FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta mil seiscientos sesenta y ocho, domiciliada en la Provincia de San José, Cantón Primero San José, Distrito Noveno Pavas, exactamente en el Edificio Torre Cordillera, Cuarto Piso, Bufete Castro Garnier y Asociados Abogados, ubicado de la Estación de Bomberos, cincuenta metros al norte, a mano derecha, entidad Fiduciaria del FIDEICOMISO DE GARANTÍA denominado como “LA TROJA- CASTRO GARNIER- BANCO POPULAR” suscrito para garantizar obligaciones otorgadas a favor de BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL, cédula de persona jurídica número cuatro-cero cero cero-cero cuarenta y dos mil ciento cincuenta y dos, domiciliado en San José, avenida segunda, calles uno y tres, comunico que con fundamento en la cláusula 3.03 del Contrato de Fideicomiso indicado, BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL solicitó la PRIMERA SUBASTA de los siguientes inmuebles: A) Finca del Partido de ALAJUELA, Matrícula número: TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SIETE-CERO CERO CERO, la cual se describe así: Naturaleza: Lote primero- terreno con una casa; situada en Distrito cuarto (Piedades) Cantón segundo (San Ramón) de la Provincia de ALAJUELA; linderos: Norte: Marco Antonio Ulate Caruzo en parte y parte Ana Lorena Ulate Mora, Sur: Álvaro José Ulate Vega, Trinidad Mora Salas y Silvia María Ulate Mora; Este: Trinidad Mora Salas y Silvia María Ulate Mora y al Oeste: Calle pública con un frente de treinta y cuatro coma noventa metros; medida: dos mil trescientos dos metros con noventa y un decímetros cuadrados; Plano Catastrado: A- cero tres cuatro cero cuatro cinco nueve- mil novecientos noventa y seis; libre de todo tipo de anotaciones y soportando los siguientes gravámenes: Uno) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos treinta y cuatro- cero cuatro mil doscientos veintitrés- cero uno- cero novecientos- cero cero uno, Dos) Servidumbre Trasladada inscrita a las citas trescientos sesenta y tres- cero tres mil seiscientos veinticinco- cero uno- cero novecientos dos- cero cero uno, tres) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos sesenta y tres- cero tres mil seiscientos veinticinco- cero uno- cero novecientos siete- cero cero uno y cuatro) Servidumbre de paso inscrita a las citas quinientos cuatro- cero siete mil veintiuno- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno, B) Finca del Partido de ALAJUELA, Matrícula número: QUINIENTOS SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES-CERO CERO CERO, la cual se describe así: Naturaleza: Terreno de parqueo, Bodega Patio y Callejhon de acceso; situada en Distrito noveno (Alfaro) Cantón segundo (San Ramón) de la Provincia de ALAJUELA; linderos: Norte: Giorgo, Sociedad Anonima, Sur: Troja de San Ramón, calle pública con un frente a ella de cuatro metros; Este: Trinidad Mora Salas y al Oeste: Trinidad Mora Salas; medida: ochocientos veintisiete metros cuadrados; Plano Catastrado: A- uno nueve nueve siete uno cinco ocho- dos mil diecisiete; libre de todo tipo de anotaciones y soportando los siguientes gravámenes: Uno) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos treinta y cuatro- cero cuatro mil doscientos veintitrés- cero uno- cero novecientos- cero cero uno, Dos) Servidumbre Trasladada inscrita a las citas trescientos sesenta y tres- cero tres mil seiscientos veinticinco- cero uno- cero novecientos dos- cero cero uno, tres) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos sesenta y tres- cero tres mil seiscientos veinticinco- cero uno- cero novecientos siete- cero cero uno y cuatro) Servidumbre de paso inscrita a las citas quinientos cuatro- cero siete mil veintiuno- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno y C) Finca del Partido de ALAJUELA, Matrícula número: CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS SETENTA-CERO CERO CERO, la cual se describe así: Naturaleza: Terreno de potrero; situada en Distrito noveno (Alfaro) Cantón segundo (San Ramón) de la Provincia de ALAJUELA; linderos: