Intermanagement Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-361039, en su condición de Fiduciario del contrato de Fideicomiso de Garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTÍA GLOBAL PARTNERS SCOTIABANK / DOS MIL DIECISÉIS”.
Se permite comunicar que, en cumplimiento del contenido establecido dentro del contrato de Fideicomiso de Garantía denominado “FIDEICOMISO DE GARANTÍA GLOBAL PARTNERS SCOTIABANK / DOS MIL DIECISÉIS”, sus adendas, y a solicitud del Fideicomisario-Acreedor DAVIbank (Costa Rica) S.A., antes denominada Scotiabank de Costa Rica S.A., cédula jurídica 3-101-046536, se procederá a subastar el siguiente bien fideicometido, por haberse comunicado causal de ejecución por no pago: Finca inscrita en el Registro Inmobiliario del Registro Nacional, PARTIDO DE HEREDIA, BAJO EL SISTEMA DE FOLIO REAL MATRÍCULA CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO-F-CERO CERO CERO, , situada en el distrito 4-Ulloa, cantón 1-Heredia, provincia de Heredia. Naturaleza: finca filial número 14 de dos plantas ubicadas en nivel 1 y 2 destinada a bodega en proceso de construcción. Linderos: norte: área común construida; sur: Condominio Horizontal Comercial Ofibodegas Barreal de Heredia Primera Etapa; este: finca filial 12; oeste: área común libre. Mide mil ciento sesenta y tres metros con ochenta decímetros cuadrados. Valor porcentual: 12.95. Valor medida: 12.95. Plano: no se indica. Propietario registral: Intermanagement Costa Rica Limitada, cédula jurídica 3-102-361039, en calidad de fiduciario. Soporta los siguientes gravámenes o afectaciones: servidumbre de aguas pluviales, citas 2011-348007-01-0001-001, inicia el 9 de diciembre de 2011, finca referencia 400234591-000, afecta a finca 4-00145641 F-000; servidumbre de aguas pluviales, citas 2011-348007-01-0017-001, inicia el 9 de diciembre de 2011, finca referencia 400213276-000, afecta a finca 4-00145641 F-000; y servidumbre de cloaca, citas 2011-348007-01-0019-001, inicia el 9 de diciembre de 2011, finca referencia 400234591-000, afecta a finca 4-00145641 F-000. No constan anotaciones sobre la finca según estudio registral emitida el 28 de agosto de 2026. La subasta se llevará a cabo en las oficinas de este Fiduciario, ubicadas en: San José, Sabana Sur, detrás de la Contraloría General de la República, Oficentro La Sabana, Edificio Seis, quinto piso. Primer remate: Se llevará a cabo al ser las 10:00 horas del 16 de setiembre de 2026, por la base de un millón setenta y cuatro mil novecientos sesenta y ocho dólares con treinta y tres centavos de dólar, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América ($1,074.968,33), correspondiente al valor dado en el avalúo elaborado en fecha 16 de junio de 2025, por Grupo Tecnoingeniería Internacional S.A. identificado con el número 1002-J25-SBK-OCE. Segundo remate: De no haber postores en el primer remate, se procederá a llevar a cabo un segundo remate del patrimonio indicado, para lo cual se señalan las 10 horas del 01 de octubre de 2026, a fin de subastar por una base de ochocientos seis mil doscientos veintiséis dólares con veinticinco centavos de dólar, moneda legal de los Estados Unidos de América ($806.226,25), que corresponde a un veinticinco por ciento (25%) menos de la base original, siguiendo el mismo procedimiento establecido para el primer remate. Tercer remate: De no haber oferentes en el segundo remate, se procederá a llevar a cabo un tercer remate del patrimonio indicado, para lo cual se señalan las 10:00 horas del 16 de octubre de 2026, a fin de subastar por una base de doscientos sesenta y ocho mil setecientos cuarenta y dos dólares con ocho centavos de dólar ($268.742,08), que corresponde a un veinticinco por ciento (25%) de la base original. Condiciones generales para las subastas: En cualquier momento antes de realizarse la subasta, la