Hay que derogar el “Símbolo Nacional” establecido por el Decreto Ley No. 168 del 20 de agosto de 1948
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 01 abril, 2020
Los Símbolos Nacionales son la expresión y el reflejo de lo mejor de la evolución histórico política, social, cultural y económica de la Nación. Exaltan e identifican la esencia del ser costarricense, de aquello que se determina, que se distingue y se reconoce, como elemento esencial de lo costarricense. Los Símbolos Nacionales son objetivos, verdaderos, tangibles y sagrados.
Los Símbolos Nacionales plasman la idiosincracia de momentos históricos de la formación de la Nación costarricense y, corresponden a períodos particulares, en los cuales se sintetiza la exaltación de hechos importantes en la universalidad nacional que se les asigna o reconoce. Identifican los valores más destacados de la sociedad costarricense y los hacen verdaderos y tangibles elementos sagrados.
Los Símbolos Nacionales se representan mediante lo que podemos llamar Símbolos Mayores y Símbolos Menores. Los Símbolos Mayores son La Bandera Nacional, El Escudo Nacional, y El Himno Nacional y su Letra.
La Bandera, el Escudo y el Himno Nacional se consideran los Símbolos Nacionales Mayores, porque son los que representan, de mejor forma, a todo el pueblo y la nación costarricense, su territorio y sus valores.
La Bandera representa la esencia de la comunidad y actúa como elemento de protección de todo lo que cubre el territorio que representa, la nación que la exalta, la Patria y la cultura que en ella se expresan. Por ello se la considera como el más importante de todos los Símbolos Nacionales, pues es el que más une, el que más provoca la sensación de protección y de expresión nacional.
Se considera también a la Bandera símbolo de Honor y de Valor, de Victoria y de Representación de la Patria y de la Nacionalidad, lo cual se manifiesta en el sentimiento de llegar a “morir por la bandera”.
En las justas deportivas internacionales lo que los atletas costarricense representan y defienden es la Bandera Nacional, que se acompaña con la iza de la Bandera Nacional, y la entonación de la música del Himno Nacional, cuando un atleta obtiene el primer lugar de su competencia.
De todos los Símbolos se considera la Bandera como el símbolo más distinguido y preciado de la unidad del pueblo, de la unidad del Estado costarricense, del patriotismo y la Soberanía Nacional, lo que hace que en sí misma tenga dos elementos fundamentales: poder y fuerza.
Es ante la Bandera, y ante la Constitución Política, que se juramentan las autoridades públicas, funcionarios de gobierno y ciudadanos que deben rendir el Juramento, así como el saludo que se lleva a cabo en ceremonias o actos cívicos.
La Bandera y el Escudo Nacional son cuerpos independientes entre sí, con su propio desarrollo y evolución. Al integrarse en uno solo se constituye el llamado Pabellón Nacional y éste se presenta, únicamente, en el acto correspondiente que preside el titular de cada uno de los Supremos Poderes de la República.
Los Símbolos Nacionales, han sido las distintas Banderas y Escudos, los Escudos de Armas y el Pabellón Nacional, las Letras y la Música del Himno Nacional, que se acordaron y elaboraron, y así se establecieron, durante el transcurso del siglo XIX, en que nos independizamos de España, hasta hoy.
Ellos plasman la idiosincracia de los distintos momentos históricos de la formación de la nación costarricense y, corresponden a períodos particulares, en los cuales se sintetiza la exaltación de hechos importantes. Identifican los valores más destacados de la sociedad costarricense y los hacen verdaderos y tangibles elementos sagrados.
A ellos se agregan, como Símbolos Menores aquellos que en el paso del tiempo se han ido reconociendo como elementos distintivos del ser costarricense, de la nacionalidad costarricense, de la cultura y la tradición de Costa Rica como país y como región geográfica, y como pueblo de Costa Rica.
