Logo
    Edición impresa
    Newsletter Icon

    ¡Manténgase al día!

    Reciba las últimas novedades e información directamente en su correo.

    Más leídas
    Nacionales
    Videos
    Última hora
    Magazine
    Acción
    Nota de TANO
    Página 2
    Más
    China en Costa Rica
    Especiales
    Impulso Pyme
    Columnistas
    Foro de Lectores
    Tipo de Cambio
    Comunicados Digitales
    Más leídas
    Nacionales
    Videos
    Última hora
    Magazine
    Acción
    Nota de TANO
    Página 2
    Más
    China en Costa Rica
    Especiales
    Impulso Pyme
    Columnistas
    Foro de Lectores
    Tipo de Cambio
    Comunicados Digitales
    Contáctenos
    Media Kit
    ¿Quiénes somos?
    Suscríbase
    Síganos
    1. Home>
    2. Comunicados Digitales>

    Comunicado: Expediente No. 21-000044-0958-CI  

    Comunicado: Expediente No. 21-000044-0958-CI  

    Comunicados Digitales
    Por Comunicados Digitales Dic 08, 2025
    Comunicados Digitales
    Contactar a :Miguel Ibarramiguelibarra.asesor@larepublica.net
    Ver biografía completa

    COMPARTIR:

    Se hace saber que en proceso judicial de concurso civil de acreedores tramitado  en este despacho judicial, se dictó la sentencia número 170-2021 de las dieciséis  horas veintiocho minutos del veinte de agosto de dos mil veintiuno, que en lo  conducente dice: "...Se decreta la insolvencia de doña ROSEMARY SUAREZ  CALVO, portadora de la cédula de identidad número 2-0438-0099.  Consecuentemente con ello siguiendo lo que indica el ordenamiento para estos  casos, esta declaración surte los siguientes efectos, de conformidad con los  numerales 899 del Código Civil y 763 del Código Procesal Civil vigente para este  tipo de procesos: a) La señora Rosemary Suarez Calvo queda de derecho  separada e inhibida de la facultad de administrar y disponer de los bienes que le  pertenecen y sean legalmente embargables. El curador será quien administre los  bienes y activos que se constaten. b) Se fija en calidad de por ahora y en perjuicio  de terceros, el 15 de abril de 2021, como fecha en la cual empezó el estado de  insolvencia, de conformidad con el artículo 888 del Código Civil; esto debido a  que la insolvencia se solicitó en fecha 15 de mayo de 2021. c) Se previene a la  persona deudora doña Rosemary Suarez Calvo, que no abandone su domicilio ni  salga del país sin autorización judicial, bajo el apercibimiento de que, si lo hiciere,  podrá ser juzgada por desobediencia a la autoridad. Comuníquese a la Dirección  General de Migración para lo pertinente con las salidas del país y, al Ministerio  Público para lo que corresponda en relación con lo que se dirá a continuación. d)  A pesar de que en el escrito inicial se brinda una explicación de las razones que  mediaron para que la persona promovente haya alcanzado el nivel tan severo de  endeudamiento constatado, no existe en autos evidencia que permita justificar y  tener por demostradas estas razones. En virtud de lo anterior, y siendo que para  esta autoridad resulta singular el que una persona con una actitud responsable y  diligente con su economía alcance tal nivel de endeudamiento, tan dispar con sus  ingresos y sin que ello tenga reflejo en sus activos inscribibles de los cuales no  ostenta, se expedirá oficio al Ministerio Público para que inicie la investigación por  la posible comisión del delito de insolvencia fraudulenta del artículo 241 del Código Procesal Penal. e) Procédase a la ocupación, inventario y depósito de los bienes  del insolvente. Lo primero y tercero lo asumirá la persona que sea designada  como curadora. El relación con el inventario lo practicará la persona que funja  como Notaria Inventariadora. f) Por ser asalariada doña Rosemary Suarez Calvo,  comuníquese a su patrono la presente resolución por vía mandamiento, para que  proceda a depositar en adelante, período tras período del pago de salario, la parte  legalmente embargable de este en la cuenta automatizada de este proceso judicial  número 21-000044-0958-CI - 8. Asimismo siguiendo los principios rectores de este  tipo de procesos el patrono de la concursada depositará la parte legalmente  inembargable de su salario, le será entonces entregada de manera íntegra a la  insolvente doña Rosemary Suarez Calvo en su cuenta habitual, por lo que el  patrono deberá abstenerse, con esta orden judicial, de hacer deducciones  salariales automáticas de cualquier especie y dirigidas a cualquier acreedor,  asociación, por concepto de pago de