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    Comunicado: CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE PROPIETARIOS - Condominio Horizontal Residencial Arenas con Fincas Filiales Primarias Individualizadas

    Comunicado: CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE PROPIETARIOS - Condominio Horizontal Residencial Arenas con Fincas Filiales Primarias Individualizadas

    Comunicados Digitales
    Por Comunicados Digitales Dic 16, 2025
    Comunicados Digitales
    Contactar a :Miguel Ibarramiguelibarra.asesor@larepublica.net
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    CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE PROPIETARIOS

    Condominio Horizontal Residencial Arenas con Fincas Filiales Primarias Individualizadas

    Cedula Jurídica 3-109-771893

    Matrícula 4693-M-000

    Por este medio y de conformidad con el artículo 25 de la Ley Reguladora de Propiedad en Condominio y el reglamento del condominio, se convoca a la Asamblea General Extraordinaria de Propietarios del CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL ARENAS a celebrarse de manera presencial en las instalaciones del Condominio, el sábado 17 de enero del 2026, a partir de las 15:00 horas en primera convocatoria. De no alcanzar el quórum mínimo de ley (Dos Tercios del valor del condominio), se realizará a las 16:00 en segunda convocatoria con los condóminos que se encuentren debidamente presentes y registrados a esa hora.

    El condómino deberá acreditar su participación haciendo llegar a la administración la documentación requerida más abajo en esta nota, con al menos 48 horas. A continuación, detalle del orden del día.

    Orden del Día:

    1. Verificación del Quorum, según capitulo cuarto, articulo diez, del Reglamento del Condominio.
    2. Nombramiento del Presidente y Secretario Ad Hoc para dirigir la asamblea, según capítulo tercero, articulo tres del Reglamento del Condominio.
    3. Aprobación o no, del cambio del destino especial de aquellas fincas filiales que deseen realizar la actividad de alquileres no tradicionales, conforme lo dispone el artículo 27, inciso b) de la Ley de Propiedad en Condominio. 
    4. Conforme al punto 3 de la agenda, según los resultados de la votación, aprobación o no de un periodo de gracia y tolerancia final, para las filiales que se encuentren ofreciendo sus fincas en la modalidad de alquileres no tradicionales. 
    5. Declaratoria en firme de los acuerdos aprobados y autorizados para ser transcritos en el libro de actas del condominio. 
    6. Cierre de asamblea.

    Se les recuerda, para poder participar en la Asamblea y ejercer su derecho a voz y voto es requisito tener el pago de las cuotas al día.

    Además, deberán acreditarse mediante la presentación de documentos originales y vigentes en la fecha de la Asamblea, que muestren de manera fehaciente que son los propietarios o representantes legales de las fincas que representan.

    Artículo cinco: Será posible ejercer la representación de uno o más propietarios mediante la extensión de poder, el cual deberá presentarse en el acto de celebrarse la Asamblea, y que podrá extenderse en simple carta o nota debidamente autenticada.

    El poder deberá estar firmado por el propietario registral y ser autenticado por un abogado. Quien le represente deberá identificarse con su propia cédula de identidad.

    • En caso de que el condómino sea una persona jurídica, su representante deberá presentar en el acto de celebrarse la Asamblea una personería jurídica, con una vigencia no mayor de un mes, que lo acredite como tal. Al menos con un día de anticipación a la celebración de cada asamblea de condóminos.
    • Persona física: • Cédula de identidad • Certificación del Registro Nacional donde se registre el nombre del propietario. 
    • Si su condominio se encuentra bajo un FIDEICOMISO, requerirá una nota por parte del fiduciario que le autorice a participar en la Asamblea. 

    Cordialmente,

    Marcelo Murolo Soto

    Condominio Horizontal Residencial Arenas con FFPI.

