El segundo semestre nos trae nuevos proyectos de ley que buscan cambiar el panorama del cumplimiento tributario en Costa Rica.
El Gobierno anunció su Estrategia Nacional contra el contrabando y la evasión, un paquete de acciones a corto, mediano y largo plazo que, en principio, le permitirá aumentar la recaudación y reducir el altísimo nivel de evasión fiscal.
Entre las acciones se incluyen reformas al Código de Normas y Procedimientos Tributarios, una reforma integral al Impuesto sobre la Renta, la simplificación de la declaración del IVA y la posibilidad de realizar embargos preventivos e incautar bienes muebles e inmuebles sin la autorización de un juez.
Los primeros tres proyectos de ley ya fueron presentados ante la Asamblea Legislativa y parece que la estrategia del Gobierno es ir de menos a más. Iniciar con acciones simples, pero de alto impacto antes de ponernos a discutir un proyecto tan complejo como la reforma del Impuesto sobre la Renta.
En paralelo a la presentación de estos proyectos, el ministro de Hacienda se abocó a generar ruido en los medios de comunicación, donde, un día sí y al otro no, habla de eliminar las exoneraciones a la canasta básica o de la eventual instauración de la renta global.
Lo que es un hecho es que ni el, ni la presidenta, ni ningún vocero del gobierno dice las palabras mágicas: Con las reformas los ticos pagaremos más impuestos y tendremos menos dinero disponible.
Por más que intenten maquillarlo, diciendo que no están creando impuestos sino eliminando exoneraciones, lo cierto es que el impacto económico en los presupuestos de las familias es latente.
Lo importante a recordar es que, independientemente de la discusión en la agenda pública, todo cambio debe hacerse mediante un proyecto de ley aprobado por la Asamblea Legislativa. O bien, para aquellos que no requieran la aprobación de ley, mediante una resolución publicada por el Ministerio de Hacienda.
¡Los impuestos no se reglan por medio de TikTok ni con gritos en un miércoles cualquiera!
Además de los proyectos presentados por Hacienda, recién ingresan a la Asamblea Legislativa tres proyectos de la fracción del Frente Amplio que también inciden en el cumplimiento tributario, o más bien, en las revisiones o auditorías que realiza Hacienda.
Los seis proyectos, junto con cualquier otro que se les una, tienen, en principio, una autopista en frente, pues la mayoría oficialista es suficiente para aprobar la mayoría de las reformas tributarias que se planteen.
Si el gobierno de turno está realmente interesado en el saneamiento de las finanzas públicas, debería, en principio, tener un proceso expedito de aprobación en la Asamblea. ¡Que nos duela a quienes nos duela!
Revisemos brevemente cada uno de los proyectos, empezando por los de Hacienda:
- ¡Van por las facturas falsas! - Proyecto 25 667
El proyecto de ley regulará la emisión y la compra de facturas falsas, un mecanismo utilizado por cientos de contribuyentes para simular costos y gastos en sus negocios.
A través del proyecto se desincentivará el uso de estos documentos apócrifos, estableciendo penas severas para quien emita, comercialice o compre documentos electrónicos no respaldados por una transacción real.
El proyecto crea un nuevo registro público que muestra las empresas inhabilitadas para emitir comprobantes electrónicos. Aquellos involucrados en la venta o emisión de facturas falsas serán inhabilitados por 5 años.
Además, establece un nuevo tipo penal con una pena de 4 a 8 años de prisión para quien emita, comercialice o compre un documento electrónico falso.
El texto propone que, a nivel administrativo, cuando se trate de comprobantes electrónicos falsos, se considere la falta como “muy grave”, independientemente del monto en cuestión, aplicando la multa más severa del 150% del monto del impuesto dejado de pagar.
- Reducción en el impuesto al cigarrillo – Proyecto 25 668
El Gobierno propone una simplificación en el pago de impuestos de los cigarrillos que se comercializan en el país, bajo el argumento de que son medidas para disminuir el nivel de contrabando.
El proyecto de ley pretende eliminar el nivel mínimo de tributación y simplificar el proceso mediante la eliminación de la participación del INDER en el timbre agrario y en el impuesto al consumo de cigarrillos y bebidas.
Aunque el argumento sobre el contrabando es válido, con esta medida el Ministerio de Hacienda demuestra que olvida que los impuestos tienen fines más allá de la recaudación.
El cambio en cuestión pone en riesgo el esfuerzo de muchísimos años para reducir el consumo de cigarrillos en el país, lo que supone un verdadero retroceso en materia de salud pública.