obligaciones, ahorros, cuotas de asociado,  colegiaturas, servicios públicos o privados u otros, aun y cuando sean  deducciones consentidas por el trabajador, ya que eso perjudicaría a la masa de  acreedores, en virtud de principio de par conditio, según la interpretación judicial  del artículo 899 del Código Civil y el principio concursal de igualdad de  acreedores. Este mandamiento lo diligenciará la persona curadora o la persona  insolvente de manera personal, de la misma forma con el oficio que se ordena  expedir a las entidades acreedoras de su interés que hasta ahora se han visto  beneficiadas con pagos de cuotas de créditos mediante el sistema de deducción  automática de la planilla de la insolvente. g) Comuníquese al Registro Público la  declaratoria y su fecha, para que se abstenga de inscribir títulos emanados del  insolvente. Asimismo, a la Dirección General de Correos a fin de que envíe al  Juzgado la correspondencia perteneciente a la misma. h) Comuníquese también a  los bancos, almacenes generales de depósito, aduanas, cooperativas u otros  entes análogos para que se abstengan de entregar a la insolvente o la persona  que funja como su apoderada, sumas de dinero, títulos valores, efectos de  comercio, mercaderías o cualquier documento con valor económico. i) Envíese  comunicación a los acreedores que el insolvente ha reconocido como tales, a efecto de que se enteren de la existencia de este proceso y detengan gestiones de  retenciones salariales, a la vez que depositen a la orden de este despacho  cualquier suma de dinero que les sea entregada por rebajo automático del salario  del promovente. j) Se concede a los acreedores nacionales y extranjeros un plazo  de dos meses para legalizar sus créditos y reclamar en su caso, el privilegio que  tuvieren, el cual empezará a correr desde la última publicación de la parte  dispositiva de esta resolución en el Boletín Judicial y en un periódico de circulación  nacional. k) Se prohíbe hacer pagos y entregas de efectos a la persona deudora  insolvente, y si esto se incumpliere la deudora no quedará descargado de la  obligación. l) Se previene a todas las personas en cuyo poder existan  pertenencias de la persona insolvente, cualquiera que sea su naturaleza, que  dentro del plazo de ocho días hagan entrega a la persona curadora o a la persona  juzgadora manifestación y entrega de ellas, bajo pena de ser tenidos como  ocultadores de bienes y responsables de los daños y perjuicios. Las personas  tenedoras de prendas y demás acreedores con derecho de retención, tendrán la  obligación de dar noticia a la persona curadora o juzgadora, también bajo el  apercibimiento indicado. m) Publíquese por medio de edicto la parte dispositiva de  esta resolución, por una sola vez, en el Boletín Judicial y en un periódico de  circulación nacional. n) En su momento se solicitará a la Dirección Ejecutiva del  Poder judicial se envíe nómina para nombrar persona curadora propietaria y  suplente de este proceso, así como la persona que fungirá como inventariadora, a  quienes desde ahora se les apercibe que deberán aceptar los cargos conferidos  dentro del plazo de tres días una vez comunicada su elección dentro de este  proceso, con las consecuencias legales que dispone la ley...".- JUZGADO  CONCURSAL, San José, nueve horas diez minutos del dos de noviembre de  dos mil veintiuno. Doctora Jennifer Arroyo Chacón, Jueza Decisora. 

    Más a fondo

    Jonathan McDonald se despedirá del fútbol ante el club que marcó su carrera
    Jonathan McDonald se despedirá del fútbol ante el club que marcó su carrera
    Desafío MTB Puro Motor buscará coronar a su primer campeón costarricense
    Desafío MTB Puro Motor buscará coronar a su primer campeón costarricense

    ¡Manténgase al día!

    Reciba las últimas novedades e información directamente en su correo.

    Tags:

    comunicados

    Los 5 mejores

    1
    Bahía Tambor debutará como escenario estelar del Circuito Aguas Abiertas

    Bahía Tambor debutará como escenario estelar del Circuito Aguas Abiertas

    Ago 20, 2026
    2
    Jefferson Brenes deja Saprissa y se convierte en legionario: conozca los detalles de su nuevo club

    Jefferson Brenes deja Saprissa y se convierte en legionario: conozca los detalles de su nuevo club

    Ago 20, 2026
    3
    XTERRA Costa Rica 2026 reunirá a cerca de 1.000 atletas y figuras mundiales del deporte

    XTERRA Costa Rica 2026 reunirá a cerca de 1.000 atletas y figuras mundiales del deporte

