AVISO DE REMATE
Se permite comunicar que en su condición de Fiduciario del Fideicomiso de Garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTÍA YENSI CRISTINA VALERIO SOLANO / BANCO LAFISE S.A. / SECURITAS SERVICIOS FIDUCIARIOS S.R.L/ DOS MIL VEINTITRÉS" suscrito el dieciocho de diciembre del dos mil veintitrés (en adelante, referido como el “Fideicomiso”), y en cumplimiento con lo establecido en el Fideicomiso; se procederá a subastar en el mejor postor la siguiente Finca de la Provincia de HEREDIA, número: DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UNO - F - CERO CERO CERO, cuya descripción según Registro es Naturaleza: Finca filial F.F. setenta y uno destinada a uso residencial de dos plantas en proceso de contrucción, situada en el Distrito Tres – Santiago del Cantón Cinco – San Rafael, con los siguientes linderos norte: Finca filial setenta y cinco y finca filial setenta y seis, sur: Área común, este: Finca filial setenta y al oeste: Finca filial setenta y dos, con una medida de ciento sesenta y ocho metros cuadrados, finca con plano catastrado número H – quince mil novecientos ochenta y nueve – dos mil veintitrés, libre de todo tipo de anotaciones y gravámenes hipotecarios y judiciales pero soportando los siguientes gravámenes, inscritos bajo las siguientes citas: (a) Servidumbre Trasladada, al tomo trescientos cuatro, asiento once mil doscientos catorce, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos uno, subsecuencia cero cero uno. (b) Servidumbre Trasladada, al tomo trescientos siete, asiento cero mil sesenta y siete, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos veinte, subsecuencia cero cero uno. (c) Servidumbre Trasladada, al tomo trescientos siete, asiento cero mil sesenta y siete, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos veintiuno, subsecuencia cero cero uno. (d) Servidumbre trasladada, al tomo trescientos siete, asiento mil sesenta y siete, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos veintidós, subsecuencia cero cero uno. (e) Servidumbre trasladada, al tomo trescientos siete, asiento mil sesenta y siete, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos veintitrés, subsecuencia cero cero uno. (f) Servidumbre trasladada, al tomo trescientos siete, asiento mil sesenta y siete, consecutivo cero uno, secuencia cero novecientos veinticuatro, subsecuencia cero cero uno. (g) Reservas Ley Forestal, al tomo cuatrocientos treinta y dos, asiento diecisiete mil ciento setenta y nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno. (h) Reservas Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos, al tomo cuatrocientos treinta y dos, asiento diecisiete mil ciento setenta y nueve, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cinco, subsecuencia cero cero uno. (h) Servidumbre de Acueducto y de Paso de AyA, al tomo quinientos setenta y cinco, asiento treinta y ocho mil doscientos setenta, consecutivo cero uno, secuencia cero cero cero cuatro, subsecuencia cero cero uno. Para tal efecto se señala como fecha para efectuar el primer remate, las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL CATORCE DE ENERO DEL DOS MIL VEINTISEIS, con la base de DOSCIENTOS CINCO MIL CUARENTA Y OCHO DOLARES CON DIECINUEVE CENTAVOS, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En caso de que no se presenten oferentes, o bien, que los oferentes que se adjudique el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO no realicen el pago correspondiente al FIDUCIARIO dentro de los tres días hábiles siguientes mediante transferencia o mediante cheque certificado o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional, el FIDUCIARIO realizará el segundo remate que se efectuará a las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL VEINTITRES DE ENERO DEL DOS MIL VEINTISEIS con la base de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS DOLARES CON CATORCE CENTAVOS DE DÓLAR moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, (rebajado un 25% en la base original) y de continuar sin oferentes, para el tercer remate se señalan las ONCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL DOS DE FEBRERO DEL DOS MIL VEINTISEIS con la base de CINCUENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS DOLARES CON CINCO CENTAVOS DE DOLAR, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En esta tercera subasta el postor deberá depositar la totalidad de la oferta. Si para el tercer remate no hay postores, el bien se tendrá por adjudicado a la