Para tomar la decisión de iniciar operaciones mediante una sociedad en Costa Rica no solo se debe considerar los requisitos legales de su constitución, sino también atender una serie de obligaciones fiscales desde el primer momento. Por esto, presentamos una guía de las principales obligaciones fiscales mínimas que debe cumplir una sociedad recién constituida en Costa Rica
Inscripción ante la Administración Tributaria
Una vez cumplido con su registro ante el Registro Nacional, se deberá presentar el registro ante las autoridades tributarias mediante el formulario de inscripción del Registro Único Tributario el cual se debe realizar mediante la plataforma de TRIBU-CR inscribiendo la actividad principal o actividades a desarrollar.
Contabilidad formal y comprobantes electrónicos
Desde su constitución se deberá llevar una contabilidad formal en colones costarricenses y en idioma español conforme a las normas de contabilidad para asegurar el registro de cada transacción. Así como, debe emitir comprobantes electrónicos por las ventas realizadas, de acuerdo con lo establecido en la normativa para efectos tributarios; además, solicitar los comprobantes electrónicos de las compras.
Licencias y patentes municipales
Para operar legalmente, se deberán gestionar y pagar las correspondientes patentes municipales comerciales ante la municipalidad donde desarrolla su actividad y cada una tiene la facultad de establecer sus propios criterios para calcular este impuesto; por lo que, su monto podría variar dependiendo de la ubicación y el tipo de actividad que se realice.
Declaración 150 Impuesto al Valor Agregado
Este impuesto recae de manera general sobre la venta de bienes y la prestación de servicios, independientemente del medio por el que sean prestados, realizados en el territorio de la República las operaciones enmarcadas dentro de esto estarán sujetas al IVA y gravadas con la tarifa general del 13%. Por lo que, mensualmente se deberá presentar y pagar la declaración en los primeros 15 días del mes siguiente a reportar.
Así como, estará sujeto a pagar este impuesto en aquellas compras de bienes o servicios que realice en el territorio nacional, y en la declaración mensual podrá utilizar los montos pagados como crédito fiscal para disminuir el importa por pagar en el IVA cobrado en las ventas del período, siempre y cuando las compras que soporten dichos créditos estén estrictamente vinculadas con las ventas gravadas con este impuesto.
Tributación de las ganancias obtenidas
La totalidad de los ingresos percibidos por la sociedad debe tributar conforme al régimen que corresponda según su naturaleza. En términos generales, las rentas derivadas de actividades lucrativas habituales se encuentran sujetas al Impuesto sobre la Renta, aplicando una tarifa del 30% sobre la renta neta al cierre del período fiscal.
No obstante, ciertos ingresos pueden clasificarse dentro de las rentas de capital mobiliario que se gravan con una tarifa del 15% sobre la renta bruta; o rentas de capital inmobiliario se encuentran sujetas a una tarifa del 15% sobre la renta neta, permitiendo una deducción presunta del 15% en concepto de gastos. No obstante, la correcta determinación del tratamiento fiscal aplicable requiere un análisis detallado de la actividad económica desarrollada por la sociedad y de la naturaleza de sus ingresos.
Otras obligaciones
Anualmente, la sociedad debe cumplir con el pago del Timbre de Educación y Cultura, la presentación del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, donde se reporta la estructura societaria hasta identificar a los beneficiarios finales; y el pago del Impuesto a las Personas Jurídicas.
Otras consideraciones tributarias para determinadas operaciones
Adicionalmente, deben considerarse obligaciones tributarias específicas que surgen en función de determinadas operaciones. Tal es el caso de los pagos realizados a personas no domiciliadas en el país, los cuales generan la obligación de retener y cancelar el Impuesto sobre Remesas al Exterior.
En materia laboral, cuando la sociedad cuente con personal, adquiere la obligación de inscribirse como patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social, así como de reportar los salarios y efectuar las correspondientes contribuciones obrero-patronales. Asimismo, el empleador verificar mensualmente si las remuneraciones pagadas superan el mínimo exento establecido para el Impuesto sobre la Renta y se deberá calcular el impuesto conforme a la escala progresiva vigente, efectuar la retención correspondiente al trabajador y proceder con su declaración y pago ante la Administración Tributaria dentro de los plazos establecidos.
En conclusión, al momento de constituir una sociedad operativa en Costa Rica, resulta indispensable considerar de forma integral las obligaciones fiscales aplicables desde el inicio de sus actividades. Asimismo, contar con el acompañamiento de profesionales especializados permite analizar cada obligación en función de la naturaleza de la sociedad y de la actividad económica a desarrollar, asegurando un adecuado cumplimiento normativo; esto no solo facilita la constitución conforme al marco legal costarricense, sino que permite mitigar riesgos, prevenir contingencias fiscales y evitar eventuales sanciones por parte de la Administración Tributaria en el futuro.
Reychell Rojas, Consultora de Impuestos




































