Marta Esquivel, candidata a diputada del partido Pueblo Soberano no logró anular la participación del Partido Liberación Nacional (PLN) en las elecciones generales de 2026, alegando una supuesta irregularidad en la conformación de su Asamblea Nacional.
Este jueves, Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) rechazó de plano el recurso de amparo electoral y nulidad presentado por la exministra y expresidenta de la CCSS.
El TSE indicó que el rechazo responde a lo establecido en el artículo 103 de la Constitución Política, que señala que los actos emitidos por dicho órgano en materia electoral no son recurribles.
El origen del reclamo
Esquivel argumentaba que el PLN habría incurrido en una “falta grave” al no designar a los delegados correspondientes del cantón de San Ramón, lo que —a su criterio— impedía la adecuada integración de la Asamblea Nacional y dejaba sin validez los acuerdos adoptados, incluyendo la ratificación de la fórmula presidencial y las candidaturas a diputaciones.
Según el criterio de la recurrente, la ausencia de los representantes ramonenses generaría una afectación directa en la representación de la provincia de Alajuela, cuya participación debe contar obligatoriamente con 10 delegados. También alertó que esta situación podría poner en riesgo el acceso del PLN a la deuda política.
Sin embargo, el TSE descartó el reclamo.





































