Ministerio de Obras Públicas y Transportes. - Diligencias de expropiación.
Edicto
Se hace saber que este Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con la Ley de Expropiaciones No 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta No 24 del 04 de febrero de 2015 y las reformas contenidas en la Ley No 9462 del 11 de julio de 2017, publicada en el Alcance No 175 del 18 de julio de 2017, está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra del inmueble inscrito ante el Registro Inmobiliario bajo la Matrícula 6-84940-000, ubicado en el distrito 05 Paquera, cantón 01 Puntarenas de la provincia de Puntarenas, propiedad de James Alex Greer, Pasaporte No 131245376, necesario para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Mejoramiento y Rehabilitación de la Ruta Nacional No 160, sección: Playa Naranjo-Paquera".
Mediante Resolución Administrativa No 000096 de fecha 31 de enero de 2019, publicada en el Alcance No 46 del 27 de febrero de 2019, se declaró de interés público el inmueble de referencia y se dispuso la expropiación de un área de 252,00 metros cuadrados, conforme al plano catastrado No 6-2024181-2018, necesaria para la ejecución del proyecto denominado: “Mejoramiento y Rehabilitación de la Ruta Nacional No 160, sección: Playa Naranjo–Paquera”.
En razón de lo anterior, se hace del conocimiento público que existe a favor del señor James Alex Greer, pasaporte No 131245376, la suma de ₡1.740.113,00 (Un millón setecientos cuarenta mil ciento trece colones exactos), correspondiente al Avalúo Administrativo No 2019-052, de fecha 28 de febrero de 2019, el cual fue debidamente ratificado por el Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, mediante Sentencia firme No 2024002941, dictada a las trece horas treinta y seis minutos del doce de
noviembre del año dos mil veinticuatro.
Se hace constar que dicho avalúo fue comunicado mediante Edicto de fecha 21 de octubre de 2019, publicado en los diarios de circulación nacional Diario Extra y La República el 02 de junio de 2020, con el propósito de que cualquier interesado o persona conocida del expropiado en el país le informara sobre el resultado del proceso expropiatorio y sobre la existencia del monto indicado a su favor, toda vez que no fue posible localizarlo para efectos de notificación personal.
De conformidad con los antecedentes que constan en el Expediente Administrativo No P313 601111671993, tramitado por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, se ha determinado que no ha sido posible ubicar al señor James Alex Greer, propietario del inmueble objeto de expropiación, por cuanto se encuentra fuera del país.
Lo anterior se acredita mediante resolución dictada a las diez horas tres minutos del siete de noviembre de dos mil veinticinco, emitida por el Juzgado Contencioso Administrativo, dentro del proceso judicial No 21-000106-1028-CA, en la cual consta que la última salida del país del señor James Alex Greer se registró en el mes de mayo del año 1998, según certificación actualizada emitida por la Dirección General de Migración y Extranjería.
En virtud de lo anterior, se emplaza por el plazo de tres días hábiles contados a partir de la publicación del presente Edicto, al señor James Alex Greer y a cualquier persona que se considere con derecho o interés legítimo, para que comparezca ante este Ministerio a formular el reclamo que estime pertinente
respecto del inmueble objeto de expropiación. San José, a los nueve días del mes de febrero del 2026.




































