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Título o colegiatura no son requisitos para ejercer periodismo, reitera la Sala Constitucional

Karla Barquero karlabarquero.asesora@larepublica.net | Viernes 09 agosto, 2019 06:12 p. m.


Un mazo de juez
Elaboración propia/La República


El periodismo se puede ejercer sin necesidad de contar con un título académico o estar colegiado, reiteró la Sala Constitucional en una sentencia de este viernes.

De forma unánime, los magistrados declararon con lugar dos recursos de amparo interpuestos contra las manifestaciones del Colegio de Periodistas (difundidas en plataformas oficiales del órgano) en donde se indicaba que “las personas que se sigan identificando como periodistas, sin tener el título académico que lo acredite, serán denunciadas ante los órganos competentes”.

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El Tribunal concluye en las sentencias que el periodista es quien en forma habitual o regular se dedica a informar, y destaca la definición que la Corte Interamericana de Derechos Humanos sostiene de esta profesión: el “periodista profesional” es la persona que ha decidido ejercer la libertad de expresión de modo continuo, estable y remunerado.

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Las magistradas y magistrados calificaron como una amenaza el mensaje proferido por el Colegio contra los periodistas no titulados y señalaron que esta representa una “clara contravención de lo dispuesto por el artículo 28 de la Constitución Política”; dicho numeral establece que nadie puede ser inquietado ni perseguido por la manifestación de sus opiniones.

Tras la sentencia, se ordena a la Presidenta de la Junta Directiva del Colegio de Periodistas emitir un nuevo comunicado de conformidad con los lineamientos señalados en las sentencias citadas.







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