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    La suscrita Istmo Law, S.A., titular de la cédula jurídica número tres – ciento uno – seiscientos ocho mil veintinueve, Fiduciaria en el Contrato de Fideicomiso de Garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTIA DECLARADO BAJO EL NÚMERO DE FIDEICOMISO 2026 -3-111-962606”, hago saber al público en general que a las once horas del día veinticinco de agosto de dos mil veintiséis, en San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Edificio Futura Business Center, primer piso, oficina B 110, procederé a la venta en subasta pública, con un precio base para el PRIMER REMATE deUS$660,833.33 (seiscientos sesenta mil ochocientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América, y al mejor postor cien cuotas nominativas de cien colones cada las cuales representan el cien por ciento del capital social de la sociedad 3-102-943971 Ltda., sociedad dueña de la finca del partido de Guanacaste, matrícula de folio real número 127191-000, que es terreno para construir, situado en el distrito cinco, Sámara, cantón dos, Nicoya de la provincia de Guanacaste, con los siguientes linderos: al norte: Lidieth Tamayo Gutiérrez y Chepín de Sámara S.A., al sur: calle pública a Sámara, al este: La Cueva Brincona S.A., al oeste: Miguel Jiménez Carrillo, con una medida de ochocientos veinticinco metros cuadrados, plano catastrado número G-dos millones sesenta y nueve mil ochocientos cuarenta y uno – dos mil dieciocho, libre de anotaciones y con los siguientes gravámenes que indica el Registro Nacional de Reservas y Restricciones citas: 377-13395-01-0901 y 0902-001; Servidumbre de Paso citas: 480-01411-01-0012-001 y Practicado: 800-989469-01-0001-001. SE PREVIENE a toda persona interesada en participar en el remate que podrá hacerlo entregando como depósito de garantía un cheque certificado o de gerencia de un banco local, girado a nombre de la Fiduciaria, Istmo Law, S.A., por un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la base fijada para el remate, señalando con el depósito el medio para atender notificaciones. No se admitirán posturas que no cubran la base más un treinta por ciento (30%), conforme a lo pactado en el contrato de fideicomiso, para cubrir y reembolsar a la Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate, los honorarios del notario y de la fiduciaria, así como intereses corrientes y moratorios, gastos administrativos y penalidades, de existir. El remate se suspenderá: A. Por solicitud expresa de La Fideicomisaria Acreedora; B. Cuando La Fideicomitente Deudora, o cualquier interesado, entregue un cheque de gerencia a la orden de la Fiduciaria por una suma que cubra la totalidad de los extremos reclamados incluidas las costas. Si en el acto del remate, el postor no paga la totalidad de lo ofrecido deberá, depositar en manos de la Fiduciaria, por medio de cheque de gerencia, dentro del tercer día hábil, el precio total de su oferta. De no hacerlo, la subasta se declarará insubsistente. En este caso, el depósito se aplicará: (a) en primer término para reembolsar a La Fideicomisaria Acreedora los gastos del remate y los honorarios del Notario y de la Fiduciaria, por ese orden y hasta donde alcance; (b) el resto se girará a La Fideicomisaria Acreedora imputándose como abono al crédito en el siguiente orden: i) gastos administrativos y/o penalidades; ii) intereses moratorios; iii) intereses corrientes; iv) capital. La Fideicomisaria Acreedora podrá participar en el remate sin estar obligada a hacer el depósito de garantía, siempre que sus ofertas sean en abono a su crédito, el cual, para este efecto, se fija en el capital más el treinta por ciento (30%). Si la Fideicomisaria Acreedora ofrece una suma que supere su crédito, deberá realizar el depósito respectivo en el plazo de tres días. De no hacerlo, el remate se declarará insubsistente. En caso de que éste remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores en el primer remate, a fin de realizar el SEGUNDO REMATE se señalan las once horas del día ocho de septiembre de dos mil veintiséis, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este segundo remate es la suma de US$495,662.50 (cuatrocientos noventa y cinco mil seiscientos sesenta y dos dólares con cincuenta centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En caso de que este remate fuere declarado insubsistente o no hubiere postores, a fin realizar el TERCER y ÚLTIMO REMATE se señalan las once horas del día veintidós de septiembre de dos mil veintiséis, en la misma dirección en que se celebrará el primer remate dicho. En este caso el precio base de este tercer remate es la suma de US$165,220.83 (ciento sesenta y cinco mil doscientos veinte dólares con ochenta y tres centavos de dólar) moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. En este caso, cualquier postor que desee participar en el tercer remate deberá de depositar la totalidad de la base. Los antecedentes de este remate pueden ser revisados en la siguiente dirección: San José, Santa Ana, Pozos, Lindora, Futura Business Center, primer piso, oficina B-110, en horas de oficina, previa cita, al teléfono 4080-5930 Istmo Law, S.A., p/ la Fiduciaria. Publíquese una sola vez. –

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