Carlos Arias Alvarado
Director Ejecutivo de JUPEMA
Cuando una persona afiliada al Sistema de Pensiones del Magisterio Nacional cumple mes a mes con su cotización para la pensión, existe una expectativa legítima: que las demás partes responsables del financiamiento del régimen hagan exactamente lo mismo: pagar sus aportes.
El Régimen de Capitalización Colectiva (RCC) se sostiene mediante un esquema tripartito en el que aportan la persona trabajadora, el patrono y el Estado. Por eso, cuando alguna de esas partes no cumple oportunamente con sus obligaciones, el problema va mucho más allá de una cuenta pendiente. Estamos hablando de recursos que deberían ingresar al fondo de pensiones y contribuir a su fortalecimiento.
Actualmente enfrentamos esta situación desde dos ámbitos que, aunque tienen un mismo efecto sobre el régimen, presentan realidades distintas y deben analizarse por separado: por una parte, las obligaciones del Estado y del Ministerio de Educación Pública (MEP); y, por otra, la morosidad de centros educativos privados.
El Estado y el MEP: una responsabilidad con doble dimensión
En el caso del Estado existe una particularidad que es importante explicar. El Ministerio de Educacion Pública (MEP) y el Ministerio de Hacienda (MH), pertenecientes al Estado, tienen una gran responsabilidad dentro del esquema de financiamiento del RCC.
El Estado, actúa como patrono de miles de personas trabajadoras de la educación pública a través del MEP y, como tal, debe trasladar los aportes patronales correspondientes. Por otra, participa dentro de la obligación que corresponde al Estado, que también debe realizar el aporte establecido por ley por medio del Ministerio de Hacienda.
Al cierre de julio de 2026, las obligaciones registradas por concepto de aportes patronales y estatales pendientes, intereses y diferencias patronales ascienden a ¢57.865.462.653,54.
De este monto, ¢32.342 millones corresponden a aportes patronales pendientes del periodo mayo-octubre de 2025 y ¢5.423 millones al aporte estatal pendiente del mismo periodo, este último correspondiente al MEP y otras instituciones (INA y Universidades Públicas). A ello se suman ¢1.018 millones en intereses acumulados pendientes de 2025 y ¢1.714 millones por diferencias patronales relacionadas con el artículo 51.
Adicionalmente, se registran ¢12.921 millones correspondientes a aportes patronales de junio y julio de 2026 y ¢4.444 millones de aporte estatal y otras instituciones para esos mismos meses.
Es importante hacer una precisión: los aportes correspondientes a junio y julio de 2026 todavía se encuentran dentro del plazo legal de 60 días para su cancelación. Por lo tanto, no todo el monto de ¢57.865 millones puede considerarse actualmente en condición de mora. Sin embargo, sí representa obligaciones cuyo seguimiento resulta indispensable para garantizar que los recursos ingresen al régimen en tiempo y forma.
Un compromiso para reducir la deuda histórica
La deuda acumulada no es una situación sobre la cual JUPEMA haya permanecido indiferente. En diciembre de 2024, el Ministerio de Educación Pública, el Ministerio de Hacienda y JUPEMA suscribieron un convenio orientado a atender esta problemática. Como parte de los acuerdos alcanzados, se estableció la incorporación de al menos ¢9.000 millones por ejercicio presupuestario, a partir de 2026, para amortizar la deuda histórica que, si se incluyen esos abonos a la deuda, podrían estarse poniendo al día en unos 4 años.
Actualmente se mantienen las gestiones necesarias para dar seguimiento al cumplimiento de ese compromiso durante el presente año. Más que anticipar conclusiones sobre un eventual incumplimiento del convenio, lo que corresponde es señalar la necesidad de que las instituciones involucradas den cumplimiento a los compromisos asumidos y que exista claridad sobre la incorporación y traslado de los recursos previstos para 2026, sin dejar de lado los aportes naturales de las planillas correspondientes.
Cada año que pasa sin avanzar en la reducción de la deuda histórica prolonga una situación que debe ser atendida con responsabilidad y voluntad institucional
Los centros educativos privados: una problemática distinta
La morosidad, sin embargo, no es exclusiva del sector público. Existe un segundo frente, con dinámicas y actores propios, que merece igual atención.
En los centros educativos privados, los patronos tienen la obligación de retener las cotizaciones correspondientes del salario de las personas trabajadoras y trasladarlas, junto con su aporte patronal, de manera oportuna al régimen de pensiones.
Con corte a julio de 2026, los centros educativos privados en condición de morosidad acumulan una deuda de ¢6.373.665.223 por concepto de cotizaciones obrero-patronales.
Pero existe otro elemento que debe llamar nuestra atención: la deuda presenta una importante concentración.
Los 10 centros educativos privados con los mayores montos pendientes acumulan aproximadamente ¢3.494 millones, lo que representa más de la mitad de toda la deuda registrada en el sector privado.
Solo los tres primeros casos presentan obligaciones por ¢694 millones, ¢579 millones y ¢499 millones, respectivamente.
Estos números permiten dimensionar correctamente el problema. Existe un conjunto amplio de centros educativos en condición de morosidad, pero una parte considerable de los recursos pendientes se concentra en un grupo reducido de patronos.
JUPEMA cobra, aun si eso implica llegar hasta las últimas consecuencias legales y judiciales
Frente a estos incumplimientos, JUPEMA realiza las gestiones administrativas y legales que corresponden para procurar la recuperación de los recursos.
