Todo lo que debe saber sobre el reinicio de Tribu-CR
Por el momento, el pago de renta e IVA deben seguirse realizando en el sistema ATV
Los contribuyentes que tienen que presentar la declaración del pago parcial del impuesto de la renta y del Impuesto al Valor Agregado deberán utilizar el sistema ATV, luego de que se atrasara la entrada en vigencia del nuevo sistema Tribu-CR hasta el 6 de octubre.
El segundo pago parcial del impuesto sobre la renta se realizará en setiembre y se estima un ingreso aproximado a los ¢250 mil millones.
De no hacerlo, las personas físicas y jurídicas se exponen a multas por no cumplir con sus obligaciones.
“Los contribuyentes corrieron a cumplir con todos los requisitos que se solicitaban para poder operar en la plataforma Tribu-CR, se hizo un esfuerzo extraordinario como nunca antes, sin embargo, ahora no deben atenerse y dejar de presentar las declaraciones ya que esto les implicaría sanciones”, destacó Mario Ramos, director General de Tributación.
Con respecto al IVA se aplicará otra medida y es trasladar para el 24 de octubre la fecha límite de presentación de la declaración de setiembre, con el fin de dar a los contribuyentes el tiempo prudencial para declarar y pagar en el nuevo sistema.
Además, se tomó la decisión de que el nuevo facturador gratuito Tico-Factura se implementará también a partir del 06 de octubre. Inicialmente, la salida de esta versión se programó para 01 de setiembre, pero para habilitarla TRIBU-CR debe estar activo por lo que debe trasladar la fecha.
Hacienda decidió atrasar el proyecto que originalmente entraría en vigencia el 4 de agosto, sin embargo, la acción presentada por Johanna Obando, diputada independiente, definió como nueva fecha de corte a realizar el traslado de información el 25 de septiembre.
“Cuando en junio anunciamos la deshabilitación de las herramientas y sistemas, así como el congelamiento de la “Consulta de Situación Tributaria”, hicimos un llamado a la ciudadanía para que se pusiera al día en sus obligaciones antes del 18 de julio, con el fin de que en la consulta no se reflejara un incumplimiento durante los 16 días que estaría congelada la información. A hoy, más de 300 mil contribuyentes regularizaron su situación; lamentablemente, quienes actuaron responsablemente podrían verse afectados por una acción que solo vino a beneficiar a los incumplidores”, destacó Mario Ramos.
Aseguró que el congelamiento temporal de la información no significaba, de ningún modo, una alteración, modificación o suspensión del estatus tributario del contribuyente.
“Todos los que estaban al día, aún con la suspensión de los demás sistemas y herramientas podían tramitar exoneraciones o incentivos fiscales, participar en proceso de contratación pública, tramitar concesiones, permisos o autorizaciones para explotar bienes o servicios públicos, entre otros. Más bien, se trató de una medida de carácter técnico y preventivo para garantizar la integridad de la información durante el proceso de migración. Esto aseguraba que no se produjeran inconsistencias, duplicidades o errores que pudieran afectar, posteriormente, a la Administración y a los contribuyentes; riesgo que correremos si nos vemos en la obligación de hacer una migración incremental de los datos”, explicó el Director.