Así, se han declarado como Símbolos Nacionales Menores, instituidos en reconocimiento de alguna particularidad sobresaliente del pueblo o la nación, de la geografía, la biodiversidad o la cultura costarricense, la flor nacional, la Guaria Morada, el árbol nacional, El Guanacaste, el ave nacional, el Yigüirro, el símbolo del trabajo, la Carreta típica, el símbolo de la Fauna nacional, el Venado de Cola Blanca, el símbolo de la cultura y de la tradición del folklor nacional, la Marimba, la Antorcha de la Independencia, como un símbolo que representa la luz frente a la oscuridad, la libertad frente a la dominación colonial, el símbolo de la Fauna marina, el Manatí del Caribe, el símbolo de la cultura precolombina, las Esferas Precolombinas, el símbolo de riqueza natural, Los Crestones, del cerro Chirripó, el Símbolo del Patrimonio Histórico Arquitectónico, el Teatro Nacional, y, recientemente se ha agregado el Grano de Café, como un nuevo símbolo nacional, reconociendo su importancia como “Grano de Oro” en la economía nacional.
Ante la Bandera, y la Constitución Política, se juramentan las autoridades públicas, funcionarios de gobierno y ciudadanos que deben rendir el Juramento, así como el saludo que se lleva a cabo en ceremonias o actos cívicos.
La Bandera como símbolo se coloca siempre en la cúspide, como expresión de mando, de unión y protección de la comunidad que con ella se expresa. Colocada al viento es una alegoría que indica que se mira el futuro.
La bandera representa la esencia de la comunidad y actúa como elemento de protección de todo lo que cubre el territorio que representa, la nación que la exalta, y la Patria y la cultura que en ella se expresan.
Por ello se la considera como el más importante de todos los símbolos nacionales, pues es el que más une, el que más provoca la sensación de protección y de expresión nacional.
La Bandera es el símbolo de la soberanía nacional y el que expresa la pertenencia a la nación. Se considera también a la bandera en su evolución es anterior a los himnos, cantos y otras manifestaciones culturales, que a manera de símbolos o representaciones nacionales surgieron o se llegaron a establecer.
A la Bandera y los Símbolos Nacionales Mayores se les debe saludar con la mayor solemnidad.
Hay tres formas hay de saludarlos. Una es extendiendo el brazo derecho al frente al pasar delante de donde está enarbolada; la segunda, colocando la palma de la mano derecha sobre el corazón y, la tercera, colocando el antebrazo derecho en forma horizontal frente a la garganta.
La colocación de la palma derecha sobre el corazón es símbolo de la disposición de arrancarse el corazón y de ofrendar la vida en defensa de la Bandera, la Patria y la Nación en ella representada.
La colocación del antebrazo derecho en forma horizontal frente a la garganta es compromiso de que antes de proferir palabras o pensamientos contra la Patria y la Nación se está en disposición de cortarse la garganta, de que jamás se dirán tales expresiones y de cortarse la cabeza antes que actuar de esa forma.
A los Símbolos Nacionales se les rinde respeto, honor y ritual de uso. No pueden usarse los colores nacionales como marcas de fábrica o comercio, ni usarse como distintivos o divisas, independientes o combinadas, de partidos o asociaciones políticas, literarias, comerciales u otras; ni en productos comerciales, ni de adorno de sitios de espectáculos públicos de cualquier naturaleza.
Cuando se usa la Bandera para cubrir un ataúd no puede entrar a la fosa ni enterrarse. No puede desplegarse nunca una bandera sucia, rota o desteñida. No puede permitirse que toque el suelo ni usarse como colgadura, ni como mantel de mesa. No puede pintarse en automóviles o vehículos. No se puede rayar en ella ni poner leyendas, firmas o anuncios. No puede estar detrás, ni en nivel inferior de otra bandera. Lamentablemente, con frecuencia, no se respetan estas elementales reglas.
