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Domingo, 15 de diciembre de 2024



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Atención contribuyente: Segundo pago parcial de renta vence el 30 de septiembre

No cancelar a tiempo lo hace incurrir en morosidad ante Hacienda

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Martes 17 septiembre, 2024 02:46 p. m.


Impuestos
El pago de impuestos debe hacer escalonadamente. ARchivo/LA REPÚBLICA


Si usted es un profesional independiente o tiene una empresa, tiene tiempo hasta el próximo 30 de septiembre para realizar el segundo pago parcial del Impuesto sobre la Renta.

De no hacerlo podría entrar en la condición de morosidad con el Ministerio de Hacienda.

El pago parcial no es opcional. Es un requisito establecido por la Ley del Impuesto sobre la Renta y ayuda a asegurar recursos para el gobierno a lo largo del año.

Realizar estos pagos en junio, septiembre y diciembre reduce la carga financiera en marzo de 2025, cuando se realiza el pago total del impuesto.

El no cumplir con el pago parcial a tiempo puede resultar en intereses adicionales y afectar la reputación de la empresa.

“Cada contribuyente físico o jurídico debe cumplir con este pago. Es una de las maneras en que la Administración Tributaria asegura recursos para el flujo de caja del gobierno a lo largo del año”, destacó Carlos Camacho, socio director de Grupo Camacho Internacional.

Los contribuyentes pueden solicitar una rectificación del monto a pagar si la base del cálculo se ve afectada por ingresos extraordinarios o previsión de pérdidas, siempre antes de la fecha de vencimiento.

“No cumplir con el pago parcial no solo conlleva cargos adicionales por intereses, sino que también perjudica la reputación de la empresa. La morosidad puede complicar los procesos de contratación pública y resultar en la retención de pagos por servicios o productos ofrecidos a entidades gubernamentales”, concluyó Camacho.


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