Si se abandona a medio camino el tratamiento, recrudece la enfermedad fiscal
Miguel Angel Rodríguez marodrige@gmail.com | Lunes 06 marzo, 2023
Hay buenas razones para alegranos y alabar los progresos que se ha venido dando desde 2018 en la conducción de las finanzas públicas. Sin duda hemos tenido extraordinario progreso, y estamos camino a la sanidad fiscal.
Pero la enfermedad fiscal no se ha recuperado totalmente. Sería una enorme torpeza echar atrás en el camino andado, y volver a las andadas.
Sería además una torpeza que pagarán con mucho mayor dolor y sufrimiento las personas más pobres, más necesitadas, más excluidas, con menor capacidad para defenderse.
El progreso es evidente en los números fiscales de fin de año. Lo es también en las cifras de enero que Hacienda recientemente publicó.
Muchos lo hemos reconocido y alabado. (Ver “Buenas noticias económicas nacionales en un mundo convulso”. Todas las referencias se encuentran en WWW.rodriguez.cr)
Y es un progreso reconocido internacionalmente.
El FMI ha declarado que se han sobrepasado las metas fiscales acordadas con nuestro país.
Después, un reporte emitido por Bank of America Securities, BofA Global Research, Costa Rica Wach, es tan positivo que considera a nuestro país un Ángel Ascendente que debe recuperar la categoría de grado de inversión. Señala que el ajuste fiscal logrado lo ha sido principalmente por restricción en los gastos.
Las calificadoras internacionales han mejorado su evaluación, después mantener por mucho tiempo a Costa Rica con una muy baja calificación.
Primero fue Standard & Poor's (S&P Global Ratings) que elevó la calificación de nuestra deuda externa de B a B+.
Luego lo ha hecho Fitch Ratings que nos aumentado la clasificación en dos posiciones pasando de B a BB-
Esos reconocimientos internacionales son más que bien merecidos.
Durante esta administración y la precedente se logró finalmente enfrentar los problemas de nuestra estructura fiscal después de muchos años durante los cuales no se pudo reversar la dirección errónea de las finanzas públicas que se origina en la Gran Recesión.
Muchos más años habían transcurridos desde que no se quiso aceptar una ruta alternativa a mayores impuestos que propuse en 1998 basada en apertura de monopolios públicos, en concesión parcial del espectro electromagnético y en la venta de algunos activos no indispensables para la función del estado.
También habían transcurrido muchos años más desde 2001, cuando -imposible ya de transitar la ruta sin impuestos que había propuesto- se presentó la reforma fiscal que a mi solicitud prepararon los señores Exministros de Hacienda en 2001, la que solo fue aprobada en sus lineamientos básicos en 2018.
Tenemos por lo tanto bases para alegrarnos. El paciente está en franca recuperación.
Pero no está sano. Y puede recaer. Y como dicen nuestros campesinos “Cuidá la recaída, que es peor que la enfermedad”.
Parte de la recuperación no se debe a los medicamentos, aunque sin ellos no se habría recuperado el fisco. Hubo un acto externo extraordinario. Eso es así porque la gran reducción de la deuda pública al PIB obtenida en 2022 se origina -según el BCCR- en la alta inflación de ese año y en la apreciación de nuestra moneda. (ver mi artículo “Regla Fiscal: es esencial mantenernos en el buen camino”). Ello causó una grande y más temprana caída en esa relación.
No es hora de eliminar los medicamentos.
Es muy peligroso relajar la regla fiscal poniendo en riesgo la ruta de la recuperación de la hacienda pública. Lo que sí se puede hacer es aplicar la restricción en el crecimiento del gasto al total de cada institución y no a cada uno de los reglones de gasto, que según recuerdo fue la intención de sus propulsores. Se deben establecer prioridades. Unas actividades pueden crecer más que otras. Algunas pueden disminuir. De esa forma -restringiendo otros gastos- se puede mejor atender el gasto social y la inversión en infraestructura.
La Sala Constitucional señaló que “algunas” posiciones de empleo del Poder Judicial y de los entes con mayor autonomía deben ser excluidos de la aplicación total de la Ley de Empleo Público. Por ejemplo, magistrados. Pero evidentemente ello no incluye posiciones similares a las que se ejecutan en el gobierno central. Sería una lamentable pérdida que se excluya a todos o a la mayoría de los funcionarios de esos entes de esta ley que pone en vigencia un mandato constitucional dado en 1949.
Propuse la regla fiscal (Garantías Económicas) en 1988 cuando muy pocos países la tenían. Se aprobó 30 años después, cuando era raro no tenerla.
La Constitución de 1949 estableció “ARTÍCULO 191.- Un estatuto de servicio civil regulará las relaciones entre el Estado y los servidores públicos, con el propósito de garantizar la eficiencia de la administración”. El mandato incluye a todos los empleados del Estado. Pero solo se aplicó al Poder Ejecutivo. Con la ley de Empleo Público 73 años después se le estaría dando al menos aplicación parcial a este claro mandato constitucional.
No echemos para atrás en ninguno de esos campos. Ya tuvimos suficiente atraso.
“Cuidá la recaída, que es peor que la enfermedad”.
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