Listas de espera en la CCSS se atenderán por urgencia y gravedad y no por orden de solicitud
Nuevo reglamento establece cinco categorías para priorizar a los pacientes
Para mejorar la atención que reciben los asegurados de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) en los hospitales públicos, ahora se atenderá a los pacientes por prioridad, urgencia y gravedad de los padecimientos y no por orden de solicitud
El anuncio fue hecho este jueves por el Ministerio de Salud, quien calificó la decisión “como histórica”, al tomar el control del sector y brindarle una directriz a la institución.
La medida aplica para consulta con un especialista, diagnóstico o procedimiento quirúrgico.
“El compromiso a partir de este reglamento es que las personas que esperan una consulta, un diagnóstico, un tratamiento o una intervención en los servicios de salud serán priorizadas de acuerdo con su condición clínica y no únicamente por el tiempo que llevan esperando; por lo que el reglamento traduce la respuesta en acciones concretas, seguimiento y medición de resultados”, dijo el Ministerio en un comunicado de prensa.
De esta manera, los nuevos criterios consideran la situación clínica de cada paciente, la gravedad y evolución de su enfermedad, el riesgo de que su salud se deteriore o presente complicaciones, así como el impacto que la espera tiene en su calidad de vida.
En términos sencillos: a mayor riesgo para la salud, menor debe ser el tiempo de respuesta.
Estos son los cinco niveles de atención:
Atención inmediata (P0): menos de 24 horas.
Atención urgente (P1): máximo 8 días.
Atención prioritaria (P2): hasta 30 días.
Atención electiva de alta prioridad (P3): hasta 90 días.
Atención electiva de prioridad moderada (P4): hasta 180 días.
La aplicación de estos nuevos criterios será progresiva. Los prestadores tendrán un plazo máximo de seis meses, a partir de la entrada en vigor del reglamento, para elaborar, aprobar e iniciar su Plan Institucional de Gestión de Listas de Atención, y hasta 24 meses para completar las adecuaciones necesarias.
El cumplimiento de esta normativa será obligatorio para los prestadores públicos y privados y el Ministerio de Salud.