    Ago 20, 2026
    4
    La ciudad que necesitamos empieza por escuchar

    La ciudad que necesitamos empieza por escuchar

    Ago 20, 2026
    5
    Selección U12 de Costa Rica arranca con seis victorias en torneo regional de tenis

    Selección U12 de Costa Rica arranca con seis victorias en torneo regional de tenis

    Ago 20, 2026

    Más Leídas

    Comunicado: Expediente número 24-000025-0930-C
    Comunicados Digitales

    Comunicado: Expediente número 24-000025-0930-C

    Comunicado: EDICTO Expediente No. 23-000136-0958-CI  
    Comunicados Digitales

    Comunicado: EDICTO Expediente No. 23-000136-0958-CI  

    Comunicado: EDICTO DE REPOSICIÓN POR EXTRAVÍO DE TÍTULOS REPRESENTANTIVOS DE ACCIONES - RICARDO ROJAS RODRÍGUEZ / 3v3
    Comunicados Digitales

    Comunicado: EDICTO DE REPOSICIÓN POR EXTRAVÍO DE TÍTULOS REPRESENTANTIVOS DE ACCIONES - RICARDO ROJAS RODRÍGUEZ / 3v3

    Comunicado: CONDOMINIO RESIDENCIAL HACIENDA SAN AGUSTÍN ETAPA III - CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 2026
    Comunicados Digitales

    Comunicado: CONDOMINIO RESIDENCIAL HACIENDA SAN AGUSTÍN ETAPA III - CONVOCATORIA A ASAMBLEA EXTRAORDINARIA 2026

    Los 5 mejores

    1
    Bahía Tambor debutará como escenario estelar del Circuito Aguas Abiertas

    Bahía Tambor debutará como escenario estelar del Circuito Aguas Abiertas

    Ago 20, 2026
    2
    Jefferson Brenes deja Saprissa y se convierte en legionario: conozca los detalles de su nuevo club

    Jefferson Brenes deja Saprissa y se convierte en legionario: conozca los detalles de su nuevo club

    Ago 20, 2026
    3
    XTERRA Costa Rica 2026 reunirá a cerca de 1.000 atletas y figuras mundiales del deporte

    XTERRA Costa Rica 2026 reunirá a cerca de 1.000 atletas y figuras mundiales del deporte

    Ago 20, 2026
    4
    La ciudad que necesitamos empieza por escuchar

    La ciudad que necesitamos empieza por escuchar

    Ago 20, 2026
    5
    Selección U12 de Costa Rica arranca con seis victorias en torneo regional de tenis

    Selección U12 de Costa Rica arranca con seis victorias en torneo regional de tenis

    Ago 20, 2026

    Videos

    ¿Legalizar la prostitución y drogas en Garabito de Puntarenas?

    ¿Legalizar la prostitución y drogas en Garabito de Puntarenas?

    Entrevista exclusiva: La República con Nogui Acosta, jefe de fracción del Partido Pueblo Soberano.

    Entrevista exclusiva: La República con Nogui Acosta, jefe de fracción del Partido Pueblo Soberano.

    ¿Logrará Laura Fernández traer el tren eléctrico a Costa Rica?

    ¿Logrará Laura Fernández traer el tren eléctrico a Costa Rica?

    Todos se pelean un cupo por entrar a esta carrera del TEC, aquí le contamos por qué. 👨🏻‍💻

    Todos se pelean un cupo por entrar a esta carrera del TEC, aquí le contamos por qué. 👨🏻‍💻

    ¿Está de acuerdo que la obesidad sea vista como una enfermedad crónica y no como decisión personal?

    ¿Está de acuerdo que la obesidad sea vista como una enfermedad crónica y no como decisión personal?

    Nueva megacárcel en Costa Rica para delincuentes peligrosos. 🔒🚨

    Nueva megacárcel en Costa Rica para delincuentes peligrosos. 🔒🚨

    Costa Rica después del gobierno de Rodrigo Chaves.

    Costa Rica después del gobierno de Rodrigo Chaves.