Hay un Símbolo Nacional, así establecido por la Junta Fundadora de la Segunda República, el 20 de agosto de 1948, por medio del Decreto Ley No. 168, que es la Bandera, “el Pabellón azul y blanco”, de “los partidos que constituyeron la Oposición Nacional, que enarbolaron en su lucha cívica contra los regímenes nefastos de Calderón y Picado”, “el cual compendió en sí todas las aspiraciones e ideales que sustentaron aquellos partidos, erigiéndolo, al lado del Pabellón Nacional, es un símbolo de libertad y de acatamiento a la voluntad popular. Por cuanto más tarde, el Ejército de Liberación Nacional en su heroica lucha libertadora, enarboló también esa bandera, conduciéndola a la victoria y por tanto a la derrota de la tiranía y la opresión; y por cuanto esa bandera, ya histórica, ha pasado a ser parte integrante de la tradición patria”. Este fue el fundamento que condujo al Decreto No. 168, en su artículo único, por el cual “Se declara Símbolo Nacional el Pabellón azul y blanco usado por los partidos políticos de la Oposición en la última campaña electoral y por el Ejército de Liberación Nacional, pudiendo por lo tanto ser usado en las escuelas, por el Ejército Nacional, en actos de carácter cívico oficial y en otros actos oficiales semejantes, previa autorización del Ministerio de Gobernación. Queda en consecuencia prohibido el uso de la siguiente combinación de colores para efectos políticos o comerciales: tres franjas horizontales o verticales del mismo ancho dispuestas así: azul, blanco y azul.”
Así lo dispusieron en el Salón de Sesiones de la Junta Fundadora de la Segunda República, en San José, a los veinte días del mes de agosto de mil novecientos cuarenta y ocho, JOSE FIGUERES, Fernando Valverde Vega, Uladislao Gámez Solano, Bruce Masis Diviasi, Benjamín Núñez Vargas, Gonzalo Facio Segreda, Francisco José Orlich Bolmarcich, Raúl Blanco Cervantes y Edgar Cardona Quirós, todos miembros integrantes de la Junta del Gobierno de Facto.
Al terminar el período de la Junta de Gobierno, el 7 de noviembre de 1949, la Asamblea Nacional Constituyente avaló todos los Decretos Leyes, que la Junta había emitido, por lo que este Decreto fue reconocido como Ley de la República, como lo son todos los Decretos Leyes de esa Junta.
De ello se desprende que ese “Símbolo Nacional” declarado por la Junta existe, al menos nominal y legalmente, que en la realidad histórica no se usa para celebraciones de ningún tipo, y que su uso se viola electoralmente, en la combinación de esos colores, en las banderas que usan partidos políticos en los procesos electorales. Por este motivo el Tribunal Supremo de Elecciones debe velar para no autorizar esos colores, en idéntica combinación, como bandera de cualquier partido político, y que de mantenerse como emblema de algún partido se ordene su inmediato cambio, en tanto un “símbolo nacional” no puede usarse de esa forma, y en tanto este Decreto esté en vigencia.
Ante esta situación creo que se debe proceder Legislativamente a eliminar ese “Símbolo Nacional”, resultado de una guerra civil interna, que no refleja hoy, y que en la práctica histórica desde 1949 no ha reflejado tampoco, la unidad del pueblo y la nación costarricense, que en su origen, en ese Decreto, solo reflejó a los grupos políticos que se hicieron representar en las fuerzas políticas que ganaron y se impusieron en el Poder en 1948.
Además, es un “símbolo nacional” que fue la Bandera del Ejército de Liberación Nacional, que fue el Ejército privado con el que José Figueres desarrolló su guerra y su lucha armada.
Si en 1906, por la Ley No. 18 de 27 de noviembre, se le suprimieron al Escudo Nacional los elementos bélicos que tenía en su base, unos cañoncitos, con más razón hay que derogar, eliminar lo dispuesto en el Decreto Ley No. 168, del 20 de agosto de 1948, porque simboliza en sí mismo a un Ejército, hoy también inexistente.
Debe procederse a derogar el Decreto Ley No. 168, del 20 de agosto de 1948. El Presidente de la República, en este período de Sesiones Extraordinarias, y los Diputados de la Asamblea Legislativa, en Sesiones Ordinarias, así deben actuar, con un Proyecto de Ley, que elimine ese “símbolo nacional”, que hoy no refleja correctamente al pueblo costarricense, ni a la nacionalidad costarricense, ni al ser costarricense de hoy.
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