“Mano dura” contra reincidentes: Estos son los 7 cambios clave que propone Laura Fernández para endurecer las penas
Mandataria pide a diputados ponerse del lado de las víctimas y aprobar cambios
Con la consigna de acabar con “la alcahuetería del sistema penal”, la presidenta Laura Fernández ha propuesto un proyecto de ley para castigar con mano dura la reincidencia en Costa Rica.
Se trata de una iniciativa que ya fue presentada al Congreso para su análisis y que pretende evitar casos como el de Gerson Rosales, quien fue un oficial de la Fuerza Pública que murió hace un mes a manos de un delincuente que había sido detenido en 29 ocasiones por diversos delitos.
Estos son algunos de los cambios.
Usando la “dosimetría penal diferenciada”, quien vuelva a delinquir ya no recibiría el mismo trato que un delincuente primario.
De esta manera, se ubicará a los delincuentes en varias categorías que incluyen Rango Mínimo (delincuentes primerizos), Rango Medio (se aplica cuando se realiza un nuevo delito doloso tras una condena previa) y Rango Máximo (cuando concurra reincidencia, habitualidad, profesionalidad o reincidencia cualificada en delincuencia organizada).
La idea es que en este último grupo ,el juez use todo el peso de la ley para sancionar a los mafiosos, ya que se trata de personas que no tienen respeto por la autoridad.
“Tiene que acabarse la alcahuetería contra los criminales reincidentes. Quien haga del crimen su forma de vida tiene que recibir penas más severas (…) Nosotros estamos del lado de la víctima. Aquí el primer lugar de las políticas públicas y de las Leyes de la República tienen que ocuparlo las víctimas”, dijo Fernández al presentar el proyecto a mediados de junio.
Otra de las propuestas de cambio implica que las personas condenadas por delitos como homicidio, femicidio, violación de menores, trata de personas, narcotráfico y secuestro extorsivo no podrán acceder a ningún beneficio penitenciario, sustitutivo penal ni a ninguna otra modalidad de suspensión o abreviación de la pena.
La idea es que las personas violentas cumplan la totalidad de la pena y no salgan libres a los pocos años.
Asimismo, se plantea la posibilidad de que la reincidencia pueda ser una razón a considerar por el juez para mantener a un sospechoso en prisión preventiva mientras avanza el proceso judicial. Hoy día, ese no es un razonamiento y solo se toman en cuenta variables como la posibilidad de fuga del país.
Por otra parte, quienes sean investigados por narcotráfico o crimen organizado no podrían solicitar la libertad alegando únicamente que tienen trabajo o arraigo familiar.
“Mi gobierno está haciendo todo lo que a nosotros nos toca. Ahora les toca a ustedes, diputados y diputadas, tomar las decisiones que nuestros cuerpos policiales y que las familias de las víctimas están esperando. Llegó el momento, señores diputados. Les hago un llamado patriótico a responderle al pueblo de Costa Rica con lo que están esperando de parte de nosotros, que son resultados, acciones concretas”, concluyó Fernández.
Finalmente, se crearía el Registro Nacional de Reincidencia para que jueces y fiscales puedan conocer el historial penal de los condenados, se crea la figura de la reincidencia agravada y los antecedentes seguirían teniendo efectos legales entre cinco y 15 años.
Con el objetivo de evitar que los delincuentes peligrosos sigan burlándose de la justicia, la presidenta Laura Fernández presentó un proyecto para ponerle fin a la reincidencia criminal.
Estos son los detalles:
| Cambios | Explicación |
|---|---|
| 1. Penas más severas | Quien vuelva a delinquir ya no recibiría el mismo trato que un delincuente primario. |
Por "dosimetría penal diferenciada" se ubica a los delincuentes en Rango Mínimo (delincuentes primerizos), Rango medio (Se aplica cuando se realiza un nuevo delito doloso tras una condena previa) y Rango Máximo (Cuando concurra reincidencia, habitualidad, profesionalidad o reincidencia cualificada en delincuencia organizada). En este último habrá penas más severas. 2. Sin beneficios carcelarios Las personas condenadas varios delitos no podrán acceder a ningún beneficio penitenciario, sustitutivo penal, ni a ninguna otra modalidad de suspensión o abreviación de la pena.