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Estructuras paralelas se sancionan con seis años de cárcel

Fideicomiso privado no podía financiar postulación de Rodrigo Chaves antes de ser candidato oficial, confirma el TSE

Informe del TSE es revelador y confirma ilegalidad de manejo financiero de campaña de Rodrigo Chaves, según diputado Ariel Robles

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Jueves 13 abril, 2023 07:35 a. m.


riel Robles, diputado del Frente Amplio. Archivo/La República.
riel Robles, diputado del Frente Amplio. Archivo/La República.


La utilización de un fideicomiso privado para financiar la precandidatura de Rodrigo Chaves habría estado al margen de la ley, de acuerdo con un informe elaborado por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) para el diputado Ariel Robles del Frente Amplio.

En el documento, que fue compartido por el legislador con este medio, Ronald Chacón, jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos aclara que el fideicomiso “Costa Rica Próspera” debió seguir la normativa de financiamiento que establece el Código Electoral.

En ese sentido, Robles preguntó si para el lapso de julio a septiembre de 2021, el fideicomiso de Chaves debía reportar su funcionamiento e informes financieros al órgano electoral.

Esto, con el objetivo de evitar el ingreso de donaciones ilegales provenientes de extranjeros, empresas o peor aún, personas ligadas a grupos criminales.

Lea más: Fiscalía anticorrupción solicita información a TSE sobre financiamiento paralelo de Rodrigo Chaves

“Toda persona precandidata oficializada o candidata electa a través de los mecanismos y procedimientos internos partidarios está sometida al mismo control, supervisión y fiscalización al que están sujetos permanentemente los partidos políticos. Recuérdese que el artículo 125 del Código Electoral prohíbe categóricamente cualquier mecanismo de financiamiento privado directo o indirecto a favor de candidaturas o precandidaturas oficializadas, debiendo estas colaboraciones canalizarse por quien ocupe la tesorería partidaria. Este numeral termina diciendo que “(...) Estas contribuciones estarán sometidas a las mismas restricciones, controles y sanciones previstos en este Código en relación con los aportes o donaciones privadas a los partidos”, dijo el TSE.

La aclaración que hace el TSE es fundamental en la investigación que hacen los diputados y la fiscalía por el caso de una supuesta estructura de financiamiento de campaña del Partido Progreso Social Democrático, ya que sus dirigentes, han señalado en varias ocasiones que el fideicomiso se cerró antes de que Chaves se convirtiera en candidato.

Lea más: Eventual estructura paralela para manejo de dinero en la campaña de Rodrigo Chaves se castigaría con seis años de cárcel

En ese sentido, el grupo ha indicado que se trató de un esfuerzo privado, que buscaba un aspirante potable y que por tanto, en ese momento, su actividad no era electoral, ni pública.

“En la comisión investigadora de financiamiento de partidos políticos, escuchamos en múltiples ocasiones de que el presidente fue electo como candidato de Progreso Social en determinada fecha, posterior a la eliminación del fideicomiso Costa Rica Próspera y que por tanto podía hacer lo que quería; sin embargo, la respuesta que nos da el TSE es reveladora, ya que entre julio y septiembre del 2021, un precandidato o candidato no puede hacer ningún tipo de gastos sino pasa por la tesorería del partido correspondiente. Esto quiere decir que todo acto que se dio en ese lapso, por parte del fideicomiso Costa Rica Próspera, fue absolutamente irregular”, dijo Robles.

Para el diputado, el informe del TSE es importante “porque viene a destruir la tesis que han planteado voces del oficialismo de manera manipuladora y engañosa”.

El fideicomiso Costa Rica Próspera habría manejado más de $100 mil y hasta habría servido para hacer pagos.

La conformación de una estructura ilegal de financiamiento para la campaña política, podría castigarse con una pena carcelaria que oscila entre dos y seis años para los infractores, según el Código Electoral. 

La sanción pretende evitar la creación de estructuras paralelas al margen de la ley y de esta forma, frenar el ingreso de recursos provenientes de empresas y extranjeros o peor aún, de actividades ilícitas.

Sobre este tema, el partido emergente consideró al fideicomiso -en un comunicado de prensa el 9 de marzo de 2022-como una actividad privada y por tanto legal. 

“La candidatura de Rodrigo Chaves fue ratificada el 19 de septiembre del 2021. Antes de esa fecha, el fideicomiso Costa Rica Próspera, operó como una actividad privada, no regulada por el código electoral. Es decir, una iniciativa de un grupo de ciudadanos no prohibida por la ley. (…) El fideicomiso se disolvió el 18 de setiembre de 2021, un día antes de la elección de Rodrigo como candidato. A partir de ese día, el fideicomiso solo liquidó los contratos en curso y devolvió el remanente a sus donantes el 8 de octubre de 2021. En el fideicomiso no hay nada oculto”, dijo Arnoldo André, representante de la campaña de Chaves en aquel momento.

Sin embargo, como los partidos políticos tienen una naturaleza pública, todos sus movimientos financieros deben reportarse ante el TSE, sin importar si se trata de época electoral o no.

En ese sentido, las agrupaciones políticas están obligadas a presentar informes trimestrales antes del arranque de las elecciones y una vez que se dé el banderazo de salida de la contienda, la obligación es mensual.


Leyes electorales


El Código Electoral es claro en sus artículos 275 y 276 en torno a las limitaciones establecidas al financiamiento de los partidos.

Estos son algunos de los elementos más importantes:

• Pena de prisión de dos meses a un año al tesorero que omita llevar un registro de actividades de recaudación de fondos del partido
• Se castigará con cárcel de dos a seis años a quien tenga conocimiento de contribuciones, donaciones o aportes contraviniendo las normas del TSE y no lo denuncie
• Precandidatos oficializados por los partidos, responsables de las campañas o cualquier otro personero que reciba contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte valiéndose de una estructura paralela, será castigado con pena de cárcel de dos a seis años
• Donaciones de empresas y de extranjeros están prohibidas


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