José Reinaldo Solorzano Marín, con cédula número 1-0668-0854, en su condición de Administrador del Condominio Vertical Residencial Avenida Cuarenta y Seis, cédula jurídica número 3-109-758115, convoca a la Asamblea General Extraordinaria a celebrarse por medio de la plataforma de videoconferencias y reuniones virtuales Zoom, el jueves 31 de julio de 2025, a las 7.00 p.m. en primera convocatoria. En caso de no existir el quórum necesario para celebrarla en primera convocatoria, se hará en segunda convocatoria media hora después de la primera o sea a las 7.30 p.m. con el número de condóminos propietarios o representantes presentes virtualmente.
Orden del día:
1. Apertura de la Asamblea y Verificación de Quórum
a) Registro de asistencia de los propietarios y representantes.
b) Verificación del estado de pago de las cuotas condominales para el ejercicio del voto.
c) Revisión de poderes especiales y documentos de acreditación.
d) Declaración formal del quórum y constitución de la Asamblea.
2. Análisis y Aprobación del proyecto de modernización del ascensor
a) Presentación y análisis comparativo de las cotizaciones recibidas.
b) Deliberación y votación para la selección de la empresa y la aprobación del presupuesto correspondiente para la ejecución del proyecto.
3. Propuesta de modificación al Reglamento de Condominio
a) Discusión sobre la propuesta para eliminar la publicación de convocatorias a asambleas en un periódico de circulación nacional.
b) Votación para aprobar o improbar la modificación al artículo correspondiente del Reglamento.
4. Cierre y firmeza de los acuerdos tomados en la asamblea.
Para ejercer de manera válida su derecho a voz y voto en la Asamblea debe comprobar Prima Facie (A Primera Vista) que la finca filial que representa se encuentra al día en el pago de sus cuotas ordinarias y extraordinarias, entendiendo que debe incluirse la del mes en curso de la Asamblea. Los propietarios podrán designar a un representante para que les represente con voz y voto en dicha asamblea por medio de la entrega de una carta poder, la cual deber estar debidamente timbrada y autenticada por un abogado. En caso de filiales a nombre de una persona jurídica, se debe presentar una personería jurídica en donde conste el nombre del representante legal. En caso que pertenezca a un fideicomiso, el banco debe entregar un poder a quien considere que lo represente. En caso de existir copropiedad en alguna de las fincas filiales, los copropietarios deberán designar un sólo representante.
José Reinaldo Solorzano Marín
Cédula 1-0668-0854
Administrador del Condominio Vertical Residencial Avenida Cuarenta y Seis




































