EDICTO
Yo, Edwin Alberto Acuña Rosales, mayor, casado, cédula de identidad: 1-0675-0999, vecino de San José, Escazú, apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad S&R TRUSTEE COMPANY LIMITADA, cédula jurídica: 3-102-574288 domiciliada en San José, Escazú, Guachipelín, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, tercer piso, hago constar lo siguiente: Primero: S&R TRUSTEE COMPANY LIMITADA, funge como fiduciaria del fideicomiso de garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTÍA CONDADOS DEL SUR - PROMERICA – DOS MIL VEINTE”, suscrito para garantizar la obligación otorgada a favor de BANCO PROMERICA DE COSTA RICAS.A., cédula jurídica: 3-101-127487, domiciliada en San José, Escazú, San Rafael, Barrio Trejos Montealegre, Centro Corporativo El Cedral, Edificio Banco Promerica. Segundo: Con fundamento en la cláusula 5° del relacionado contrato de fideicomiso y sus respectivas adendas número uno, dos, tres, cuatro, cinco y seis, BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A, solicitó el remate de los siguientes inmuebles: i)- Finca de la provincia de San José, inscrita en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria bajo la matrícula de Folio Real: Ciento cincuenta mil doscientos nueve – F – cero cero cero, que según el Registro se describe así: Naturaleza: Finca Filial Primaria Individualizada Número 39, destinada a uso habitacional con una altura máxima de dos pisos, Apta para construir. Situación: Distrito 5- San Felipe, Cantón 10- Alajuelita, Provincia de San José. Linderos: Norte: Filial Número 70 Y Filial Número 71. Sur: Área común libre de acera en medio de acceso vehicular avenida uno. Este: Filial Número 38. Oeste: Filial Número 40. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Plano Catastrado SJ-0034184-2022. Libre de Anotaciones, pero soportando Servidumbre Sirviente, Citas: 330-02011-01-0001-001; Servidumbre de Acueducto y de Paso de A y A, Citas: 434-07976-01-0001-001; Servidumbre de Acueducto y de Paso de A y A, Citas: 455-04989-01-0001-001. La base para la primera subasta será la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS DÓLARES CON VEINTUNO CENTAVOS moneda de curso legal en los Estados Unidos de América; en caso de haber segunda subasta la base será la suma de TRESCIENTOS SETENTA MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE DÓLARES CON QUINCE CENTAVOS moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original), y de no haber postores se celebrará una tercera subasta con la base de CIENTO VEINTITRÉS MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE DÓLARES CON CINCO CENTAVOS moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). ii)- Finca de la provincia de San José, inscrita en el Registro de la Propiedad Inmobiliaria bajo la matrícula de Folio Real: Ciento cincuenta mil doscientos cuarenta y dos – F – cero cero cero, que según el Registro se describe así: Naturaleza: Finca Filial Primaria Individualizada Número 70, destinada a uso habitacional con una altura máxima de dos pisos, Apta para construir. Situación: Distrito 5- San Felipe, Cantón 10- Alajuelita, Provincia de San José. Linderos: Norte: Área común libre de acera en medio de acceso vehicular avenida dos. Sur: Filial Número 39 Y Filial Número 40. Este: Filial Número 71. Oeste: Filial Número 69. Mide: ciento veinte metros cuadrados. Plano Catastrado SJ-0041385-2022. Libre de Anotaciones, pero soportando Servidumbre Sirviente, Citas: 330-02011-01-0001-001; Servidumbre de Acueducto y de Paso de A y A, Citas: 434-07976-01-0001-001; Servidumbre de Acueducto y de Paso de A y A, Citas: 455-04989-01-0001-001. La base para la primera subasta será la suma de QUINIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE DÓLARES CON VEINTIDÓS CENTAVOS moneda de curso legal en los Estados Unidos de América; en caso de haber segunda subasta la base será la suma de TRESCIENTOS OCHENTA MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA DÓLARES CON CUARENTA Y UN CENTAVOS moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (75% de la base original), y de no haber postores se celebrará una tercera subasta con la base de CIENTO VEINTISÉIS MIL OCHOCIENTOS DIECISÉIS DÓLARES CON OCHENTA CENTAVOS moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (25% de la base original). Para tener derecho a participar en el primer remate, los postores deberán depositar el cincuenta por ciento de la suma correspondiente a la base del remate del inmueble dicho, mediante cheque de gerencia a nombre de la Fiduciaria, depósito efectivo en la cuenta en dólares No. 40000000913877 IBAN: CR33011600104009138773 del Banco Promerica de Costa Rica S.A, o bien, mediante orden incondicional de pago irrevocable a favor de la Fiduciaria, emitidos por bancos públicos o privados domiciliados en Costa Rica; el depósito o la orden incondicional de pago, deberán ser debidamente acreditados ante la Fiduciaria para las comprobaciones correspondientes, a más tardar dentro de la hora inmediata anterior a la señalada para la celebración del remate. Queda exento de la obligación de depósito previo, Banco Promerica de Costa Rica S.A., siempre y cuando la oferta sea en abono al crédito. No se admitirán postores que no hayan cubierto la totalidad del depósito previo ni aquellos que lo hayan hecho a destiempo. Si en el acto del remate, el mejor oferente no paga la totalidad de lo ofrecido, deberá depositar dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta; de no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente y no se reintegrará su depósito de participación, en cuyo caso, el 30% del depósito se entregará a BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A., como indemnización fija de daños y perjuicios, el resto será destinado a abonarse los créditos garantizados, quedando la imputación de pagos, a juicio exclusivo de BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A. Declarada la insubsistencia de la subasta, se ordenará celebrarla nuevamente y el depósito de participación será la totalidad de la base. Las personas físicas o jurídicas que se apersonen y participen en la subasta deberán acreditar previamente su personalidad con los documentos correspondientes, a juicio del abogado y del notario a cargo de la subasta. Los gastos y honorarios de la venta del bien dicho correrán por cuenta del adjudicatario respectivo y las correspondientes escrituras de traspaso se otorgarán ante el notario público que designe el fiduciario. La PRIMERA SUBASTA se fija para las 9:00 horas del día 16 de octubre de 2025. La SEGUNDA SUBASTA se fija para las 9:00 horas del día 24 de octubre de 2025. La TERCERA SUBASTA se fija para las 9:00 horas del día 03 de noviembre de 2025. Si en la PRIMERA SUBASTA no hubiere postores se declarará fracasada y se realizará la SEGUNDA SUBASTA y la base se rebajará un 25% de la base original. Si para la SEGUNDA SUBASTA no existieren oferentes, se celebrará una TERCERA SUBASTA que se iniciará con un 25% de la base original. Para poder participar en la segunda y tercera subasta, los postores deberán depositar la totalidad de la base correspondiente. Si para el segundo remate, no hay postores, Banco Promerica de Costa Rica S.A., podrá adjudicarse los bienes rematados por el 75% de la base original, en cuyo caso no habrá un tercer remate, pero de celebrarse el tercer remate sin que haya postores, el bien se tendrá por adjudicado a Banco Promerica de Costa Rica S.A. por el 25% de la base original. Se deja constancia que en cualquier momento antes de realizarse cualquier subasta podrá el fideicomitente o deudor de la obligación, pagar totalmente las sumas adeudadas y los gastos ocasionados. Las subastas o remates se realizarán en las oficinas de S&R TRUSTEE COMPANY LIMITADA ubicadas en San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio Los Balcones, tercer piso. San José, 26 de septiembre de 2025. Edwin Alberto Acuña Rosales. S&R TRUSTEE COMPANY LIMITADA.




































