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Miércoles, 11 de diciembre de 2024



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Edicto: Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Diligencias de expropiación (SABI 2021-46)

Comunicados Digitales miguelibarra.asesor@larepublica.net | Jueves 21 noviembre, 2024


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Canva / La República


Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Diligencias de expropiación.

Edicto

Se hace saber que este Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, y sus reformas está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra del inmueble inscrito

ante el Registro Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real Matrícula N°568479-000, ubicado en el distrito 01 Naranjo, cantón 06 Naranjo, de la provincia de Alajuela, propiedad de Yesenia Gerarda Salazar Alfaro (Fallecida), cédula N° 2-0483-0811, necesario para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Diseño Constructivo del Tramo Bernardo Soto-Sifón de la Nueva Carretera San Carlos Punta Sur”. Expediente Administrativo N° SABI 2021-46.

En razón de lo anterior, se emitió la resolución administrativa N° 237 del 24 de marzo de 2021, publicada en el Alcance N° 107 de la Gaceta N° 102 del 28 de mayo de 2021, modificada con la resolución administrativa N° 1248 del 26 de setiembre del 2023, publicada en el Alcance N° 10 de la Gaceta N° 10 del 19 de enero de 2023, que se declara de interés público, el inmueble antes descrito. En dichas diligencias de expropiación se indica que se requiere expropiar un área total de 676,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 2-2237460-2020, para la ejecución del proyecto: “Diseño Constructivo del Tramo Bernardo Soto-Sifón de la Nueva Carretera San Carlos Punta Sur”.

Asimismo, mediante Avalúo N° SABI 2022-389 (PS-41) de fecha 11 de marzo de 2022, realizado por el Consorcio IDOM Consulting, Engineering, Arquitecture, S.A.U. & DEHC Ingenieros Consultores S.A., se determinó el valor del inmueble de repetida cita, en la suma de ¢36.984.391,00 (Treinta y seis millones novecientos ochenta y cuatro mil trescientos noventa y un colones exactos).

En virtud de lo anterior, y siendo que a la fecha no consta en el expediente administrativo, el apersonamiento de un albacea o de un proceso sucesorio en favor de quien en vida fue Yesenia Gerarda Salazar Alfaro, cédula N° 2-0483-0811, se emplaza por 3 días, a partir de la publicación del edicto, a cualquier interesado para que formule ante este Ministerio algún reclamo sobre el inmueble objeto de expropiación.

San José, a los dieciséis días del mes de octubre del dos mil veinticuatro.

Mauricio Batalla Otárola

MINISTRO


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