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INVERSIONISTA


Estructura del régimen de pensiones en Costa Rica

| Martes 02 septiembre, 2008




Estructura del régimen de pensiones en Costa Rica

A pesar de que hace algunos años se hicieron cambios a la ley de pensiones que permitieron la sostenibilidad del régimen de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) hasta el año 2030, es probable que muchos de los que lean este artículo reciban muy poco o prácticamente nada de todo lo que cotizaron durante años.
Esta situación ya había sido prevista y en el año 2000 se promulgó la Ley de Protección al Trabajador (Número 7983), en la que se define el actual régimen de pensiones, con el cual cotiza la mayoría de los asalariados.
La legislación definió un sistema mixto, que combina el anterior régimen de pensiones, de espíritu colectivo, con uno individual.
Esta combinación permite que el trabajador pueda recibir siempre un porcentaje de lo que cotizó con el régimen de la CCSS, y complementarlo con capitalizaciones individuales. Estos aportes son administrados por sociedades anónimas conocidas como operadoras de pensiones complementarias (OPC).
Pero aun así, esto no será suficiente para obtener un ingreso similar al obtenido durante la vida laboral. En las personas con un alto salario, ambos sistemas podrían otorgarles aproximadamente un 60% ó 70% del monto que recibe normalmente, por lo que para percibir una suma similar al final de su carrera, es necesario hacer un aporte extraordinario, que dependerá mucho de la calidad de vida que quiere el afiliado.
Finalmente, está el fondo de capitalización laboral, al que algunos consideran como un pilar más, pero que para otros, se ha convertido en un incentivo al consumo ya que el trabajador recibe dicho ingreso cada cinco años. El monto es casi el equivalente a un salario mensual del trabajador.











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