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Ocho consejos para pagar el impuesto a las sociedades mañana

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Jueves 31 agosto, 2017 11:45 a. m.




Las autoridades del Ministerio de Hacienda cobrarán a partir de mañana el impuesto a las personas jurídicas y existen diez aspectos que usted debe tomar en cuenta a la hora de pagarlo.

1-Si es una sociedad activa pagará el período correspondiente al 1 de setiembre hasta el 31 de diciembre y en enero deberá cancelar el período correspondiente al 2018. 

2-El pago se puede hacer por Internet en la entidad de su preferencia o directamente en cajas o entidades autorizadas, indicando el número de persona jurídica.

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3- Dependiendo al tipo de empresa, el monto anual del impuesto oscila entre un 15% y 50% sobre el salario base (este año estimado en ¢426. 200)

4- De no cumplir con el pago dentro de los 30 días naturales del mes de setiembre, deberá asumir los recargos y enfrentar la sanción correspondiente por morosidad.

5-La morosidad del pago de este tributo tiene implicaciones para los contribuyentes, por ejemplo, no podrán participar en contrataciones con el Estado o cualquier institución pública.

6-Las personas que deben impuesto a las sociedades de los periodos 2012 a 2015 tendrán la opción de pagar sin multas y sin intereses durante setiembre, octubre y noviembre próximos.

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7-La ley deja exentas del pago a las micro y pequeñas empresas que estén inscritas ante el MEIC y también los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos al MAG.

8-Los recursos de este impuesto serán asignados al Ministerio de Seguridad Pública para financiar infraestructura física a las delegaciones policiales, compra y mantenimiento de equipo policial; al Ministerio de Justicia y Paz y al Poder Judicial.







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