Todo lo que deben saber trabajadores y patronos sobre los trabajos temporales de fin de año
A pesar de ser un contrato temporal, los colaboradores gozan de los mismos derechos que aquellos contratados por tiempo indefinido
De cara la temporada de compras de final de año, muchos comercios y otras empresas podrían estar pensando en contratar personal adicional para hacerle frente a la carga de trabajo.
Para evitar complicaciones legales a futuro y tener las reglas claras, Rebeca Artavia, socia de BDS Asesores, se refiere a todos los aspectos que deben contemplar los trabajadores y las empresas para cumplir con la ley en torno a estos trabajos temporales.
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1. Duración definida: Los contratos por tiempo determinado son de naturaleza excepcional y están limitados a un lapso definido, basado en una necesidad específica del empleador. Salvo algunas excepciones, no pueden extenderse por más de un año.
2. Exclusiones: A diferencia de los contratos por tiempo indefinido, este tipo de contratación exime al empleador de los pagos de preaviso y cesantía.
3. Derechos laborales plenos: A pesar de ser un contrato temporal, los trabajadores gozan de los mismos derechos que aquellos contratados por tiempo indefinido. El empleador debe cumplir con la inscripción ante el INS y la CCSS, asegurar el pago conforme al salario mínimo, incluir horas extra si las hubiere, y respetar jornadas y descansos, entre otros deberes.
4. Vacaciones y aguinaldo: Tras un mes de trabajo continuo, el trabajador tiene derecho a un día de vacaciones por cada mes laborado. Además, tendrá derecho al aguinaldo proporcional al tiempo trabajado, calculado entre el 30 de noviembre y el 1 de diciembre del año siguiente.
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5. Derechos irrenunciables: Es fundamental que tanto patronos como trabajadores comprendan que los derechos laborales son irrenunciables. Un trabajador no puede voluntariamente renunciar a su derecho a estar asegurado ni a recibir un salario por debajo del mínimo legal. Cualquier renuncia en este sentido será considerada nula por un juez.
6. Formalización: Es importante formalizar correctamente las contrataciones temporales, cumpliendo con todas las disposiciones legales para evitar futuros problemas en estrados judiciales. La correcta formalización de contratos y el respeto a las normativas laborales es la mejor manera de protegerse ante posibles litigios.
7. Sobre contratación de menores de edad: Personas mayores de 15 años y menores de 18 podrán ser contratadas para puestos temporales, siempre y cuando la labor no sea insalubre, pesada o peligrosa. La jornada de trabajo no podrá exceder las 6 horas diarias y 36 semanales. Además, la legislación les prohíbe el trabajo nocturno.