¡Clave para evitar multas! Presente sus declaraciones informativas de sociedades inactivas antes del 31 de mayo
El documento de declaración estará habilitado, a partir de las 8:00 a. m. del 24 de abril.
El próximo 31 de mayo vence el plazo para que las personas que cuentan con sociedades inactivas presenten sus declaraciones informativas de los períodos fiscales 2020, 2021 y 2022 y que no se expongan a multas.
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Todas las empresas o entidades comerciales deben entregar la información de acuerdo a las normas internacionales y revelar la información sobre sostenibilidad a partir de enero del 2024, sumando el valor a sus actividades.
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Están obligados a detallar si tienen joyas, obras de arte, membresías en clubes; propiedades en el país o en el extranjero; saldos en cuentas bancarias, deudas y monto mensual a pagar; o si posee marcas comerciales.
El documento de declaración estará habilitado, a partir de las 8:00 a. m. del 24 de abril.
“Con la implementación del formulario se establece la obligación de las personas jurídicas inactivas de suministrar información sobre sus activos, pasivos y capital, todo de forma resumida y minimizando los costos de cumplimiento”, aseguró Mario Ramos, director de Tributación.
Las personas jurídicas inactivas son aquellas legalmente constituidas e inscritas en el Registro Nacional u otras entidades estatales competentes, que no ejercen actividad económica ante la Dirección General de Tributación.