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Control interno debe fortalecerse

| Sábado 25 agosto, 2012


Control interno debe fortalecerse

En atención al editorial del 17 de agosto, titulado “Contraloría debe sanear sector público”, conviene exponer algunas precisiones sobre la relación de la Contraloría General con el control interno ejercido por las auditorías internas. El editorial cita el artículo 26 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República asumiendo que las auditorías internas dependen de la Contraloría, cuando en realidad no dependen del ente contralor. Las potestades de la Contraloría sobre las auditorías internas están bien reguladas en la normativa vigente siendo que no existe relación jerárquica entre la entidad contralora y las auditorías internas, mismas que ejercen el control interno en sus propias entidades.
Las potestades de la Contraloría sobre la Administración están en función del control superior externo delimitado por las leyes y la Constitución Política, y el control interno constituye una función central de las auditorías internas en cada institución pública, aplicando incluso legislación específica para ese ámbito de competencias como la Ley General de Control Interno.
El fortalecimiento de ese control interno es fundamental en la lucha contra la corrupción. La Contraloría asume el reto de mejorar la gestión pública a través de numerosos instrumentos normativos y de control, y para realizar estas mejoras debe contar con jerarcas que se responsabilicen efectiva y proactivamente en los controles previos que se desarrollan desde sus propias instituciones públicas, desde donde se tienen enormes responsabilidades para prevenir, detectar y sancionar la corrupción desde el inicio de todo proyecto público.
Sumado a la probidad y la ética en los ejecutores de recursos públicos, el control interno de las entidades públicas y el control externo de la Contraloría resultan herramientas complementarias eficaces para sanear el sector público.

Mariela Azofeifa O.
Jefe de Prensa
Contraloría General de la República








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