TSE recuerda que está prohibido divulgar encuestas y sondeos durante la jornada electoral
El Tribunal advierte que la difusión de resultados sobre intención de voto puede acarrear multas de hasta ₡23 millones
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) reiteró la prohibición de divulgar encuestas o sondeos de opinión durante la jornada electoral.
La medida aplica para partidos políticos, medios de comunicación, encuestadoras y ciudadanía en general, según lo establecido en el Código Electoral.
La norma prohíbe “la difusión o publicación, parcial o total, por cualquier medio, de sondeos de opinión y encuestas relativas a procesos electorales”.
El TSE recordó que la restricción rige durante los tres días previos y el propio día de la elección nacional.
El incumplimiento puede ser sancionado con multas que van de 10 a 50 salarios base, es decir, hasta ₡23 millones.
Además, la Magistratura Electoral advirtió que divulgar estos datos por redes sociales o medios digitales puede constituir delito de desobediencia.
Dicha falta podría acarrear sanciones penales con penas privativas de libertad para las personas responsables.
El Tribunal enfatizó que esta veda busca proteger la libertad del voto y garantizar que la ciudadanía decida sin influencias externas.
Las restricciones electorales son parte de las garantías que fortalecen la transparencia y la confianza en el proceso democrático del país.