    Entrevista exclusiva con Joseph Brusuelas | La República

    Entrevista exclusiva con Joseph Brusuelas | La República

    El Transitarte 2026 ya está a la vuelta de la esquina, aquí todo lo que hay que saber

    El Transitarte 2026 ya está a la vuelta de la esquina, aquí todo lo que hay que saber

    La presidenta electa dijo que todos los ticos podrán presenciar esta importante sesión

    La presidenta electa dijo que todos los ticos podrán presenciar esta importante sesión

    Más Recomendados

    Comunicado: CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS - CORPORACION ILG INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

    Comunicado: CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS - CORPORACION ILG INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

    Por Comunicados Digitales Ago 13, 2026

    COMPARTIR:

    CORPORACION ILG INTERNACIONAL SOCIEDAD ANÓNIMA

    [...] Seguir leyendo
    Comunicado: DNN: ANDREY ALBERTO CASTRO MORA

    Comunicado: DNN: ANDREY ALBERTO CASTRO MORA

    Por Comunicados Digitales Ago 13, 2026

    COMPARTIR:

    [...] Seguir leyendo
    Comunicado: DNN: JUAN ALEJANDRO LOAIZA LOAIZA

    Comunicado: DNN: JUAN ALEJANDRO LOAIZA LOAIZA

    Por Comunicados Digitales Ago 13, 2026

    COMPARTIR:

    [...] Seguir leyendo
    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0000300)

    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0000300)

    Por Comunicados Digitales Ago 13, 2026

    COMPARTIR:

    [...] Seguir leyendo
    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0000252)

    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0000252)

    Por Comunicados Digitales Ago 13, 2026

    COMPARTIR:

    [...] Seguir leyendo
    Comunicado: EDICTO DE REPOSICIÓN POR EXTRAVÍO DE TÍTULOS REPRESENTANTIVOS DE ACCIONES - RICARDO ROJAS RODRÍGUEZ / 3v2

    Comunicado: EDICTO DE REPOSICIÓN POR EXTRAVÍO DE TÍTULOS REPRESENTANTIVOS DE ACCIONES - RICARDO ROJAS RODRÍGUEZ / 3v2

    Por Comunicados Digitales Ago 13, 2026

    COMPARTIR:

    [...] Seguir leyendo
    Comunicado: AVISO DE PRIMER, SEGUNDO Y TERCER REMATE DEL “FIDEICOMISO DE GARANTIA DECLARADO BAJO EL NUMERO DE FIDEICOMISO 2026 -3-111-962606”

    Comunicado: AVISO DE PRIMER, SEGUNDO Y TERCER REMATE DEL “FIDEICOMISO DE GARANTIA DECLARADO BAJO EL NUMERO DE FIDEICOMISO 2026 -3-111-962606”

    Por Comunicados Digitales Ago 12, 2026

    COMPARTIR:

    La suscrita Istmo Law, S.A., titular de la cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ocho mil veintinueve, Fiduciaria en el Contrato de Fideicomiso de Garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTIA DECLARADO BAJO EL NÚMERO DE FIDEICOMISO 2026 -3-111-962606”, hago saber al público en general que a las once horas del día veinticinco de agosto de dos mil veintiséis, en San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Edificio Futura Business Center, primer piso, oficina B 110, procederé a la venta en subasta pública, con un precio base para el PRIMER REMATE deUS$660,833.33 (seiscientos sesenta mil ochocientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y al mejor postor cien cuotas nominativas de cien colones cada las cuales representan el cien por ciento del capital social de la sociedad 3-102-943971 Ltda., sociedad dueña de la finca del partido de Guanacaste, matrícula de folio real número 127191-000, que es terreno para construir, situado en el distrito cinco, Sámara, cantón dos, Nicoya de la provincia de Guanacaste, con los siguientes linderos: al norte: Lidieth Tamayo Gutiérrez y Chepín de Sámara S.A., al sur: calle pública a Sámara, al este: La Cueva Brincona S.A., al oeste: Miguel Jiménez Carrillo, con una medida de ochocientos veinticinco metros cuadrados, plano catastrado número G-dos millones sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y uno – dos mil dieciocho, libre de anotaciones y con los siguientes gravámenes que indica el Registro Nacional de Reservas y Restricciones citas: 377-13395-01-0901 y 0902-001; Servidumbre de Paso citas: 480-01411-01-0012-001 y Practicado: 800-989469-01-0001-001. SE PREVIENE a toda persona interesada en participar en el remate que podrá hacerlo entregando como depósito de garantía un cheque certificado o de gerencia de un banco local, girado a nombre de la Fiduciaria, Istmo Law, S.A., por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la base fijada para el remate, señalando con el depósito el medio para atender notificaciones. No se admitirán posturas que no cubran la base más un treinta por ciento (30%), conforme a lo pactado en el contrato de fideicomiso, para cubrir y reembolsar a la Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate, los honorarios del notario y de la fiduciaria, así como intereses corrientes y moratorios, gastos administrativos y penalidades, de existir. El remate se suspenderá: A. Por solicitud expresa de La Fideicomisaria Acreedora; B. Cuando La Fideicomitente Deudora, o cualquier interesado, entregue un cheque de gerencia a la orden de la Fiduciaria por una suma que cubra la totalidad de los extremos reclamados incluidas las costas. Si en el acto del remate, el postor no paga la totalidad de lo ofrecido deberá, depositar en manos de la Fiduciaria, por medio de cheque de gerencia, dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta. De no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente. En este caso, el depósito se aplicará: (a) en primer término para reembolsar a La Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate y los honorarios del Notario y de la Fiduciaria, por ese orden y hasta donde alcance; (b) el resto se girará a La Fideicomisaria Acreedora imputándose como abono al crédito en el siguiente orden: i) gastos administrativos y/o penalidades; ii) intereses moratorios; iii) intereses corrientes; iv) capital. La Fideicomisaria Acreedora podrá participar en el remate sin estar obligada a hacer el depósito de garantía, siempre que sus ofertas sean en abono a su crédito, el cual, para este efecto, se fija en el capital más el treinta por ciento (30%). Si la Fideicomisaria Acreedora ofrece una suma que supere su crédito, deberá realizar el depósito respectivo en el plazo de tres días. De no hacerlo, el remate se declarará insubsistente. En caso de que éste remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores en el primer remate, a fin de realizar el SEGUNDO REMATE se señalan las once horas del día ocho de septiembre de dos mil veintiséis, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este segundo remate es la suma de US$495,662.50 (cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En caso de que este remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores, a fin realizar el TERCER y ÚLTIMO REMATE se señalan las once horas del día veintidós de septiembre de dos mil veintiséis, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este tercer remate es la suma de US$165,220.83 (ciento sesenta y cinco mil doscientos veinte dólares con ochenta y tres centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En este caso, cualquier postor que desee participar en el tercer remate deberá de depositar la totalidad de la base. Los antecedentes de este remate pueden ser revisados en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Futura Business Center, primer piso, oficina B-110, en horas de oficina, previa cita, al teléfono 4080-5930 Istmo Law, S.A., p/ la Fiduciaria. Publíquese una sola vez. –

