terceros y estructuras empresariales”, explicó Fabio Salas, socio de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte Costa Rica.
Otro punto que debe ser corregido para evitar una inconstitucionalidad está relacionado con la responsabilidad solidaria. Según Salas, con el proyecto podría declararse esta condición sin audiencia previa, aunque con apelación posterior de tres días.
“Dicha solidaridad será decretada por el órgano a cargo del procedimiento de apremio mediante resolución razonada, que notificará a los interesados sin necesidad de previa audiencia”, explicó Salas, quien considera inconveniente que la gente o las empresas involucradas no puedan defenderse oportunamente.
Y es que, en esencia, la nueva ley que propone el gobierno debe garantizar que los contribuyentes tengan derecho a defenderse oportunamente, según Salas.
Por otra parte, el experto de Deloitte destaca que el plan que propuso el gobierno semanas atrás deja al reglamentoelementos importantes, entre ellos las condiciones de remate, subasta, concurso y adjudicación directa.
En ese sentido, por seguridad jurídica, los elementos esenciales de una privación patrimonial deberían quedar delimitados con suficiente precisión en la ley, con el fin de evitar interpretaciones arbitrarias o abusivas a futuro.
“Es un cambio de 180° en cuanto a su rapidez. Hoy, en promedio, el cobro judicial tributario toma entre 4 y 5 años; con este cambio, estamos hablando de cobrar o asegurar el cobro de la deuda líquida y exigible en prácticamente 15 días hábiles”, expresó Adolfo Sanabria, abogado tributario.
El proyecto impulsado por el gobierno de Laura Fernández trasladaría a la vía administrativa el cobro de las deudas tributarias, sin tener que esperar la intervención de un juez para ordenar y ejecutar los embargos.
De esta manera, los procesos de embargo que hoy duran cuatro años o más se resolverían en cuestión de semanas, de acuerdo con la previsión de los expertos tributarios. El plan sustituye el Cobro Judicial y Extrajudicial del Código Tributario por el “Procedimiento de Apremio”.
En otras palabras, se suprime la orden judicial de un juez para que Hacienda pueda ejecutar los embargos.
La idea es luchar contra la evasión fiscal y permite actuar sobre una gama amplia de bienes y derechos patrimoniales.
Entre ellos, se encuentra el dinero efectivo y los fondos en cuentas de entidades financieras, los sueldos y salarios y pensiones, dentro de los límites legales; además de los créditos, valores y derechos realizables de inmediato o a corto plazo, entre otros aspectos.
El proyecto que ha propuesto el gobierno de Laura Fernández trasladaría a la vía administrativa el cobro de las deudas tributarias, sin tener que esperar la intervención de un juez para ordenar y ejecutar los embargos.
La idea es luchar contra la evasión fiscal y permite actuar sobre una gama amplia de bienes y derechos patrimoniales.