Los propios datos permiten observar la magnitud de estas acciones. De los ¢6.373 millones adeudados por centros educativos privados, aproximadamente ¢4.500 millones se encuentran en cobro judicial y ¢1.723 millones en cobro administrativo. Además, ¢150 millones corresponden a arreglos de pago al día.
Esto significa que alrededor de siete de cada diez colones de la deuda de los centros educativos privados ya se encuentran en la vía judicial.
Sin embargo, también debemos ser claros respecto de las posibilidades y limitaciones de la institución. Una vez que un caso llega a instancias judiciales, la recuperación de los recursos no depende exclusivamente de JUPEMA ni necesariamente puede producirse de manera inmediata.
La situación se vuelve aún más compleja cuando se trata de centros educativos que han cerrado y mantienen obligaciones pendientes. Dentro del grupo de mayores deudores, por ejemplo, se registra un centro cerrado con una deuda superior a ¢342 millones, cuyo monto se encuentra en cobro judicial.
Esto evidencia por qué la prevención y la detección temprana de la morosidad son tan importantes como las acciones posteriores de cobro.
¿Qué significa la morosidad para una persona trabajadora?
Las cifras pueden parecer lejanas hasta que recordamos qué existe detrás de ellas.
Detrás de cada cotización pendiente hay una persona afiliada que sí cumplió con su parte y que confía en que los demás actores responsables harán lo mismo.
En el caso de los centros educativos privados, JUPEMA señala expresamente que el incumplimiento en el pago de las cotizaciones obrero-patronales puede afectar los derechos de las personas trabajadoras al momento de solicitar su pensión. El listado institucional con corte a julio de 2026 identifica precisamente a los centros privados que mantienen este tipo de obligaciones pendientes.
Por eso, las personas afiliadas no deberían esperar hasta el momento de pensionarse para conocer si su patrono está cumpliendo.
Consultar periódicamente la condición patronal y verificar las cotizaciones es también una forma de proteger la futura pensión.
Una revisión oportuna permite identificar posibles inconsistencias y realizar las consultas y gestiones correspondientes antes de que transcurran años o de que el patrono enfrente una situación que dificulte aún más la recuperación de los recursos.
Las deudas siempre tienen un costo para el fondo
Otra consecuencia de la morosidad no siempre resulta visible.
Los recursos que ingresan al RCC no permanecen inmovilizados. Se incorporan al fondo y son administrados mediante una estrategia de inversión de largo plazo orientada a generar rendimientos y contribuir al financiamiento de las pensiones presentes y futuras.
Por eso, cuando un aporte que debía ingresar hoy llega meses o incluso años después, el efecto no se limita al monto pendiente.
También se pierde la oportunidad de invertir oportunamente esos recursos y generar rendimientos para el fondo.
En un régimen de capitalización, el tiempo es un factor fundamental. Cada colón que ingresa oportunamente puede incorporarse a las inversiones y generar rendimientos. Por el contrario, los recursos que no ingresan cuando corresponde dejan de estar disponibles para ese propósito.
Esto aplica sin distinción. El efecto financiero existe tanto cuando el obligado es una institución pública como cuando se trata de un centro educativo privado.
Cumplir es una responsabilidad compartida
Desde JUPEMA mantendremos el seguimiento y las acciones de cobro necesarias para procurar la recuperación de los recursos pendientes en cada uno de los frentes descritos.
Pero esta responsabilidad no puede recaer únicamente sobre la institución administradora.
Desde JUPEMA mantendremos el seguimiento y las acciones de cobro necesarias para procurar la recuperación de los recursos pendientes en cada uno de los frentes descritos.
Pero esta responsabilidad no puede recaer únicamente sobre la institución administradora. El Estado debe cumplir oportunamente con el aporte que le corresponde. El MEP, en su condición de patrono, debe trasladar los recursos correspondientes y, junto con las autoridades competentes, avanzar en los compromisos establecidos para reducir la deuda histórica.
Los centros educativos privados deben trasladar íntegra y oportunamente las cotizaciones de sus personas trabajadoras, junto con sus respectivos aportes patronales.
Las organizaciones magisteriales tienen también un papel fundamental en la vigilancia y seguimiento de estas obligaciones, así como en la defensa de los derechos e intereses de las personas trabajadoras de la educación.
Y las personas afiliadas pueden ejercer una vigilancia activa, verificando sus cotizaciones y consultando periódicamente la condición de su patrono.
Nuestro llamado, por tanto, es doble: a las instituciones públicas y privadas, a honrar sus obligaciones y evitar que nuevas deudas se acumulen; y a las personas trabajadoras, a mantenerse informadas y vigilantes sobre los aportes que respaldan sus derechos pensionarios.
La sostenibilidad de un régimen de pensiones también se construye desde el cumplimiento cotidiano. Cada aporte realizado a tiempo fortalece el fondo. Cada obligación pendiente requiere seguimiento y acciones para su recuperación.
Porque detrás de estas cifras no hay únicamente balances, convenios o procesos de cobro. Hay miles de personas trabajadoras de la educación que cumplen con sus aportes y tienen derecho a esperar que todas las partes responsables del financiamiento del régimen cumplan también con los suyos, sólo así podrán cumplir su aspiración de pensionarse.
Honrar esas obligaciones es honrar la confianza del Magisterio Nacional.





































