"No"a la competencia: Colegios profesionales Idioma
Los monopolios en telecom y seguros han desaparecido, mientras que el valor de la moneda nacional ya no se fija
Jóvenes profesionales perjudicados por precios mínimos
“No” a la competencia: Colegios profesionales
¿Cuánto valen los servicios legales, de odontología, y otros?
Los monopolios en telecom y seguros han desaparecido, mientras que el valor de la moneda nacional ya no se fija, como sucedía durante las décadas en que funcionó el esquema de minidevaluaciones.
Sin embargo, varios colegios profesionales siguen pensando que un ente centralizado debe determinar los precios que pagan los consumidores, aunque esto pudiera restringir la competencia, y a pesar de que existan formas más ágiles para proteger al público.
Recientemente, el Colegio de Dentistas objetó el uso de los cupones de descuento por parte de varios establecimientos, que podrían estar expuestos a sanciones, incluso hasta la expulsión del gremio, de modo que no podrían ejercer esa profesión.
Lo mismo sucede con el Colegio de Abogados, donde la fiscalía investiga denuncias de varios profesionales en contra de otros, por ofrecer precios bajos, en la representación de clientes.
En lo que a los precios mínimos de los servicios se refiere, se trata de los integrantes de colegios, cuyo desempeño afectaría la salud, el bolsillo, y hasta la libertad de los clientes, tal como son los casos de los médicos, ingenieros, y abogados.
Por su parte, los gremios aseguran que la fijación de los precios mínimos protege al público, dado que estos son tan bajos, que la única forma de reducirlos, sería darle un servicio inferior al cliente.
No obstante, este argumento no siempre sería cierto. Cualquier profesional tiene costos fijos, tal como alquiler de oficina, pago de equipos y salarios de asistentes.
Este costo es el mismo para el profesional, que cuenta con una fila de clientes en el pasillo, así como para aquel o aquella, que tiene pocos compradores, tal como suele suceder en el caso de los profesionales jóvenes.
Para este tipo de gente, cualquier ingreso —aunque sea por debajo de la tarifa fija mínima— sería mejor que nada, toda vez que el cliente no resulte afectado.
Lo mismo podría suceder en el caso de un grupo de profesionales, que ofrecen descuentos en conjunto, aprovechando así las economías de escala.
Tampoco hay certeza de que un profesional, que cobra el monto mínimo, no preste un servicio deficiente a su cliente.
Otro caso sería el del profesional que sepa cómo prestar un servicio específico de manera sumamente eficiente, así que podría cobrar menos que alguien menos especializado.
Mientras tanto, el régimen de los precios mínimos en varios casos obliga a los consumidores a pagar un monto más alto, que podrían obtener en un mercado más flexible.
Una solución a este dilema es limitar las denuncias a los consumidores, que consideran haber sido maltratados, aprovechando el mecanismo que ya existe en cada colegio, mediante el cual la fiscalía del gremio, realiza una audiencia, analiza las pruebas y emite una resolución, en la que recomienda sancionar o no al profesional.
Actualmente, son más que todo los profesionales establecidos, quienes aprovechan el régimen de las tarifas mínimas, para denunciar a la competencia, aunque no haya certeza en cualquier caso, de que haya habido una cuestión de mala praxis.
Varios colegios además justifican la fijación de precios mínimos, como una defensa ante el llamado dumping, o sea, una oferta de tarifas por debajo del costo real de la producción de un bien, o de la prestación de un servicio, con la intención de causar la quiebra de un
competidor, lo cual permitiría al oferente —una vez monopolista— elevar los precios a un nivel más alto que antes.
No obstante, el dumping es difícil de practicar en un sector con muchos participantes, tal como es el caso con los servicios ofrecidos en el mercado costarricense. De todas formas, el Código de Comercio prohíbe esta práctica, así que no sería necesario contar con dos defensas ante el mismo mal.
El derecho de un colegio de supervisar a sus integrantes, incluso no solo en la fijación de tarifas, sino también en cuanto a poder prohibir a alguien que ejerza la profesión, fue confirmado por un fallo de la Sala Constitucional de 1999.
El costo de la certeza: Editorial especial
La vida es incierta, salvo en el caso de varios sectores de la economía de Costa Rica, donde siempre nos hemos ilusionado de que sea posible contar con la predecibilidad.
Por cierto, en los últimos años han desaparecido varios monopolios y preferencias, que les daban a los consumidores costarricenses un grado de certeza, en lo que a los precios se refiere, tal como ha sucedido en los sectores de telecom y seguros.
Sin embargo, persisten otros regímenes, que pretenden acabar con el riesgo, mientras imponen un costo alto a los consumidores.
Uno de los casos más notorios es el del arroz, que cuesta más en Costa Rica en términos de las horas que el ciudadano promedio tiene que trabajar, para comprarse un kilo del grano, que en cuatro de los otros cinco países del istmo.
Al permitir la libre importación del arroz, a cambio de proteger la producción nacional a menudo ineficiente, habría menos certeza, dado que el precio tiende a fluctuar a nivel global.
No obstante, el arroz importado casi siempre es más barato que el producido acá.
Otro intento de conservar la certeza aparece en el sector del petróleo, aunque sea difícil entender cuál ventaja estratégica esté recibiendo el país, al permitir solo a RECOPE importar el crudo, mientras que el mundo está repleto de fuentes de este combustible, cada una dispuesta a venderlo a nosotros al precio mundial.
Lo mismo sucede en el caso de las gasolineras, que no pueden competir entre sí mismas, dado que la ARESEP fija los precios al consumidor de todo tipo de combustible, en lugar de imponer un precio máximo, y luego permitir a las empresas competir, con beneficio para el consumidor.
Con estos y otros casos, regresamos a la situación de varios colegios, que cuentan con la potestad de prohibir a cualquier profesional, debidamente capacitado en su área de especialización, a cobrar el monto que determine, junto con su cliente, según las condiciones reales de ambas partes.
En este caso, hay certeza.
También hay un costo.
Johnny Castro
jcastro@larepublica.net