Urbanismo desplanificado y libertad cercada
Rodolfo Piza | Miércoles 04 noviembre, 2015

Hoy, la discrecionalidad administrativa raya en excesos para imponer ocurrencias a los particulares, mientras la libertad queda cercada y arrinconada
Urbanismo desplanificado y libertad cercada
Cuando uno planifica sin tomar en cuenta los deseos de la gente, lo que logra son planes desambientados e inaplicables. Los deseos de la gente no son los que se expresan en las “consultas” formales de los planes reguladores; mucho menos en los “cabildos abiertos” de las municipalidades, esos son para los grupos de presión (a mitad de camino entre ambientalistas socializantes y desarrolladores interesados).
Los deseos de la gente son mucho más sencillos: construir sus casas y lugares de trabajo lo más cerca posible, espacios públicos amplios y seguros, calles y aceras en buen estado, lugares para jugar los niños bien cuidados, para reunirse o jugar los jóvenes con los compas, o de los viejos para compartir sueños o frustraciones con sus compas de antaño y de hogaño.
Poco más y nada menos. Sin embargo, en los planes reguladores no se notan esas prioridades. Más allá de los mapas y dibujos, los espacios “públicos” y los lugares de esparcimiento escasean, se les cargan a los particulares o se descuidan. Ellos requieren no solo la definición del espacio y la inversión pública inicial —lo que normalmente no ocurre en la forma prevista—, sino algo más complejo: el cuidado diario por el municipio.
Y como no lo logran con el espacio público (hasta las calles se las dividen y apropian los “guachimanes”), a imponerse sobre lo privado (las casas y los centros de trabajo o de esparcimiento de las personas). A ponerles trabas, requisitos, permisos, licencias, patentes, autorizaciones, papelería, sellos, tributos, trámites y otras cosas del montón.
Necesitamos más planificación de lo público y más libertad para lo privado. Principio de legalidad para la Administración Pública; principio de libertad para los particulares.
La Administración debería hacer lo que la Ley (no sus deseos ni sus regulaciones) les impone hacer. Para los particulares, lo que le pedía Ariel a su amo Próspero en “La Tempestad” de Shakespeare: la libertad.
Que, como quiere la Constitución (art. 32), las acciones privadas que no dañen a la moral, al orden público o a los demás, estén fuera de la acción de la ley (con mucha más razón de las regulaciones y de los llamados planes).
Hoy, la discrecionalidad administrativa raya en excesos para imponer ocurrencias a los particulares, mientras la libertad queda cercada y arrinconada.
Hoy, construir una casa, abrir una peluquería, un taller de bicicletas, una soda, un consultorio de psicología o de medicina, una empresa, una oficina de contabilidad, un bufete, una escuela de danza o de inglés, una empresa de cómputo, una escuela de dibujo o de técnico en laboratorio, está sujeto a trámites infinitos, inexplicables e incomprensibles.
Y los pocos que lo logran (que obtienen el permiso), les espera un calvario de imposiciones, tributos y regulaciones.
Ojalá que pudiéramos discutir esto de mira a las elecciones municipales del próximo 7 de febrero. Ojalá que la maraña regulatoria nos permita recuperar el camino: mejor y más consecuente regulación para lo público; más libertad en lo privado.
Rodolfo E. Piza Rocafort
NOTAS ANTERIORES

Relaciones y tensiones de Trump con China
Jueves 20 marzo, 2025
Y desde el discurso inaugural anunció que “Vamos a recuperar el Canal de Panamá”, porque según dijo “China está operando el Canal de Panamá” y “no se lo dimos..

Costeando un paseo en Semana Santa
Miércoles 19 marzo, 2025
En un mes más o menos muchos costarricenses tendrán una semana de vacaciones, ocho días de descanso.

¿Es posible una coalición electoral en los próximos cuatro meses?
Miércoles 19 marzo, 2025
La crisis provocada por los impactos de la II Guerra Mundial provocó una situación social agitada que condujo al Pacto de 1943, para sostener al gobierno, en lo

Procesos de fiscalización: Lo que debe saber
Martes 18 marzo, 2025
La revisión también debe analizar la conciliación fiscal del contribuyente...