- La verdadera capacidad recaudatoria – 25 669
Quizás el proyecto de mayor impacto para el contribuyente común de los tres presentados por Hacienda. El expediente 25 669 Reforma al Título VII del Código de Normas y Procedimientos Tributarios pretende que la Administración Tributaria pueda recuperar las deudas de los contribuyentes sin que medie un proceso de cobro judicial.
El texto otorga facultades para dictar embargos preventivos por dos años, como medida cautelar, desde que el saldo adeudado esté en proceso de determinación y exista riesgo de insolvencia.
Además, crea el procedimiento de apremio sobre bienes muebles e inmuebles cuando exista una certificación de deuda tributaria líquida y exigible. Con la ley en estudio, Hacienda podrá ejecutar garantías y decretos de embargo vencidos, una vez transcurridos los 15 días que tiene el contribuyente para pagar.
Los bienes que haya embargado la Administración podrán ser vendidos mediante subasta, concurso o adjudicación directa. También, de ser útiles para la Hacienda Pública, podrán ser adjudicados al aparato estatal.
El proyecto, al menos, prevé una prohibición para los funcionarios de Hacienda y sus familiares, hasta en tercer grado de consanguineidad o afinidad, de adquirir bienes en remate.
Estos tres proyectos, siendo del oficialismo, deberían pasar sobre ruedas en la discusión legislativa, salvo las mociones que la oposición pudiera presentar.
Mientras que los expedientes presentados por el Frente Amplio son los siguientes:
- Limitación a intereses financieros – Proyecto 25 651
La reforma propuesta amplía la limitación actual a todos los gastos financieros. Actualmente existe una limitación a la deducibilidad de intereses en el impuesto sobre la renta para las operaciones financieras fuera del sistema bancario nacional o de su equivalente en el exterior.
El proyecto de ley pretende que la limitación del 20% del EBITDA se aplique a todas las transacciones financieras, independientemente de los atestados del acreedor.
Con su aprobación, las transacciones back-to-back, por ejemplo, quedarían sujetas a dicha limitación.
- Nueva escala para defraudación fiscal – Proyecto 25 650
El proyecto de ley crea una escala para el delito de defraudación fiscal que va de 200 a 500 salarios base. Si los impuestos dejados de pagar se encuentran en ese umbral (arriba de los 92 millones de colones y por debajo de los 231 millones), el contribuyente se expondrá a penas de hasta 5 años de cárcel; así como a multas de hasta 5 veces el monto defraudado y la inhabilitación de entre 3 y 6 años para acceder a subvenciones, exenciones, reducciones o beneficios fiscales; así como para la participación en procesos de contratación pública.
Mientras que propone penas de hasta 10 años de cárcel para:
- Quienes tengan un monto evadido superior a 500 salarios base (231 millones de colones).
- Quienes sean un grupo u organización criminal dedicado a la defraudación fiscal
- Quienes opten por conductas de ocultamiento mediante figuras o personas interpuestas.
Además de la pena, se podrán imponer multas de hasta 8 veces el monto defraudado y la inhabilitación podrá ser de hasta 8 años.
El proyecto de ley también contempla la suma de los montos evadidos en distintos periodos fiscales para componer la tipología del delito. Este es un cambio importante respecto a la norma vigente. En este momento, el umbral de 500 salarios base es por periodo fiscal.
- La responsabilidad solidaria – Proyecto 25 648
El proyecto de ley amplía la responsabilidad solidaria por las deudas tributarias.
El texto establece una responsabilidad constante por parte de los socios, coparticipes, asociados, cooperativistas o consorciados de una entidad que incumpla sus obligaciones tributarias. En términos sencillos: Hacienda podría intentar cobrarle a usted una deuda de su compañía. Actualmente, esto aplica a sociedades ya liquidadas o fusionadas.
También fortalece el concepto de conjunto económico, en el que el conjunto económico será responsable solidario de las deudas de cualquiera de las entidades que lo componen. La definición del conjunto económico deberá establecerse por vía reglamentaria.
Estos proyectos, aunque no presentados por el Ministerio de Hacienda, por la naturaleza de lo que proponen, deberían ser acogidos de buena manera por una fracción oficialista y por un poder ejecutivo preocupados por la evasión y el contrabando.
En Grupo Camacho Internacional nos mantenemos atentos a los proyectos de ley y su avance en la corriente legislativa, así como a cualquier otro avance o anuncio en la agenda pública que afecte directamente el cumplimiento tributario.
Visite grupocamacho.com, donde compartiremos nuestros análisis sobre las normas propuestas y su impacto para los contribuyentes.




































