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Conductores deberán renovar su carta para restricción vehicular en diciembre, conozca cómo

Jeffry Garza jeffrygarza.asesor@larepublica.net | Martes 24 noviembre, 2020 01:39 p. m.


dos manos sobre una manivela
Imagen con fines ilustrativos. Shutterstock/La República


Si usted necesita circular en su vehículo en horarios con restricción vehicular sanitaria, no olvide que a partir del 1° diciembre deberá renovar la carta de excepción, ya que todas las cartas emitidas en el mes de octubre caducan el lunes 30 de noviembre.

Las cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deben de renovarse cada dos meses contados a partir de su fecha de emisión, según el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.

Recuerde que la carta puede ser presentada en físico o digital, y, además, aquellos trabajadores que cuenten con gafete institucional o empresarial, deberán mostrarlo adicional a la carta de excepción.

Lea más: Restauranteros piden que restricción vehicular comience a medianoche

En caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas.

La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 18 tipos de excepciones que permiten a la ciudadanía desplazarse con motivos laborales, acceder a servicios esenciales, atender citas médicas, promover actividades turísticas, servicios a domicilio y visitas a veterinarias, entre otras.

Lea más: Restricción vehicular sanitaria: ¿medida de protección o buen negocio?

Para conocer las especificaciones que debe contener la carta de excepción puede visitar el sitio y descargar el machote en el siguiente enlace.


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