Norte: Víctor Hugo Pizarro Morgan, Sur: Free Lake, Sociedad Anonima; Este: Servidumbre agrícola con frente a ella ciento tres coma veinte en medio Álvaro Ulalte Mora y Luis Fernando Ulate Mora y al Oeste: Digna María Mora Gamboa; medida: doce mil cuatrocientos veintinueve metros con treinta y dos decímetros cuadrados; Plano Catastrado: A- cero tres cuatro tres cuatro cuatro ocho- mil novecientos noventa y seis; libre de todo tipo de anotaciones y soportando los siguientes gravámenes: Uno) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos treinta y cuatro- cero cuatro mil doscientos veintitrés- cero uno- cero novecientos- cero cero uno, Dos) Servidumbre Trasladada inscrita a las citas trescientos sesenta y tres- cero tres mil seiscientos veinticinco- cero uno- cero novecientos dos- cero cero uno, tres) Servidumbre trasladada inscrita a las citas trescientos sesenta y tres- cero tres mil seiscientos veinticinco- cero uno- cero novecientos siete- cero cero uno y cuatro) Servidumbre de paso inscrita a las citas quinientos cuatro- cero siete mil veintiuno- cero uno- cero cero cero dos- cero cero uno. De conformidad con la cláusula 3.03 del FIDEICOMISO DE GARANTÍA identificado como “LA TROJA- CASTRO GARNIER- BANCO POPULAR”, la base para la primera subasta de la totalidad de los inmuebles anteriores, corresponde a la suma de DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS COLONES CON CUATRO CÉNTIMOS, (₡224.895.252,04). Se admitirán posturas por los bienes únicamente mediante cheque certificado emitido por cualquier Banco del Sistema Financiero Nacional a favor de Fiduciaria Castro Garnier Sociedad Anónima, entero bancario a la orden de Fiduciaria Castro Garnier Sociedad Anónima o transferencia bancaria a favor de Fiduciaria Castro Garnier Sociedad Anónima y que cubra el quince por ciento de la base. Adjudicados los bienes, el adjudicatario deberá cancelar el saldo de precio de la venta y el monto que corresponda al 100% de gastos, timbres, impuestos y honorarios del traspaso en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de esa adjudicación, todo lo cual deberá cancelar en oficinas de FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicadas en la Provincia de San José, Cantón Primero San José, Distrito Noveno Pavas, exactamente en el Edificio Torre Cordillera, Cuarto Piso, Bufete Castro Garnier y Asociados Abogados, ubicado de la Estación de Bomberos, cincuenta metros al norte, a mano derecha. En caso de no entregar el precio más los gastos y honorarios indicados en ese lapso de tres días hábiles la subasta se declarará insubsistente y el adjudicatario perderá su derecho como tal, así como el quince por ciento depositado. El adjudicatario designará al Notario Público que se encargará de la escritura de adjudicación. Los oferentes deberán aceptar los bienes antes indicados, en el estado de uso, conservación y posesión en que se encuentren, debiéndolos inspeccionar previamente y la sola presentación de la oferta implica que conoce y acepta las condiciones de los bienes, relevando a FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA y a BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL de toda responsabilidad. Se hace constar que en cualquier momento antes de realizarse una subasta, la fideicomitente-deudora podrá cancelar la totalidad de las sumas adeudadas al amparo del crédito así como los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por este Fideicomiso. La subasta de los bienes inmuebles se fija para las 10:00 horas del día 09 del mes de setiembre del año 2025 y se realizará en las oficinas de FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANÓNIMA, ubicada en la Provincia de San José, Cantón Primero San José, Distrito Noveno Pavas, exactamente en el Edificio Torre Cordillera, Cuarto Piso, Bufete Castro Garnier y Asociados Abogados, ubicado de la Estación de Bomberos, cincuenta metros al norte, a mano derecha. San José, 22 del mes de agosto del año 2025. FIDUCIARIA CASTRO GARNIER SOCIEDAD ANONIMA.




