FIDEICOMISARIA PRINCIPAL por el veinticinco por ciento del precio base original. Las tres subastas se realizarán en las oficinas de la Fiduciaria SECURITAS SERVICIOS FIDUCIARIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, con cédula de persona jurídica número tres – ciento dos – quinientos treinta y dos mil seiscientos ochenta y uno, ubicadas en San José – Escazú, Distrito Tercero, San Rafael, Trejos Montealegre, Avenida Central, Edificio Banco General, quinto piso, puerta oeste, el día y hora establecido. Para participar en la subasta, cualquiera que ella sea, dentro de la hora inmediata anterior a la apertura de ofertas, el postor deberá depositar ante el FIDUCIARIO un cincuenta por ciento del precio base del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO, mediante cheque certificado o cheque de gerencia a la orden del FIDUCIARIO; si no hiciera tal depósito, o si la FIDEICOMISARIA PRINCIPAL no lo hubiera relevado de esa obligación parcial o totalmente por cualquier razón, el postor no podrá participar en la subasta respectiva. Queda exenta de la obligación de depósito previo la FIDEICOMISARIA PRINCIPAL, siempre y cuando la oferta sea en abono a su respectivo crédito, el que para este efecto se fija en el capital más el cincuenta por ciento, pero si ofrece una suma que supere su crédito, deberá depositar para participar. Si el monto ofrecido por la FIDEICOMISARIA PRINCIPAL supera lo adeudado, una vez aprobada la liquidación final, se le prevendrá depositar la diferencia dentro del tercer día, si no lo hace, el remate se declarará insubsistente. Se estarán recibiendo ofertas un día antes de la fecha programada para la realización de cada subasta, en sobre cerrado, en las oficinas de la fiduciaria, en horario laboral, indicando las calidades completas del oferente y el monto exacto a ofrecer por la propiedad. Cuando algún participante se adjudique el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en cualquiera de los remates, deberá pagar al FIDUCIARIO el precio total ofrecido, dentro de los tres días hábiles siguientes, mediante cheque certificado o de gerencia de cualquiera de los bancos del Sistema Bancario Nacional. En el caso de que cualquier adjudicatario en cualquiera de los remates no hiciere el pago total y efectivo del precio ofrecido en la subasta respectiva dentro del plazo indicado, este se tendrá por insubsistente y el FIDUCIARIO entregará un treinta por ciento del depósito a la FIDEICOMISARIA PRINCIPAL como indemnización fija de daños y perjuicios, y el resto en abono al crédito a efecto de que ésta lo abone al pago de las sumas adeudadas por el FIDEICOMITENTE CESIONARIO. En cualquiera de los remates, la FIDEICOMISARIA PRINCIPAL podrá adjudicarse, el PATRIMONIO FIDEICOMETIDO en pago de las obligaciones garantizadas por el Fideicomiso, cuando no se presenten postores o en el caso de que éstos no hagan ofertas que cubran la base, o cuando el adjudicatario de cualquier remate no realice el pago ofrecido. La FIDEICOMISARIA PRINCIPAL queda facultada para ceder a terceros, total o parcialmente, en cualquier momento a partir del inicio del procedimiento de ejecución, su derecho de adjudicación del PATRIMONIO FIDEICOMETIDO. En cualquier momento antes de realizarse la subasta podrá el FIDEICOMITENTE CESIONARIO del Contrato de Fideicomiso referido, pagar totalmente las sumas adeudadas y los gastos ocasionados. El PATRIMONIO FIDEICOMETIDO podrá ser comprado por quien realice la mejor oferta, ya sea por terceros o por el FIDEICOMITENTE CESIONARIO. El adjudicatario de la propiedad designará al Notario Público que se encargará de la escritura de adjudicación. Los oferentes deberán aceptar el bien con los gravámenes actuales, en el estado de uso, conservación y posesión en que se encuentre, debiéndolo inspeccionar previamente y la sola presentación de la oferta implica que conoce y acepta las condiciones del bien, relevando a Securitas Servicios Fiduciarios y a Banco Lafise S.A. de toda responsabilidad. Toda recepción de fondos por parte de la Fiduciaria está sujeta al cumplimiento de la Ley 7786 y sus reformas por parte de los depositantes. Publíquese este edicto por dos veces consecutivas, la primera publicación con un mínimo de ocho días naturales de antelación a la fecha fijada para la primera subasta. - San José, seis (6) de enero del dos mil veintiséis (2026). Firma Responsable: Marjorie Valverde Herrera, Cédula de identidad: 109960992, representante de la Fiduciaria.




































