Las operaciones “offshore”, es decir, realizadas fuera del territorio nacional, son comunes tanto para proteger patrimonios personales como para estrategias fiscales empresariales. Sin embargo, hoy representan un riesgo significativo ante la nueva capacidad de inteligencia tributaria que introduce Tribu CR.
Esta herramienta permite una gestión de datos sin precedentes en Costa Rica, revelando riesgos que antes pasaban inadvertidos, incluso con información ya compartida por la comunidad internacional.
Instrumentos como la Convención de Asistencia Administrativa Mutua en materia fiscal y el convenio con Estados Unidos ahora adquieren valor real, al poder ser procesados y utilizados en labores de control y fiscalización. La Administración Tributaria contará con datos cruzados que le permitirán verificar la coherencia fiscal de personas y grupos empresariales.
Pensemos en personas físicas que, para resguardar identidad y patrimonio, han utilizado estructuras en el extranjero. A partir de ahora, estarán bajo escrutinio tributario. Quienes hayan generado recursos de forma lícita y los hayan canalizado mediante sociedades, fundaciones, fideicomisos o cuentas de participación deberán probar si esos fondos debieron tributar en Costa Rica.
Si la Administración presume, como lo permite el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que ese patrimonio es un incremento no justificado, será el contribuyente quien deba demostrar lo contrario: que no estaba sujeto a impuestos locales, que fue generado en jurisdicciones exentas, o que ya tributó en su país de origen.
Muchos solían responder: “¿Cómo se enterará Tributación?”. Hoy la respuesta es clara: mediante los datos que fluyen automáticamente gracias a la Convención vigente en Costa Rica desde la Ley 9118 de 2013.
Este acuerdo multilateral, con más de 140 países firmantes, contempla intercambio automático de información tributaria, auditorías y cobros conjuntos, y notificaciones sobre asuntos fiscales y de seguridad social.
Con este arsenal operativo y jurídico, la Administración Tributaria costarricense podrá ahora procesar los datos recibidos bajo esta convención modelo de la OCDE, entidad que la promueve y custodia. Si bien la ley está vigente desde 2013, su eficacia operativa solo emerge con el procesamiento de datos mediante Tribu CR. Antes, la información simplemente se archivaba sin consecuencias.
Con Tribu CR, todo cambia. Lo que antes se archivaba, ahora se procesará. Se iniciarán procedimientos de comprobación, ya sean abreviados o integrales, que podrían derivar en tasaciones en el impuesto sobre la renta e incluso en cargas sociales ante la CCSS, bajo el ámbito de la convención.
Pensemos en una persona física cuya relación laboral le paga una parte en Costa Rica, con las cargas sociales correspondientes, y recibe el complemento en el extranjero. Esta persona acumula un patrimonio que coloca a nombre de una sociedad en un paraíso fiscal.
Este caso no es extraño entre profesionales que trabajan para multinacionales o empresas de capital local o extranjero. El patrimonio está a nombre de una sociedad “offshore” que no tributa según las leyes del país de constitución, pero cuyo ingreso proviene del trabajo en costarricense.
Hasta ahora, esto era común y pasaba desapercibido para el fisco. Con el flujo sistemático de información a Tribu CR, se activan evidencias de omisiones fiscales tanto en impuestos al trabajo como en cuotas a la seguridad social. La convención, al ser ley desde 2013, aplica para ambas obligaciones y permite determinaciones con plazos de prescripción de al menos cuatro años, ampliables a diez en caso de dolo.
Estas situaciones no surgirán exactamente el 6 de octubre, cuando entre en rigor Tribu CR, pero empezarán a manifestarse progresivamente en la realidad fiscal costarricense.
Por ello, cada caso debe analizarse individualmente para evitar que el remedio sea peor que la enfermedad.
Conviene asesorarse con expertos en fiscalidad internacional que, con ley local y convenios en mano, planifiquen la regularización de estas situaciones antes de que lo haga la Administración.
En una próxima entrega hablaremos de los grupos económicos corporativos y algunas de las conductas más típicas. Mientras tanto, el lector puede reflexionar si forma parte de un esquema que antes era “a prueba de balas” y hoy pende de “alas de cucaracha”.
Alertar a tiempo permite soluciones a la medida y una correcta valoración de las contingencias fiscales y sociales.
Como en salud, hay que evitar remedios caseros y acudir a verdaderos especialistas. Esta materia requiere experiencia y soluciones que no están en cualquier parte.
La peor decisión es no actuar. Ante el riesgo, el único camino es mejorar estructuras, mitigar riesgos y proteger el patrimonio y la legalidad. Las sanciones son severas, pero pueden evitarse si somos proactivos.
En Grupo Camacho Internacional somos expertos en fiscalidad internacional con experiencia adquirida en diversas jurisdicciones donde esta nueva realidad costarricense, es pan de cada día hace varios años.





































