Las empresas en Costa Rica deberán prestar mayor atención a cómo previenen y atienden posibles casos de acoso laboral, luego de que el Convenio 190 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) entrara en vigor plenamente el pasado 2 de octubre.
A partir de ahora, una sola conducta también puede ser relevante para determinar un posible caso de violencia o acoso, por lo que ya no necesariamente se requiere demostrar que una situación ocurrió de forma repetida.
Se entienden como violencia y acoso aquellas acciones, comportamientos o amenazas que sean inaceptables y que puedan causar daños físicos, psicológicos, sexuales o económicos.
“El Convenio 190 implica un cambio importante en la forma en que debemos comprender y prevenir la violencia y el acoso en el trabajo. Ya no podemos partir de que necesariamente debe existir una conducta reiterada”, dijo Cristhian Monge, socio de BDS Asesores.
La protección va más allá de la oficina
Las empresas también deberán considerar situaciones que ocurran fuera de sus instalaciones.
El Convenio contempla hechos que sucedan durante el trabajo, en relación con este o como consecuencia de este.
Por ello, la protección puede abarcar viajes, desplazamientos, actividades sociales o de capacitación y comunicaciones laborales realizadas mediante herramientas digitales.
Además, sus alcances incluyen a distintas personas relacionadas con el mundo laboral, no únicamente a quienes tienen un contrato de trabajo.
La protección contempla, entre otros, a pasantes, aprendices, voluntarios y quienes aspiran a un puesto, así como a personas cuyo vínculo laboral ya terminó.
“Para las empresas, el principal llamado es a la prevención. No se trata únicamente de contar con un procedimiento para reaccionar cuando se presenta una denuncia, sino de identificar los riesgos, capacitar a las personas y establecer canales claros y confidenciales”, agregó Óscar Corrales, socio de BDS Asesores.
¿Qué deberían revisar las empresas?
Con la aplicación plena del Convenio 190, las organizaciones deberán fortalecer las medidas para prevenir y atender situaciones de violencia y acoso.
Entre las acciones recomendadas están revisar las políticas internas, identificar posibles riesgos, establecer canales de denuncia confidenciales y contar con procedimientos para investigar y atender los casos.
También es importante capacitar a jefaturas y colaboradores para reconocer este tipo de situaciones y prestar atención a las interacciones que ocurren mediante plataformas digitales, durante viajes o en actividades relacionadas con el trabajo.
Costa Rica todavía no cuenta con una legislación específica que regule de forma integral el acoso laboral en los sectores público y privado.
No obstante, el 13 de agosto de 2026 se presentó un proyecto de ley para prevenir y sancionar estas conductas.