    [...] Seguir leyendo
    Ver más

    Lo Más Popular

    Comunicado: EDICTO DE REPOSICIÓN POR EXTRAVÍO DE TÍTULOS REPRESENTANTIVOS DE ACCIONES - RICARDO ROJAS RODRÍGUEZ / 3v1
    Comunicados Digitales

    Comunicado: EDICTO DE REPOSICIÓN POR EXTRAVÍO DE TÍTULOS REPRESENTANTIVOS DE ACCIONES - RICARDO ROJAS RODRÍGUEZ / 3v1

    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0299)
    Comunicados Digitales

    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0299)

    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0000205)
    Comunicados Digitales

    Comunicado: Registro de la Propiedad Intelectual (2026-0000205)

    Comunicado: Intermanagement Costa Rica S.A. - Fideicomiso de Garantía denominado: “ESTEBAN DE JESUS RICHMOND HERNÁNDEZ - BCR - IMCR - 115220989 - CERO CERO UNO” / 2v2
    Comunicados Digitales

    Comunicado: Intermanagement Costa Rica S.A. - Fideicomiso de Garantía denominado: “ESTEBAN DE JESUS RICHMOND HERNÁNDEZ - BCR - IMCR - 115220989 - CERO CERO UNO” / 2v2

    Comunicado: Intermanagement Costa Rica S.A. - Fideicomiso de Garantía denominado: “ESTEBAN DE JESUS RICHMOND HERNÁNDEZ - BCR - IMCR - 115220989 - CERO CERO UNO” / 2v1
    Comunicados Digitales

    Comunicado: Intermanagement Costa Rica S.A. - Fideicomiso de Garantía denominado: “ESTEBAN DE JESUS RICHMOND HERNÁNDEZ - BCR - IMCR - 115220989 - CERO CERO UNO” / 2v1

    Comunicado: AVISO DE VENTA DE ACCIONES FIDEICOMETIDAS POR SUBASTA PRIVADA - Guaranty Trust Lorenz – Ethridge – Veillete (Fideciomiso de Garantía Lorenz – Ethridge – Veillete)
    Comunicados Digitales

    Comunicado: AVISO DE VENTA DE ACCIONES FIDEICOMETIDAS POR SUBASTA PRIVADA - Guaranty Trust Lorenz – Ethridge – Veillete (Fideciomiso de Garantía Lorenz – Ethridge – Veillete)

    ¡Manténgase al día!

    Reciba las últimas novedades e información directamente en su correo.

    Contáctenos
    Media Kit
    ¿Quiénes somos?
    Suscríbase
    © 2026 Republica Media Group todos los derechos reservados.