El Régimen de Zona Franca en Costa Rica suele asociarse con grandes multinacionales y corporaciones extranjeras que operan desde parques industriales y tecnológicos; sin embargo, especialistas en materia tributaria y empresarial aseguran que este modelo también puede ser utilizado por pequeñas y medianas empresas (pymes) nacionales que cumplan con los requisitos establecidos por la legislación.
Gabriel Zamora, abogado tributario, explica que el tamaño de la compañía no es el elemento determinante para acceder al régimen.
Lo esencial es cumplir con las condiciones legales y técnicas definidas por la normativa y supervisadas por la Promotora de Comercio Exterior (Procomer).
Cualquier pyme que alcance los niveles mínimos de inversión, mantenga la planilla requerida y desarrolle una actividad económica considerada elegible puede solicitar su incorporación al régimen, según Zamora.
De ser aprobada, la empresa podría beneficiarse de un esquema fiscal más eficiente, diseñado para estimular la inversión y el desarrollo de sectores de alto valor agregado.
Este sistema funciona como un conjunto de incentivos orientados a fortalecer la competitividad del país y atraer proyectos empresariales con potencial de crecimiento, de acuerdo con el especialista.
Entre los principales beneficios que ofrece se encuentran la exoneración del impuesto sobre utilidades por un periodo entre 12 y 18 años, así como la exención del impuesto sobre dividendos y remesas al exterior.
A esto se suma la exoneración de tributos de importación y del impuesto al valor agregado en compras locales vinculadas directamente con la operación empresarial.
También existen beneficios específicos en impuestos municipales y en tributos asociados a traspasos.
Desde la perspectiva empresarial, el impacto de estos incentivos puede ser significativo, particularmente para empresas que buscan expandir sus operaciones o fortalecer su competitividad.
¿Cómo acceder al régimen?
“Para acceder, la empresa debe formalizarse, realizar una inversión mínima aproximada de $100.000 en activos, cumplir con una nómina mensual mínima, operar en actividades autorizadas, establecerse en un parque de zona franca y obtener aprobación técnica de Procomer, así como la inclusión formal mediante decreto ejecutivo”, dijo el abogado.
Otro aspecto que, según los especialistas, suele generar confusión es la idea de que las compañías en Zona Franca están obligadas a exportar la totalidad de su producción o servicios.
No obstante, Zamora señala que esa percepción no siempre corresponde con la realidad normativa.
En el caso de empresas dedicadas a servicios, la legislación permite vender hasta el 100% de su producción dentro del mercado local, sin establecer un límite porcentual de ventas nacionales.
Esta característica modifica de manera importante el análisis estratégico para muchas organizaciones que prestan servicios profesionales o corporativos dentro del país.
Yeremy Marín, director de LBBR Back Office, afirma que numerosas empresas de servicios ya operan con estándares de formalidad y cumplimiento alineados con las exigencias del régimen.
Desde su perspectiva, conocer que es posible mantener operaciones locales bajo esta estructura elimina una barrera conceptual que ha limitado su adopción.
Esta posibilidad abre una oportunidad para que más empresas avancen hacia procesos de profesionalización y crecimiento estructurado.
“Zona Franca no es un beneficio reservado a grandes capitales extranjeros. Es un instrumento de competitividad disponible para cualquier empresa que cumpla con los requisitos técnicos y legales. Para las pymes que buscan optimizar su estructura fiscal, fortalecer su posición en el mercado y escalar con visión de largo plazo, el Régimen de Zona Franca puede convertirse en una verdadera palanca de transformación empresarial”, finalizó Zamora.