Fideicomitente podrá pagar totalmente las sumas adeudadas y los gastos ocasionados, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta previa instrucción del Fideicomisario. El bien fideicomitido a subastar podrá ser comprado por quien realice la mejor oferta, ya sea por terceros o por la Fideicomitente. No se admitirán ofertas que no cubran la base correspondiente. Para participar en la subasta, cualquiera que ella sea, dentro de la hora inmediata anterior, cualquier postor deberá depositar ante el Fiduciario un cincuenta por ciento (50%) del precio base del Bien Fideicomitido, mediante cheque certificado o cheque de gerencia a la orden del Fiduciario, salvo que el Fideicomisario lo releve de esa obligación parcial o totalmente por cualquier razón. Si no hiciera tal depósito, o si el Fideicomisario no lo hubiera relevado de esa obligación, el postor no podrá participar en la subasta respectiva. El depósito será considerado parte del precio a pagar en caso de adjudicación. Queda exento de la obligación de depósito previo el Fideicomisario, siempre y cuando la oferta sea en abono a su respectivo crédito. Si el Fideicomisario ofrece una suma que supere su crédito, deberá depositar para participar. Si el monto ofrecido por el Fideicomisario supera lo adeudado, una vez aprobada la liquidación final se le prevendrá depositar la diferencia dentro del tercer día; si no lo hace, el remate se declarará insubsistente. Cuando algún participante se adjudique el Bien Fideicomitido en cualquiera de los remates, deberá pagar al Fiduciario el precio total ofrecido dentro de los tres días hábiles siguientes, mediante transferencia electrónica de fondos, cheque certificado o cheque de gerencia de cualquiera de los bancos del Sistema Bancario Nacional. En caso de que cualquier adjudicatario en cualquiera de los remates no hiciere el pago total y efectivo del precio ofrecido dentro del plazo indicado, el remate se tendrá por insubsistente y el Fiduciario entregará un treinta por ciento (30%) del depósito al Fideicomisario como indemnización fija de daños y perjuicios, y el resto en abono a los créditos a prorrata, a efecto de que se abone al pago de las sumas adeudadas. En cualquiera de los remates, el Fideicomisario podrá adjudicarse el Bien Fideicometido en pago del Contrato de Préstamo cuando no se presenten postores, cuando éstos no hagan ofertas que cubran la base, o cuando el adjudicatario de cualquier remate no realice el pago ofrecido. El Fideicomisario queda facultado para ceder a terceros, total o parcialmente, en cualquier momento a partir del inicio del procedimiento de ejecución, su derecho de adjudicación del Bien Fideicomitido en las oportunidades establecidas en el contrato de fideicomiso. Si en el primer remate no hay postor, se realizará el segundo remate con una base correspondiente a un veinticinco por ciento (25%) menos de la base original. Si para el segundo remate no existen oferentes, se celebrará un tercer remate con una base que iniciará con un veinticinco por ciento (25%) de la base original. En el tercer remate, el postor deberá depositar la totalidad de la oferta. Si para el tercer remate no hay postores, el Bien Fideicomitido se tendrá por adjudicado al Fideicomisario por el veinticinco por ciento (25%) de la base original. Los gastos y honorarios de la venta del Patrimonio Fideicometido correrán por cuenta del adjudicatario respectivo y la correspondiente escritura de traspaso se otorgarán ante el notario público que designe el Fiduciario. Toda recepción de fondos por parte de la Fiduciaria está sujeta al cumplimiento de la Ley 7786 y sus reformas por parte de los depositantes.Cualquier solicitud de información deberá dirigirse a cobrojudicial@bdo.cr. Responsable: Gerente Daniel Quesada Quirós, cédula de identidad 1-0836-0954. Publíquese una sola vez.






















