Conozca los requisitos para homologar la vacuna contra la fiebre amarilla aplicada en el extranjero
Homologación se realizará únicamente en las Direcciones de Áreas de Rectoría de la Salud
El Ministerio de Salud homologará carnés de vacunación contra la fiebre amarilla emitidos en otros países, conforme a la reforma del artículo 20 del Decreto Ejecutivo N.° 39997-S-G-SP-RE.
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Esta medida responde a lo establecido en el Anexo 6 del Decreto Ejecutivo N.° 34038-S del 14 de agosto de 2007, que oficializa el Reglamento Sanitario Internacional.
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La homologación de estos certificados se realizará únicamente en las Direcciones de Áreas de Rectoría de la Salud y solo si cumplen con los siguientes requisitos: